Constituir una asociación civil con estatuto inmodificable

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite constituir de forma gratuita y simplificada una asociación civil con estatuto inmodificable, utilizando documentos preaprobados por la Inspección General de Justicia (IGJ).

¿Quién puede solicitarlo?

Personas que deseen constituir una asociación civil de primer grado con objeto social tipificado y estatuto pre-aprobado por la Inspección General de Justicia.

Requisitos principales

  • El objeto social de la asociación debe estar incluido en las Resoluciones Generales 01/2020 y 07/2020.
  • El domicilio legal debe estar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la revisión de la documentación.

Resumen

Este trámite te permite crear una asociación civil de forma más sencilla y sin costo, siempre que cumpla con ciertos requisitos. La Inspección General de Justicia (IGJ) ofrece modelos de estatutos pre-aprobados para diversas actividades, facilitando el proceso.

¿Quiénes pueden usar este servicio?

Este servicio está disponible para aquellos que deseen constituir una asociación civil con los siguientes objetivos:

  • Atención de derechos económicos, sociales y culturales, enfocándose en la asistencia directa en áreas o comunidades vulnerables.
  • Erradicación de la violencia de género y apoyo a sus víctimas.
  • Cooperadoras de escuelas.
  • Clubes de barrio.
  • Espacios culturales independientes.
  • Centros de jubilados.
  • Bibliotecas populares.
  • Garantizar los derechos humanos de las personas LGTTTBIQNB+.
  • Asistir y promover los derechos de las personas con discapacidad y/o con enfermedades poco frecuentes.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

  • Una vez finalizada la constitución de la asociación civil, recordá gestionar la CUIT y solicitar la rúbrica de libros.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Completá el acta de constitución y el estatuto. Acompañá 1 (una) copia simple y 1 (una) copia protocolar (con 8 cm. de margen izquierdo o al 75% en hoja A4) de los Proyectos de Acta y Estatuto firmados.
  2. Realizá el trámite de Reserva de denominación
  3. Completá las declaraciones juradas PEP (Personas Expuestas Políticamente) de las autoridades, con firma original de las mismas o del representante legal.
  4. Generá el formulario denominado “AUTORIZACION PARA FUNC. COMO PERS. JURIDICA (RES 01/2020)”.
  5. Sacá turno en Mesa General de Entradas para presentar el trámite con toda la documentación solicitada.
  6. Una vez que presentes el trámite y sea analizado por nuestres/as Inspectores, nos contactaremos para coordinar la realización de la asamblea de constitución en la Inspección General de Justicia, con todas las autoridades de tu asociación civil, al correo electrónico del representante denunciado en el proyecto de acta constitutiva.

Presentación por correo electrónico:

Podés presentar el trámite por correo electrónico (esta presentación reemplaza el paso 5) Para ello, deberás enviar toda la documentación detallada anteriormente más copia de DNI de todos los intervinientes (frente y dorso) a la casilla de correos [email protected]. En el caso de las Declaraciones Juradas PEP y del Estatuto Social elegido, sólo deberás enviar el archivo PDF que descargaste, ya que su firma se hará el día de la asamblea constitutiva. El proyecto de acta sí tenés que completarlo, hacerlo firmar por todos los constituyentes y representante, y enviar escaneado con las firmas.

Una vez recibida toda la documentación correctamente e ingresado el trámite, te enviaremos un correo electrónico con los datos de N° de Correlativo y N° de trámite asignados por Mesa de Entradas. Ante cualquier consulta, contactaremos al representante de la entidad a la cuenta de correo electrónico denunciada en el proyecto de acta. También nos contactaremos por esa vía para coordinar, mediante la asignación de un turno, la realización de la asamblea de constitución en la Inspección General de Justicia, con la presencia de todos los constituyentes de tu asociación civil.

Cuál es el costo?

Gratuito

Información complementaria

  • Resolución General IGJ 01/2020
  • Resolución General IGJ 07/2020
  • Resolución General IGJ 14/2021
  • Resolución General IGJ 16/2021
  • Resolución General IGJ 12/2023

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