Comunicar el recupero del automotor

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscribir la restitución de un automotor que fue robado o hurtado y posteriormente recuperado, siempre y cuando se haya denunciado previamente el robo o hurto.

¿Quién puede solicitarlo?

El dueño/a, apoderado/a o comprador/a del vehículo recuperado.

Requisitos principales

  • Haber denunciado previamente el robo o hurto del vehículo.
  • Ser el titular, condómino, apoderado o comprador del vehículo.
  • Contar con la documentación requerida.

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite permite inscribir la restitución de un automotor que fue robado o hurtado y posteriormente recuperado. Es necesario haber denunciado previamente el robo o hurto.

Quién puede usar este servicio:

  • El dueño/a del vehículo.
  • El apoderado/a del vehículo.
  • El comprador/a del vehículo.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Comunicado judicial de entrega del vehículo y una fotocopia simple.
  • Formulario Tipo 04 (se imprime en el Registro al completar la solicitud en línea).
  • Título del automotor.
  • En caso de prenda: Notificación al acreedor prendario (firma certificada en el Formulario 04 o copia del telegrama/carta documento).
  • Verificación ST12 (validez de 150 días hábiles administrativos).
  • Documento identificatorio (DNI, pasaporte, etc.).

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. En línea: Completá la Solicitud electrónica.
  2. Opcional: podés abonar en línea.
  3. Personalmente:

Cuál es el costo?

Consultá los aranceles. Tienen una validez de 90 días hábiles administrativos. Una vez vencido este plazo, deberás abonar nuevamente el arancel.


Preguntas frecuentes

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