Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

  • Presentación del trámite en la Inspección General de Justicia.

    ¿Qué necesito?

    En caso de que la obligación de emitir estados contables anuales surja del contrato de fideicomiso, los requisitos del trámite se aplicarán según lo establecido en el Libro IV de la RG IGJ 7/2015.

    Formulario de "Presentación de balances". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá el formulario y toda la documentación indicada para el trámite en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno.

    2

    Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno.

    Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional (1) deberás tener en cuenta:
    - Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno.
    - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
    - La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.
    (1) No se reciben balances en la sede del Colegio de Escribanos.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Trámite común: 16 módulos
    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

  • La inscripción o renovación de una publicación periódica implica la obligatoriedad de declarar periódicamente las ediciones publicadas mediante el trámite Declaración de Ediciones de Publicaciones Periódicas.

    IMPORTANTE: Previo al primer registro de una publicación periódica es obligatorio realizar el trámite Consulta de título de publicación periódica.

    ¿Qué necesito?

    Estar registrado en TAD.

    Comprobante de pago del trámite por depósito o transferencia bancaria.

    Comprobante de pago de la tasa por depósito o transferencia bancaria

    Comprobante del trámite Consulta de Título de Publicación Periódica.

    DNI, Pasaporte. Original y copia.

    Número del trámite de Consulta de Título de Publicación Periódica

    Presentar último ejemplar de la publicación periódica

    Datos del trámite completos

    IMPORTANTE: El publicación periódica debe tener esta información:
    - Título de la publicación.
    - Propietario: nombre y apellido completo o Razón Social.
    - Director Responsable: nombre y apellido completo.
    - Nº de Edición y fecha.
    - Domicilio Legal Completo: Calle y Nº, localidad y provincia.
    - Leyenda: Registro DNDA en trámite
    - Sólo para soporte papel: Pie de Imprenta que contenga: nombre y domicilio de la imprenta.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TAD, buscá " Inscripción de Publicación Periódica" e iniciá el trámite.

    2

    Subí la documentación obligatoria y complementaria.

    3

    Al finalizar se otorgará un número de Expediente Electrónico (carátula variable), el cual deberás presentar impreso junto a los comprobantes de pago y la obra.

    4

    Podés presentar tu obra en Sede Central, Sede La Plata o enviarla por correo postal.

    A partir de 1 de julio de 2019 no se otorgaran más turnos. Todos los tramites deberán realizarse a través de la plataforma TAD.
    Posteriormente y según corresponda, se deberá presentar la obra junto a las carátulas en:

    • Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Moreno 1230, de 9:30 a 14:30.
    • La Plata, provincia de Bs. As, en Av. 532 N° 1211 e/ 19 y 20, de 8:00 a 14:00.
    • Consulta también en las receptorías del interior de país.
    • Consulta también en las filiales de SADAIC en el interior del país.

    Para realizar tu trámite por correo postal comunícate a: correspondencia_dnda@jus.gov.ar

    Consultas:
    Por teléfono: (+54 11) 4124-7200 Sede Central - (+54 221) 425-4987 Sede La Plata
    Por correo electrónico: info_dnda@jus.gov.arautorlaplata@jus.gob.ar

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $400.00

    $ 400 más tasa legal según la tirada

    Tasa legal:
    • De 1 a 5.000-------------------ejemplares--------- (o por internet)------ $ 6,20
    • De 5.001 A 50000------------ejemplares-------------------------------------$ 10,30
    • De 50.001 a 100.000 -------ejemplares-------------------------------------$ 20,60
    • Más de 100.000--------------ejemplares-------------------------------------$ 102,80

    Para pagar este trámite se debe realizar depósito o transferencia bancaria a:
    Titular: CAPIF – Cámara Argentina de Productores Independientes Fonográficos
    CUIT: 30-52172973-9
    CBU Nº: 01106004-20060000016335
    Cta. N°: 60000016/33
    Banco: Banco de la Nación Argentina - Sucursal 0096 Av. Corrientes.

    Para pagar la tasa se debe realizar depósito o transferencia bancaria a:
    Titular: FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
    CUIT: 30-54667741-5
    Cta, N°: 547/92
    CBU: 01105995-20000000547929
    Banco: Banco de la Nación Argentina - Sucursal Plaza de Mayo

    Teléfono: (54 11) 4124 – 7200.
    Correo Electrónico: periodicas_dnda@jus.gov.ar.
    Desde el interior del país: correspondencia_dnda@jus.gov.ar.

    Iniciar trámite en TAD

  • Requisitos para el trámite de disolución y nombramiento de liquidador, y del trámite de cancelación.

    ¿Qué necesito?

    Disolución y nombramiento de liquidador

    A) La inscripción de la disolución y nombramiento del liquidador de las asociaciones civiles y fundaciones sujetas a control de la Inspección General de Justicia requerirá la presentación de la siguiente documentación:
    1. Primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad con los recaudos del inciso 2 del artículo 37 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ N° 07/15, pudiendo utilizar la forma alternativa allí dispuesta, conteniendo la trascripción de la asamblea extraordinaria o resolución del Consejo de Administración que resolvió la disolución y el nombramiento del liquidador. Adjunto se acompañarán copias de tamaño normal y protocolar (margen ancho de 8 cm).
    2. Circular y, en su caso, avisos de publicación de convocatoria de la asamblea.
    Otros requisitos; remisión. La aceptación del cargo del o los liquidadores y, si correspondiere, la observancia de los requisitos de domicilio, se rigen en lo pertinente por lo dispuesto en el artículo 118 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ N° 07/15. Asimismo, deberán informarse los datos personales del liquidador, con el alcance de lo expresado en el inciso 3 del artículo 435 de la citada norma.
    B) Formulario de "Disolución y nombramiento de liquidador". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

    Cancelación

    A los fines de solicitar la cancelación de las asociaciones civiles o fundaciones, se deberá acompañar:
    1. Primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad con los recaudos del inciso 2 del artículo 37 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ N° 07/15, pudiendo utilizar la forma alternativa allí dispuesta con la transcripción del texto del acta de asamblea o reunión del Consejo de Administración que aprobó el balance final de liquidación, proyecto de distribución, en su caso, y la designación del depositario de los libros y documentación social y domicilio donde se encontrará dicha documentación, suscripta por presidente y secretario. Adjunto se acompañarán copias de tamaño normal y protocolar.
    2. Balance de liquidación, firmado por el presidente, con informe de auditoría con opinión profesional, legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.
    3. En el supuesto de tener remanente: a) si es dinero en efectivo se deberá acompañar recibo emitido por la entidad beneficiaria, b) si fueren bienes no dinerarios se deberá acompañar acta notarial donde conste el inventario valorizado de bienes recibidos por parte de la entidad beneficiaria, c) si se trata de bienes inmuebles debe presentarse acta notarial de donde surja que la entidad beneficiaria recibió el inmueble, indicando los datos de la nomenclatura catastral y donde se comprometa a efectuar la escritura traslativa de dominio, adjuntando informe de dominio del mismo.
    4. Copia certificada notarialmente de la foja numerada de cada uno de los libros rubricados en uso a la fecha de finalización de la liquidación, en la cual, a continuación del último asiento o registro practicados, deberá constar la nota de cierre de dichos libros firmada por el liquidador y el síndico si lo hubiere, con expresa mención de haber concluido la liquidación. Puede suplirse con acta notarial de constatación de los extremos mencionados, labrada a requerimiento de los nombrados.
    5. Nota del responsable de la conservación de los libros, medios contables y documentación sociales, con su firma certificada notarialmente, manifestando hallarse en posesión de los mismos e indicando sus datos personales y domicilio especial que constituya en ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de cualquier cuestión relativa a los elementos recibidos. Deberá incluir detalle de éstos y la manifestación de que constan las fojas que tienen insertas las notas de cierre y de que no obran asientos o actos volcados posteriormente.
    No es necesaria la presentación de esta nota si la identidad de dicha persona y demás extremos mencionados resultan en forma clara y completa de la transcripción de la resolución social contenida en el instrumento requerido en el inciso 1.
    B) Formulario de "Liquidación y cancelación jurídica". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

    Remanente de liquidación. Destino. Si corresponde efectuar liquidación y la misma arroja remanente en bienes o fondos, éstos no podrán ser distribuidos entre los asociados ni los integrantes de los órganos de las entidades ni ser atribuidos al fundador, sino que, por resolución de la asamblea de asociados o del consejo de administración, según el caso, quienes podrán delegar la decisión en el liquidador, deberán ser transferidos a una entidad sin fines de lucro, con personería jurídica acordada, domiciliada en la República Argentina y reconocida como exenta de gravámenes por la Administración Federal de Ingresos Públicos, o al Estado Nacional, Provincial o Municipal o a dependencias u organismos centralizados o descentralizados del mismo. También podrán destinarse a una entidad cooperativa para cumplir con las finalidades previstas en el artículo 42, inciso 3, de la Ley Nº 20.337. Los estatutos pueden prever un beneficiario determinado que reúna alguna de las calidades señaladas, en cuyo caso el liquidador ejecutará tal disposición.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno.

    2

    Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno.

    Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
    - Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno.
    - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
    - La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Trámite común: 5 módulos
    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

  • Podés presentar documentos notariales, judiciales o administrativos que constituyan, transmitan, declaren, modifiquen o extingan derechos reales sobre inmuebles, como así también los que ordenen medidas cautelares y sus levantamientos y los establecidos por otras leyes.

    ¿A quién está dirigido?

    Abogados, escribanos o gestores.

    ¿Qué necesito?

    Necesitás el documento notarial, judicial o administrativo con la minuta correspondiente.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentate en Venezuela 1135, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y dirigite al sector "Presentación de Documentos".

    2

    Te van a dar un cupón con el número de trámite y fecha de presentación del mismo, y un segundo cupón correspondiente al “lote de pago” para abonar en el sector cajas.

    3

    Pasado el plazo correspondiente, retirá la documentación presentando el cupón.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Consultá la tabla de valores o calculá el costo en en la calculadora de trámites registrales de acuerdo con los aranceles vigentes y en base a la información introducida.

  • Presentación del trámite en la Inspección General de Justicia.

    ¿Qué necesito?

    A) Formulario de "Oficio relativo a titularidad de bienes registrables (por cada bien)". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

    B) Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 emitido por abogado.

    C) Oficio en original y dos (2) copias. En el mismo deberán constar los datos completos de la(s) persona(s) autorizada(s) para retirar y diligenciar el mismo.

    D) Certificado de dominio de los bienes y de anotaciones personales (inexistencia de inhibiciones generales) vigentes. La vigencia de los certificados es de 60 días para los de Capital Federal y 90 para los de Provincia de Buenos Aires y el interior del país.

    E) Copia certificada del instrumento de transformación, fusión y escisión que origina el requerimiento del oficio si se hiciera en expediente distinto de aquel donde se inscribió dicho instrumento.

    F) CUIT de las sociedades.

    Importante:
    Antes de la confección y presentación de los oficios aquí indicados, te sugerimos efectuar las averiguaciones pertinentes en los registros que correspondan a los bienes registrables, dado que en ciertas jurisdicciones el registro exige un oficio por cada uno de los bienes y en otros se admite un único oficio en el cual se incluyan todos los bienes correspondientes a dicho registro.

  • Los detalles y requisitos de los trámites de rúbrica de libros se encuentran especificados en el LIBRO IX de la RG IGJ N° 07/2015.

    ¿Qué necesito?

    Contar con usuario TAD

    Tener habilitado el servicio Trámites a distancia a través de AFIP utilizando clave fiscal nivel 2 o superior.

    ¿Cómo hago?

    1

    • Ingresá a TAD
    • Seleccioná el trámite Pedido de Rectificación – Trámites IGJ.
    • Completá el formulario y adjuntá la documentación en caso de ser necesario.
    • Confirmá el trámite.
      Accedé al instructivo desde la opción Descargas de esta sección.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    Podés realizar el seguimiento del trámite en el buzón de "Mis Trámites" de TAD.

    Web del Tramite

  • A través de este trámite podrás solicitar los siguientes informes:
    Datos registrales / Cumplimiento de obligaciones / Autorización de medios mecánicos / Medidas cautelares / Administradores / Matrículas / Si la entidad está incluida en el Registro de entidades inactivas.
    Si solicitás un informe de datos registrales, deberás indicar cuál o cuáles de los siguientes datos estás requieriendo:
    Datos de inscripción / último domicilio inscripto / últimas autoridades inscriptas / histórico de autoridades / estatuto y modificaciones / último capital inscripto.

    ¿Qué necesito?

    Presentación a través de TAD
    Completá el formulario con los datos que irá requiriendo el sistema. Una vez completado se habilitará el pago del mismo.
    Ingresar a TAD

    Presentación por Mesa de entradas:
    Formulario de "Pedido de informe". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, indicando en el campo "observaciones" o en nota adjunta, con la mayor claridad y precisión posible, la información registral requerida. Luego imprimilo, abonalo y presentalo por Mesa de entradas.
    Formulario complementario. Es necesario para completar los datos para la caratulación. El mismo se encuentra disponible en la sección Descargas de esta sección.

    ¿Qué debés tener en cuenta antes de presentar un pedido de informes a la IGJ?
    Jurisdicción: la IGJ tiene su ámbito de competencia sobre aquellas entidades cuya sede social se encuentre fijada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), sin perjuicio que pueda existir sociedad homónima en Registro Público de Comercio o de Personas Jurídicas de las distintas jurisdicciones provinciales.
    Accionistas: la IGJ no lleva registros de accionistas ni tiene intervención de los títulos que representan el capital de las sociedades accionarias; los libros societarios pueden contener operaciones modificatorias. El organismo no anota embargo sobre acciones.
    La registración de las acciones o medidas sobre ellas se encuentra a cargo de la sociedad de conformidad al art. 213 de la Ley 19.550.
    SRL: las S.R.L. no comprendidas en el Art. 299 de la Ley 19.550 no presentan balances ante la IGJ, ni abonan tasas.
    CNV: el contralor de las sociedades autorizadas a hacer oferta pública de acciones y debentures es ejercido en la actualidad conforme a las prescripciones de la Ley 22.169, por la Comisión Nacional de Valores, hallándose radicadas en dicho organismo las pertinentes actuaciones.
    INAES: tanto las Mutuales como las Cooperativas son controladas por el INAES, por lo que la información deberá ser requerida a dicho organismo.
    SEGUROS: conforme la Ley 20.091, las entidades que se constituyan en el territorio de la Nación con el objeto de operar en seguros, así como las sucursales o agencias de sociedades extranjeras que deseen operar en seguros en el país, una vez conformado el acto constitutivo, pasarán el expediente a la Superintendencia de Seguros de la Nación, no hallándose radicados en este organismo dichos expedientes.
    OBRAS SOCIALES: en IGJ no se archivan los expedientes de las Obras Sociales. Por lo tanto, la información deberá ser requerida a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSALUD).

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentación a través de TAD
    Ingresá a TAD , completá y aboná la solicitud. Al operar a través de ella, no necesitás concurrir al organismo en ningún momento. La totalidad del trámite se resuelve de manera electrónica.
    Presentación por Mesa de entradas
    Presentá el trámite en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno.
    IMPORTANTE: el seguimiento del trámite deberás realizarlo a través de www.argentina.gob.ar/expedientes. Cuando la ubicación del trámite sea DME#IGJ significa que el mismo se encuentra finalizado.

    2

    Presentación a través de TAD
    Tanto la información solicitada, como las notificaciones y las observaciones que puedan surgir, serán enviadas a la casilla del usurario TAD que solicitó el trámite.
    Presentación por Mesa de entradas:
    Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno.

    Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
    - Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno.
    - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
    - La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Trámite común: 8 módulos
    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

  • Cuando persona extranjera adquirió tierras con anterioridad a la Ley 26.737 y no las declaró nunca, debe realizar ante el Registro una Declaración Jurada para ser registradas, acompañando la escritura que acredite la fecha que se invoca a través de esta registración otorga al extranjero no residente, el derecho no solo de permanecer excediendo las restricciones legales, sino que le reconoce ese derecho que le pertenecía previo a la sanción de la ley y que se denomina derecho adquirido protegido por la Constitución y por la ley en su articulo 17, pudiendo venderlas y volver a comprar la misma cantidad o equivalente (ver tramite de Compra por Derechos Adquiridos).

    ¿A quién está dirigido?

    A escribanos, personas extranjeras no residentes

    ¿Qué necesito?

    1. Persona Humana
      Documento de identidad /pasaporte.

    1. Persona Jurídica
      a) Estatuto o Instrumento Constitutivo
      b) Registro de Accionistas
      c) Sede social
      d) Ultima inscripción del órgano de administración

    1. Inmueble: tierra rural adquirida con anterioridad a la ley
      a) Titulo de dominio donde se acredite la fecha fehaciente de adquisición
      b) Certificado Catastral

    ¿Cómo hago?

    1

    Para dar inicio al trámite, debe ingresar a https://tramitesadistancia.gob.ar/con Clave Fiscal, a través del botón “INICIAR TRÁMITE TAD”

    2

    Completar el formulario correspondiente disponible en la Plataforma TAD y adjuntar la documentación a) Si la documentación requerida y adjunta se encuentre completa y no se adviertan errores materiales o formales, la Dirección procederá a la inscripción

    3

    Se enviara una notificación a través de TAD confirmando la correcta inscripción

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Trámite exento de pago de tasas

    Iniciar trámite en TAD

  • Los detalles y requisitos de los trámites se encuentran especificados en el LIBRO IX de la RG IGJ N° 07/2015.

    ¿Qué necesito?

    Contar con usuario TAD

    Tener habilitado el servicio Trámites a distancia a través de AFIP utilizando clave fiscal nivel 2 o superior.

    Accedé al instructivo desde la opción Descargas de esta sección.

    ¿Cómo hago?

    1

    • Ingresá a TAD
    • Desde el buzón “Mis Trámites” podrás subsanar un trámite en curso, en función de lo que se haya solicitado corregir o agregar al mismo.
      Desde la sección “Tareas Pendientes” podrás visualizar las vistas.
    • Completá la vista/subsanación.
    • Confirmá el trámite.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    Podés realizar el seguimiento del trámite en el buzón de "Mis Trámites" de TAD.

    Web del Tramite

  • English version

    Como servicio ciudadano, el Museo Sitio de Memoria ESMA te ofrece visitas guiadas, totalmente gratuitas.

    ¿A quién está dirigido?

    A cualquier persona interesada, mayor de 12 años.

    ¿Qué necesito?

    Tener más de 12 años de edad. Entre 12 y 15 años: estar acompañados por un adulto.

    Aguardar a que se conforme el cupo de 5 personas, que es el mínimo con que salen las visitas guiadas.

    ¿Cómo hago?

    1

    Acercate al Museo Sitio de Memoria ESMA, ubicado en Avenida del Libertador 8151, Núñez, Ciudad de Buenos Aires. Está localizado en el edificio del ex Casino de Oficiales. Si ingresás por la puerta principal del predio, es el último edificio al que llegás caminando en paralelo a la Avenida del Libertador y en dirección a General Paz.

    El cronograma disponible de visitas es el siguiente:

    • Martes a viernes:

      • 11:30 horas
      • 12:30 horas
      • 14:30 horas
      • 16:30 horas
    • Sábados y domingos:

      • 14 horas
      • 15 horas
      • 16:30 horas.

    2

    Aguardá a que se conforme el grupo de cinco visitantes.

    3

    Realizá el recorrido con tu guía.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Web del Tramite

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.