Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

  • Para ingresar de manera definitiva al país vehículos blindados para el transporte de personas

    ¿Qué necesito?

    Una nota que explique los motivos por los que solicitás la introducción definitiva (Disp. 883/11).

    Ser Legítimo Usuario con tu credencial vigente en la categoría correspondiente (Disp. 883/11).

    Presentar Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes detallando los datos completos del vehículo a introducir.

    Tené en cuenta

    • Podés ingresar como máximo un (1) vehículo blindado por año calendario

  • Para ingresar de manera definitiva al país armas de fuego, componentes y/o municiones, tenés que hacer este trámite.

    ¿A quién está dirigido?

    A quienes vayan a introducir armas en nuestro país en forma definitiva.

    ¿Qué necesito?

    Una nota que explique los motivos por los que solicitás la introducción definitiva (Disp. 883/11).

    Ser Legítimo Usuario de armas de fuego con tu credencial vigente en la categoría correspondiente (Disp. 883/11).

    Presentar Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondiente por arma o por componente principal, detallando el tipo de material en cuestión.

    Tené en cuenta...

    • Podés ingresar como máximo DOS (2) armas de fuego por año calendario.

    • Si las armas de fuego que son automáticas y/o armas comprendidas en las previsiones del Decreto N° 64/95 necesitás la previa y expresa autorización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

    • Sólo podés ingresar munición del calibre del arma sobre la cual tenés tenencia autorizada o del arma que vayas a introducir. Podés ingresar como máximo MIL (1.000) municiones por año calendario.

  • Si querés radicarte en el país y traer tu arma de fuego como equipaje acompañado o despachado, tenés que tramitar la autorización de introducción definitiva.

    ¿A quién está dirigido?

    A extranjeros o argentinos que van a radicarse en el país y traerán su arma y municiones.

    ¿Qué necesito?

    Una nota que explique los motivos por los que solicitas la introducción definitiva.

    La documentación del país de origen que acredite que sos titular legítimo de todas las armas que querés introducir, intervenida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina. En el caso de estar redactada en otro idioma que no sea el español, debés agregar la traducción de los documentos efectuada por un Traductor Público Nacional o una certificación expedida por el Consulado Argentino con el detalle del material.

    Si sos extranjero debés acreditar tu situación de residencia en la República Argentina.

    Ser Legítimo Usuario de armas de fuego, cumpliendo todos los requisitos de acuerdo a tu categoría.

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes por cada arma.

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes, donde deberás detallar, en observaciones, el tipo y calibre de la munición a introducir. Podrás ingresar como máximo mil (1.000) municiones pertenecientes al calibre de los materiales a introducir.

    Los formularios los adquirís en la Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

    Tené en cuenta...

    • La Autorización de Introducción Definitiva emitida por ANMaC es el antecedente registral necesario para la emisión de la Credencial de Tenencia, la que tenés que solicitar dentro de los 30 días desde el arribo del material al país, mientras tanto, la Autorización de Introducción Definitiva funcionará como la autorización de tenencia del material.
    • Si sos extranjero o argentino que reside en el exterior y vas a radicarte en el país no existe cupo sobre armas de fuego, tenés que ingresar todo el material en una sola vez. No podrás transferir las armas sino hasta pasados 2 años desde la fecha de otorgamiento de tu credencial de tenencia.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación completa en Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

    2

    Retirá la documentación emitida por el ANMaC en la delegación en la que iniciaste el trámite.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $1000.00

    Vigencia

    90 días

  • Si vas a introducir en el país en forma definitiva muestras sin valor comercial de chalecos antibalas, blindajes opacos y blindajes transparentes para obtener las certificaciones establecidas en las normas ma.01-a1 y ma.02, tenés que realizar este trámite.

    ¿A quién está dirigido?

    A quienes van a ingresar a la Argentina muestras de chalecos antibalas, blindajes opacos y transparentes sin valor comercial.

    ¿Qué necesito?

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 por cada muestra a ingresar.

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes para el dictamen jurídico registral.

    ¿Cómo hago?

    1

    Reuní la documentación.

    2

    Hacé la presentación.

  • Ingreso de armas al país en forma temporaria para participantes de certámenes de tiro deportivo de carácter internacional, auspiciados por Federaciones inscriptas ante la ANMaC (Disp. 527/14):

    ¿Qué necesito?

    Una nota de solicitud suscripta por el presidente, vicepresidente o secretario de la Federación solicitante debidamente certificada que contenga los motivos de la petición.

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes por cada arma a introducir y Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes por cada UN MIL (1.000) municiones.

    La federación solicitante deberá presentar la nómina de los participantes en papel y remitir dichos datos vía correo electrónico a la dirección que oportunamente indique la Coordinación de Autorizaciones Especiales, detallando las siguientes especificaciones y orden: Tipo de arma, sistema de disparo, marca, modelo, calibre, número de serie y cantidad de municiones, nombre y apellido del participante junto con su cédula, pasaporte u otro documento que acredite identidad.

    Si sos participante del torneo deberás presentar al momento del ingreso y egreso al país, la ficha técnica de Autorización Temporaria de Ingreso y Egreso de Armas y demás Materiales Controlados a la República Argentina, cuyos datos se controlarán con los aportados por la Federación solicitante.

    Tené en cuenta...

    • Presentá las solicitudes con suficiente antelación (no menor a SIETE (07) días hábiles). Caso contrario, los participantes del torneo no podrán acceder al arancel diferenciado de este trámite y deberán abonar aquel que se encuentre vigente.
    • La Federación solicitante es en cada caso responsable del ingreso y/o egreso de Territorio Nacional, de la totalidad del material autorizado.

  • Para ingresar en forma temporaria armas de fuego, componentes, munciones, vehículos blindados u otros materiales controlados por la ANMaC, tenés que cumplimentar este trámite declarando un motivo legítimo.

    ¿A quién está dirigido?

    A quienes vayan a ingresar a nuestro país armas de fuego, componentes, municiones, vehículos blindados u otros materiales controlados, en forma temporaria.

    ¿Qué necesito?

    Tener veintiún (21) años de edad o más.

    Para el ingreso de armas de uso civil condicional deberás presentarte ante el consulado argentino, con la autorización de tenencia de acuerdo a la legislación vigente, documento de identidad o pasaporte, y solicitar la "autorización de introducción y tenencia temporaria" del material con que deseas ingresar al país por el término de tu estadía en territorio argentino.

    Si sos turista y arribás al país sin la autorización de introducción y tenencia temporaria extendida por el consulado, la autoridad local interviniente podrá otorgarte la autorización por única vez y por el término de la estadía, ad referéndum de la ANMaC.

    Para gestionar la autorización deberás presentar la Ficha Técnica para la Autorización de Ingreso y Egreso de Armas de Fuego, Municiones y demás Materiales Controlados y adjuntar los Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes por cada arma o material a introducir, sobre la cual se te otorgará el permiso de Introducción Temporaria.

    Tené en cuenta
    • La autorización temporaria de materiales tiene un plazo inaplazable de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de emisión de la autorización.

    • El material detallado en la ficha técnica deberá egresar del país en el tiempo establecido. Vencido dicho término el autorizado será pasible de las sanciones establecidas en la Ley Nacional de Armas y Explosivos 20.429 (decomiso, multa, etc.).

    • Toda presentación de documentación en idioma extranjero deberá encontrarse acompañada de la respectiva traducción oficial, según lo normado por la disposición 058/04.

    Prórroga a la autorización de introducción

    • Previo al vencimiento del plazo establecido para la introducción temporaria de materiales, podés solicitar por única vez una prórroga por otros noventa (90) días, contados a partir de su emisión.
    • Si la introducción es definitiva, podés solicitar la prórroga por plazo indefinido.

    ¿Cómo hago?

    1

    Para solicitar la prórroga de la introducción de materiales, temporaria o definitiva, presentá en la ANMaC la siguiente documentación

    2

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 para el correspondiente dictamen jurídico registral.

    3

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes, pertenecientes a la solicitud que se pretende prorrogar.

    4

    Original/es de la Autorización de Introducción otorgada oportunamente.

    Tene en cuenta...

    Solo se permitirá el ingreso temporario de armas de fuego y municiones cuando se declare la realización de actividades de caza o tiro deportivo, en lugares habilitados por la ANMaC (Disp. 473/12).

  • Levantamiento de pedido de secuestro de arma

    ¿Qué necesito?

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412. Lo podés adquirir en la Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

    ¿Cómo hago?

    1

    Debés adjuntar el oficio de entrega del material por parte de la autoridad competente.

    2

    Acercate a la sede del ANMaC que elegiste y entregá la documentación.

  • Desde la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ), a través de Ediciones SAIJ, brindamos un servicio de publicaciones jurídicas a la comunidad.

    El sello editorial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se desarrolla en colaboración con universidades públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales y otros ministerios nacionales para fortalecer sus centros de investigación y la difusión de sus publicaciones.

    Un equipo de trabajo eficiente con amplio reconocimiento dentro del mundo editorial jurídico desarrolla el contenido, diseño y producción de las publicaciones que, desde el ámbito público, favorecen el estudio, la investigación, y la difusión del Derecho.

    Todas las ediciones del Ministerio de Justicia son gratuitas y se pueden descargar de nuestra página web.

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Acceder al listado de publicaciones.

    2.- Seleccionar el libro que desee consultar.

    3.- Presionar el botón “Previsualizar” si desea leer el libro en línea.

    4.- Presionar el botón “Descargar” si desea bajar los archivos pdf y/o epub del libro a su computadora o dispositivo electrónico.

    Consultar en línea

  • Poner a disposición de gestores y profesionales la locación de casilleros en el Registro de la Propiedad Inmueble, para recibir la documentación registral ya procesada, evitando su entrega por mostrador, para agilizar el servicio en caso de usuarios de múltiples presentaciones, (Ejemplo: profesionales y gestores que presentan 50 o más documentos).

    ¿A quién está dirigido?

    Gestor o profesional independiente.

    ¿Qué necesito?

    1.- Formulario de solicitud, provisto por el Registro.

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Solicitar el Casillero en Belgrano 1130.

    2.- Retirar la llave en Belgrano 1130.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Consultar Tabla de Valores.

    Vigencia

    Semestralmente se renueva la titularidad de los casilleros que coincide con el pago de la locación del casillero.

  • Obtener la matrícula de martillero.

    ¿Qué necesito?

    A. Formulario de “Matrícula de Martillero”. Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

    B. Certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, acreditando la inexistencia de antecedentes penales. El trámite es personal y el certificado tiene treinta (30) días corridos de vigencia desde su expedición.

    C. Certificado del Archivo de Actuaciones Notariales sobre pedidos de quiebra contra el interesado o presentación en concurso preventivo del mismo. Se solicita en el Palacio de Tribunales, Talcahuano 550, subsuelo, de 8:00 a 13:00 hs., mediante la presentación de una nota completada a máquina o por computadora. Tiene treinta (30) días corridos de vigencia desde su expedición. Podés acceder a un modelo de nota desde las Descargas de esta sección. Descargá el archivo denominado "Modelo nota requisito punto C".

    D. Nota de presentación indicando, con carácter de declaración jurada, los datos personales del solicitante (desde las Descargas de esta sección podés acceder al modelo de nota):

    • nombre y apellido
    • número de documento nacional de identidad
    • fecha y lugar de nacimiento
    • estado civil
    • nacionalidad
    • domicilio real
    • domicilio comercial, debiendo éste hallarse situado dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en este domicilio tendrán carácter vinculante las notificaciones cursadas por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA).
    • su firma certificada judicial o notarialmente, o por la Policía Federal Argentina. En caso de certificarse por escribano de provincia, ratificar la firma por el Colegio correspondiente a la jurisdicción.

    E. Si el presentante es menor de edad, se acompañará copia auténtica del instrumento de la emancipación civil o la autorización para el ejercicio del comercio con la constancia de su inscripción.

    F. Certificado de depósito bancario en pesos argentinos, intransferible a la orden de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, en el Banco de la Nación Argentina (Cuenta Nº 00000790/30) o seguro de caución, en ambos casos por la suma de Pesos quinientos ($ 500.-).

    G. Copia certificada y legalizada del título universitario conforme a la Ley Nº 20.266, modificada por la Ley Nº 25.028 o copia auténtica del certificado de aprobación del examen de idoneidad si lo hubiere obtenido con anterioridad a la vigencia de dicha reforma legal en este segundo supuesto. Si el examen de idoneidad se rindió en jurisdicción distinta de la Ciudad de Buenos Aires, el certificado se acompañará en fotocopia certificada junto con título de enseñanza secundaria expedido o revalidado en la República.

    Copia reducida de margen ancho (8 cms) de la documentación indicada en los apartados (B), (C), (D), (E), (F) y (G) anteriores.

    Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios a nombre de quien lo solicita. La tasa se obtiene desde el servicio de emisión de tasas de la página web de IGJ y se abona en cualquier sucursal del Banco Nación Argentina o en las cajas de IGJ.

    Importante:
    Anualmente los martilleros matriculados deberán acreditar la subsistencia e integridad de la garantía indicada en el apartado (F) anterior conforme lo dispuesto por los arts. 344 a 347 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15.

    ¿Cómo hago?

    1

    Los trámites de matrículas individuales se presentan por Mesa de Entradas en el horario de 9:30 a 14:00 hs. Es necesario solicitar turno previo desde la página web, ingresando en Sistema de turnos web. En caso de tratarse de un trámite urgente, se presenta en el horario de 8 a 9hs sin turno.

    2

    Una vez inscripta la matrícula, el trámite se retira en el sector Matrículas, de 10:00 a 14:00 hs. sin turno (Paseo Colón 285 3er. Piso)

    Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
    - Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno.
    - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
    - La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Trámite Común: 12 módulos
    Trámite urgente: 48 módulos
    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

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