Programa de Asistencia Financiera

Actualizado el 26 de enero de 2020
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El INAES cuenta con un servicio de financiamiento para proyectos de desarrollo cooperativo o mutual. Dichos proyectos deben estar encuadrados dentro de las Pautas para el Financiamiento de Proyectos de Desarrollo Cooperativo y Mutual, establecidas en el Anexo de la Resolución 1287/15/INAES.

Los tipos de apoyos financieros que el INAES puede otorgar son préstamos o subsidios, en el marco establecido por la Resolución anteriormente mencionada.

¿A quién está dirigido?

Cooperativas y mutuales

ACLARACIÓN: Por cualquier consulta, puede dirigirse a la Secretaría de Desarrollo y Promoción, Gerencia de Capacitación y Fomento, teléfonos (011) 4124-9300 internos 3207 / 3209 de 10 a 18 hs

O bien vía mail a : proyectos@inaes.gob.ar o consultasweb@inaes.gob.ar

¿Qué necesito?

Documentación para solicitud de Subsidios

Toda Solicitud de Subsidio deberá encuadrarse dentro de las pautas establecidas en la Resolución 1287/15/INAES e incluir la siguiente documentación establecida por la Resolución 1665/06/INAES:

Nota de presentación de la solicitud

con firmas aclaradas de Presidente, Secretario y Órgano de Fiscalización según modelo obrante en el Anexo IV de la Resolución 1665/06.

Proyecto a desarrollar con el subsidio solicitado, presentado de acuerdo a la guía Presentación de Proyectos con Inversión (Solicitudes de subsidio para cubrir inversiones destinadas a la producción de bienes o servicios):

Guía Nro. 1 de la Res. 1665/06
Copia del Acta del Órgano de Administración que aprueba la solicitud del subsidio

Debidamente certificada por escribano público, juez de paz, autoridad policial u órgano local competente de la provincia correspondiente,en la cual conste el monto solicitado, el plazo de gracia, la cantidad de cuotas propuestas, el destino de los fondos, y la garantía ofrecida, que por tratarse de un subsidio, consistirá en el aval personal de los consejeros titulares, indicando nombre, apellido, D.N.I. y cargo. La cantidad de miembros avalistas deberá ser aquella que resulte necesaria para que el Organo de Administración pueda sesionar válidamente.

Nota informando la nómina de todos los integrantes con mandato vigente (titulares y suplentes) de los órganos de administración y de fiscalización, indicando domicilio real, número y tipo de documento. La nota deberá estar firmada por Presidente y Secretario.

Copia del acta distribución de cargos del Organo de Administración debidamente certificada por escribano público, juez de paz, autoridad policial u órgano local competente de la provincia correspondiente.

Certificados de domicilio de cada uno de los consejeros avalistas emitidos por autoridad policial.

Fotocopia de DNI de los consejeros avalistas.

Presupuestos o facturas pro-forma correspondientes a las erogaciones a efectuar con el monto solicitado. Los mismos deberán contener el membrete de la casa vendedora y la firma en original de quien lo extiende o ser copia autenticada. Deberán estar emitidos a nombre de la entidad solicitante. También deberán indicar, en los casos de responsables inscriptos, si el importe presupuestado contiene el I.V.A.

En los casos de obra se requiere presentar Memoria Técnica Descriptiva y Presupuesto firmado por profesional matriculado. Se entiende por obra la construcción o reparación de inmuebles, construcción de plantas industriales, instalación de redes eléctricas, etc.

Fotocopia simple del último balance aprobado. Para el caso de las entidades que aún no posean ejercicio social cerrado, se requiere la presentación de un estado de situación patrimonial firmado con carácter de declaración jurada por Presidente, Secretario y Organo de Fiscalización, o bien un balance de iniciación suscripto por contador público con firma certificada por el respectivo Consejo Profesional.

Formulario de Autorización de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria, debidamente completado, con certificación bancaria del cuadro de datos de la cuenta y firmas de los titulares. El Banco debe ser NACION, CREDICOOP, GALICIA Y BUENOS AIRES, CIUDAD DE BUENOS AIRES, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANTANDER RIO, PATAGONIA, SAN JUAN, HSBC BANK ARGENTINA, NUEVO BANCO SUPERVIELLE, NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A., BANCO HIPOTECARIO S.A., CITIBANK N.A., BANCO MACRO, BBVA BANCO FRANCES o NUEVO BANCO DEL CHACO.

Formulario de "Solicitud de Alta de Entes" o Formulario de "Solicitud de Modificaciones, Rehabilitaciones y Reactivaciones de Entes" (según corresponda), debidamente completado.

Nota declarando un domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, atento que para todos los efectos legales que deriven del convenio que firmarán oportunamente el INAES y la entidad solicitante, ambas partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Capital Federal. La nota deberá estar firmada por Presidente y Secretario.

Se recuerda que, a fin de poder darle curso al expediente de apoyo financiero, las cooperativas deberán encontrarse al día en la remisión de la documentación anual exigida por la Ley 20.337 y normas conexas : Memoria, Balance General, Informe Anual de Auditoría, Informe del Síndico, Acta de Asamblea General Ordinaria, Acta de Consejo de Administración con distribución de cargos y declaración jurada del Fondo de Promoción y Educación Ley 23.427.

Asimismo las mutuales deberán estar al día en la remisión de la documentación exigida por Ley 20.321 (Arts. 18, 19 y 24 –documentación y asambleas–), incluyendo el pago determinado por el Art. 9. Deberá remitirse la documentación adeudada en caso de no haberse enviado anteriormente. Asimismo la entidad solicitante deberá estar inscripta en los impuestos nacionales correspondientes.

Documentación para solicitud de Préstamos

Toda Solicitud de Préstamos deberá encuadrarse dentro de las pautas establecidas en la Resolución 1287/15/INAES. e incluir la siguiente documentación establecida por la Resolución 1665/06/INAES:

Descargar Nota de presentación de la solicitud

con firmas aclaradas de Presidente, Secretario y Órgano de Fiscalización según modelo obrante en el Anexo IV de la Resolución 1665/06.

Proyecto a desarrollar con el préstamo solicitado, presentado de acuerdo a la guía Presentación de Proyectos con Inversión (Solicitudes de subsidio para cubrir inversiones destinadas a la producción de bienes o servicios):

Guía Nro. 1 de la Res. 1665/06

Copia del Acta del Órgano de Administración que aprueba la solicitud del préstamo

Debidamente certificada por escribano público, juez de paz, autoridad policial u órgano local competente de la provincia correspondiente, en la cual conste el monto solicitado, el plazo de gracia, la cantidad de cuotas propuestas, el destino de los fondos, y la garantía ofrecida.

Las garantías ofrecidas pueden ser alguna de las siguientes alternativas, o una combinación de las mismas:

Aval de otra cooperativa o mutual, con una antigüedad mínima en la operatoria de un (1) año

Aval Bancario.

Prenda en primer grado sobre bienes registrables, sólo en caso de préstamos por un plazo de hasta tres años. La tasación del bien deberá superar en un 50% el monto solicitado.

Hipoteca en primer grado, debiendo su tasación superar en un 30% el monto solicitado.

Sociedades de Garantía Recíproca, Fondos de Garantía Provinciales.

Garantía sobre la recaudación, en el caso de cooperativas de servicios públicos o situaciones equivalentes.

La enunciación precedente no es taxativa pudiendo aceptarse otras garantías previstas en la legislación nacional, que ofrezca la entidad a satisfacción del INAES.

Los gastos que se generen en la constitución de garantías de cualquier tipo estarán a cargo de la entidad solicitante, reservándose el Instituto el derecho a la designación de escribano para los casos de constitución de derechos reales.

Aún cuando existiera alguna recomendación en el informe final del evaluador sobre la posibilidad de exención total o parcial de la garantía por razones debidamente justificadas, nunca podrá obviarse el requisito de aval personal de los titulares del órgano de administración sobre la correcta aplicación de los fondos en las mismas condiciones que en los casos de subsidio.

Las garantías se constituirán con carácter previo a la transferencia de los fondos, salvo que por razones de operatividad y en opinión de la Secretaría de Desarrollo y Promoción sea aconsejable realizarlo con posterioridad.

Nota declarando un domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, atento que para todos los efectos legales que deriven del convenio que firmarán oportunamente el INAES y la entidad solicitante, ambas partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Capital Federal. La nota deberá estar firmada por Presidente y Secretario.

Condiciones de los préstamos:

Tasa de Interés: 6% anual efectivo, sobre saldos. Las entidades que cumplan con todos los pagos de las cuotas de capital e intereses en tiempo y forma, tendrán una bonificación del 50% sobre el total de los intereses. El cálculo antes citado se efectuará de la siguiente manera: el monto resultante de cada cuota se acumulará y se descontará de las últimas cuotas del préstamo.

Plazo de gracia: Máximo un año, en el caso de que el proyecto lo requiera.

Cuotas: Máximo de 60 cuotas mensuales.

Moneda: Pesos

Se recuerda que, a fin de poder darle curso al expediente de apoyo financiero, las cooperativas deberán encontrarse al día en la remisión de la documentación anual exigida por la Ley 20.337 y normas conexas: Memoria, Balance General, Informe Anual de Auditoría, Informe del Síndico, Acta de Asamblea General Ordinaria, Acta de Consejo de Administración con distribución de cargos y declaración jurada del Fondo de Promoción y Educación Ley 23.427.

Asimismo, las mutuales deberán estar al día en la remisión de la documentación exigida por Ley 20.321 (Arts. 18, 19 y 24 –documentación y asambleas–), incluyendo el pago determinado por el Art. 9. Deberá remitirse la documentación adeudada en caso de no haberse enviado anteriormente. Asimismo la entidad solicitante deberá estar inscripta en los impuestos nacionales correspondientes.

¿Cómo hago?

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Deben descargar la documentación mencionada en la solapa Qué Documentación Presentar, completarlos y una vez legalizados, enviarlos a la Mesa de Entrada del INAES en Av. Belgrano 172 – (1093) CABA. No es necesario recurrir a gestores.

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