Solicitar el cobro de los Haberes Devengados de un retirado militar
Información Rápida
Objetivo
Permite a los familiares de un militar retirado fallecido reclamar los pagos pendientes (haberes y aguinaldo proporcional) que no se abonaron al titular antes de su fallecimiento.
¿Quién puede solicitarlo?
Los derechohabientes (familiares) de un retirado militar fallecido.
Requisitos principales
- Ser derechohabiente de un retirado militar fallecido (esposa, hijos, padres u otros herederos legales).
- Presentar la documentación correspondiente según el parentesco y la situación familiar.
- Respetar el plazo de prescripción de 2 años desde la fecha de fallecimiento.
Plazos
El plazo para reclamar es de 2 años desde el fallecimiento del titular.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite permite a los familiares de un retirado militar fallecido solicitar el pago de los haberes (sueldo) y la parte proporcional del aguinaldo que no se le pagaron antes de su fallecimiento.
Quién puede usar este servicio
Los familiares con derecho a heredar del militar fallecido.
Importante: No se pagarán haberes devengados a personas que convivían con el fallecido pero no estaban casadas.
Lo que necesitas
La documentación varía según quién haga el trámite:
Si es la esposa del fallecido (sin hijos o con hijos mayores de edad):
- Formulario 591 completo y firmado.
- Copia autenticada del acta de defunción.
- Acta de matrimonio actualizada (después del fallecimiento).
- Último recibo de sueldo del fallecido.
- DNI de la esposa.
Si son los hijos o padres del fallecido (y no hay esposa que cobre pensión):
- Si es un solo solicitante:
- Declaración Jurada HD.
- Declaración Jurada de Herederos Legítimos (firma certificada).
- Copia autenticada del acta de defunción.
- Copia autenticada de la partida de nacimiento del solicitante.
- DNI del solicitante.
- Constancia bancaria con CBU, sucursal y CUIL (datos legibles).
- Si el pago se hace en la cuenta de otra persona, nota de autorización y DNI del titular de la cuenta.
- Si son varios solicitantes y autorizan a uno:
- Declaración Jurada de Herederos Legítimos (firmada por todos y con firmas certificadas).
- DNI de todos los herederos.
- El heredero autorizado también debe completar la Declaración Jurada HD y presentar la documentación del punto anterior.
- Si no hay acuerdo entre los herederos, se necesita un Oficio Judicial.
Si se presentan otros herederos (hermanos, sobrinos, etc.):
- Oficio Judicial.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Reúne la documentación necesaria según tu caso.
- Presenta la documentación de forma presencial o por correo postal.
Dónde presentar la documentación:
- Presencial: En la Sede Central o en las Delegaciones del IAF (lunes a viernes de 8:00 a 13:00).
- Correo Postal: Instituto de Ayuda Financiera - Div. Haberes Devengados, Cerrito 572 (C1010AAL) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Después de hacerlo
El IAF revisará la documentación y realizará el pago de los haberes adeudados.
Plazo de resolución: No especificado.
Importante: El derecho a reclamar los haberes prescribe (vence) a los 2 años del fallecimiento del titular.
Ayuda
Costo: El trámite es gratuito.
Descargas:
- F. 591 - Haberes Devengados (136.1 Kb) Descargar archivo
- Declaración Jurada HD (279.5 Kb) Descargar archivo
- Declaración Jurada de Herederos Legítimos (21.2 Kb) Descargar archivo