En caso de importación de obras de arte originales, objetos de colección y antigüedades, la Ley 24.633 te permite gozar de exenciones de derechos de aduana o franquicias, con el propósito de favorecer el intercambio artístico-cultural entre las naciones.
¿A quién está dirigido?
A las personas interesadas en la importación de tales obras o a los terceros autorizados por ellas.
¿Qué necesito?
Fotocopia de DNI.
Si se trata de una persona jurídica: nota de autorización y documento del autorizado; estatuto y copia del estatuto.
Tres (3) juegos del Formulario de importación, firmados en el original.
Dos (2) fotos a color tamaño mínimo de 13 x 18cm de cada obra dentro de un sobre de papel A4.
Tres (3) copias y original de factura de compra o declaración jurada de valor de las obras de arte en cuestión.
En caso de que el trámite lo realice un tercero que cuente con poder ante escribano que lo autoriza a firmar, deberá presentar original y copia de dicho poder.
¿Cómo hago?
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Acercate a la Dirección Nacional de Bienes y Sitios Culturales del Ministerio de Cultura, Alsina 1169, PB, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes en horario de 9 a 17.
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Presentá la documentación.
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Tendrás la franquicia en un plazo no mayor a los diez (10) días hábiles contados a partir de tu presentación.
Consultas
- Teléfono: (54-11) 4383-0851 (directo. (54-11) 4381-6656, interno 155.
- Correo electrónico: exportacion@cultura.gob.ar
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 10 días
Son 10 días hábiles, contados desde el momento de la presentación.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito