Inscribí tu institución al ROECyT

Actualizado el 26 de enero de 2020
Ver en la web de la administración

Pueden inscribirse al ROECyT:

  • Organismos y entidades del Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con específica competencia en la ejecución de investigaciones científicas o tecnológicas.

  • Entidades de bien público comprendidas en el Artículo 20, Inciso F) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o 1997), cuyos estatutos les atribuyen competencia específica para la ejecución de investigaciones científicas o tecnológicas.

¿Qué necesito?

Constancia de inscripción en el Registro de Importador de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) - Aduana.

Estatuto de creación de la institución.

Tres proyectos de investigación.

Declaración jurada confeccionada por Contador Público Nacional (con firma certificada en el Consejo Profesional) en la que se establezca que la entidad se halla alcanzada por alguna de las previsiones contenidas en el Artículo 20, Inciso F) de la Ley de Impuestos a las Ganancias (t.o. 1997).

¿Cómo hago?

1

Entrá a Támites a Distancia (TAD) e ingresá dentro del portal de AFIP con número de CUIT y la clave fiscal.

¿Cómo darse de alta en el TAD?

¿Cómo obtengo la clave fiscal?

2

Buscá por palabra/s clave "Inscripción de usuarios ante el ROECyT".

3

Hacé click en "Iniciar trámite" y comenzá a gestionarlo.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.