Solicitar trámite por fallecimiento
Información Rápida
Objetivo
Este trámite busca validar un acuerdo de compensación económica por fallecimiento entre los beneficiarios de un trabajador fallecido y la ART, Empleador Autoasegurado o Mutual, aplicable solo en jurisdicciones adheridas a la ley 27.348.
¿Quién puede solicitarlo?
Derechohabientes del trabajador fallecido que hayan sido citados por la ART/EA/MUTUAL y hayan firmado un preacuerdo.
Requisitos principales
- Ser derechohabiente citado por la ART/EA/Mutual y haber firmado un preacuerdo.
- Contar con patrocinio letrado.
Plazos
La ART/EA/Mutual debe iniciar el trámite por Ventanilla Electrónica dentro de los 20 días hábiles siguientes a la firma del acuerdo.
Duración del trámite
El tiempo de resolución del trámite depende de la Comisión Médica.
Información adicional
Este trámite solo puede iniciarse en comisiones médicas de provincias adheridas a la ley 27.348.
Resumen
Este trámite permite a los familiares de un trabajador fallecido por un accidente laboral acceder a una compensación económica. El trámite se realiza si el fallecimiento es reconocido por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), el Empleador Autoasegurado o la Mutual.
Quién puede usar este servicio:
Los derechohabientes que hayan sido citados por la ART/EA/MUTUAL y hayan firmado un preacuerdo.
Lo que necesitas
- Acreditar la calidad de derechohabiente ante la ART/EA/Mutual.
- Contar con patrocinio letrado.
- Presentar la documentación solicitada por la ART/EA para iniciar el expediente en la comisión médica.
IMPORTANTE: En las provincias adheridas a la ley 27.348, los derechohabientes deben contar con representación legal.
Cómo hacerlo
Debido a la Res. SRT 298/17, las partes tienen las siguientes obligaciones:
- ART/EA/MUTUAL:
- Citar a los derechohabientes para realizar una propuesta de convenio sobre el monto de la indemnización.
- Requerir la constitución del patrocinio letrado por parte de los derechohabientes.
- DERECHOHABIENTES:
- Constituir obligatoriamente patrocinio letrado.
- Presentarse a la citación de propuesta de convenio con el letrado patrocinante.
Una vez firmada la propuesta de convenio, la ART/EA/Mutual iniciará el trámite por Ventanilla Electrónica dentro de los 20 días hábiles siguientes a la firma del acuerdo.
IMPORTANTE: Este trámite solo puede iniciarse en las comisiones médicas de las provincias adheridas a la ley 27.348.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El tiempo de resolución depende de la Comisión Médica.
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¿Cuál es el costo?
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