Solicitar la pensión por fallecimiento de un trabajador

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Esta pensión busca brindar apoyo económico a los familiares de un trabajador fallecido que cumplía con los requisitos de aportes.

¿Quién puede solicitarlo?

Cónyuges, convivientes e hijos de un trabajador fallecido que cumplía con los requisitos de aportes.

Requisitos principales

  • El fallecimiento del trabajador debe estar acreditado en ANSES.
  • **Cónyuge:** Partida de casamiento actualizada (posterior al fallecimiento).
  • **Conviviente:** Acreditar 5 años de convivencia (o 2 años si tienen un hijo reconocido).
  • **Hijo:** Ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación (sin límite de edad si está incapacitado y a cargo del trabajador).
  • **Aportes del trabajador fallecido:**
  • Tener 30 años de aportes para el régimen común.
  • Como aportante regular: haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • Como aportante irregular: haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento; o haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial.

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite permite a los familiares de un trabajador fallecido solicitar una pensión para recibir apoyo económico. Pueden solicitarla el cónyuge, conviviente o hijos del trabajador fallecido, siempre que cumplan con los requisitos.

¿A quién está dirigido?

  • Cónyuge: Debe presentar la partida de casamiento actualizada.
  • Conviviente: Debe acreditar 5 años de convivencia antes del fallecimiento (2 años si tienen un hijo en común).
  • Hijo: Debe ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación (sin límite de edad si está incapacitado).

El trabajador fallecido debía cumplir con ciertos requisitos de aportes:

  • Tener 30 años de aportes para el régimen común.
  • Como aportante regular: haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
  • Como aportante irregular: haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento; o haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. En caso de no cumplir con este requisito como solicitante podés completar los años de aportes, computando servicios regularizados por alguna de las Moratorias Previsionales.

Lo que necesitas

  • El fallecimiento del trabajador debe estar acreditado en ANSES.
  • Documentación según el solicitante:
    • Cónyuge o conviviente: DNI y formularios PS.6.284 y PS.6.9.
    • Hijo huérfano: original y copia de tutoría o curatela.
    • Hijos incapacitados para trabajar: original y copia de certificado de alumno regular, estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad a la fecha del fallecimiento del trabajador. Formularios PS.6.9, PS.6.12 y PS.6.13.
  • Documentación del trabajador fallecido:
    • En relación de dependencia: Formularios PS.6.2, PS.6.1 y PS.5.7. Si se desempeñó como personal de casas particulares, además, se deberá presentar: recibos de sueldos, ticket de aportes, Declaración Jurada Régimen Especial.
    • Trabajador autónomo: Formularios 558/A, 558/B y 558/C de ARCA (Ex-AFIP)) Originales y copias de los pagos autónomos y monotributistas.

Importante: Si hay aportes que no están registrados, reuní la documentación que pruebe los períodos trabajados: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social y/o declaración jurada que acredite los servicios del trabajador fallecido.

¿Cómo hago?

  1. Ingresá en mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social y revisá que tu información personal y vínculos familiares estén registrados y actualizados.
  2. Reuní toda la documentación requerida, según corresponda, y solicitá un turno para tramitar la pensión en una oficina de ANSES.

¿Cuál es el costo?

El trámite es gratuito.


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