Instancia Obligatoria de Conciliación Laboral

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Resolver conflictos laborales antes de iniciar una demanda judicial, mediante una audiencia de conciliación obligatoria.

¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadores, ex-trabajadores y empleadores de empresas radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o con domicilio fiscal en esta ciudad. En caso de fallecimiento, sus derechohabientes.

Requisitos principales

  • Ser trabajador/a, ex-trabajador/a o empleador/a de empresas radicadas en CABA o con domicilio fiscal en esta ciudad.
  • En caso de fallecimiento, sus descendientes, cónyuges o ascendientes (derechohabientes).

Duración del trámite

Depende de la cantidad de audiencias y la voluntad de las partes.

Información adicional

¿Cuánto tiempo lleva el trámite? La primera audiencia se realizará dentro de los 10 días hábiles desde la presentación de la documentación ante el SECLO. Conforme lo establecido en el <a href="https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-73-2022-360757">Decreto 73/2022</a>, el SECLO notificará de manera electrónica la primera audiencia a las partes requeridas por medio fehaciente al Domicilio Fiscal Electrónico (e-ventanilla) constituido por los contribuyentes y/o responsables ante la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) y en el caso de no contar con N° de CUIT por telegrama del Correo Argentino de la República Argentina S.A. El tiempo total del trámite dependerá de la cantidad de audiencias y de la voluntad de las partes. ¿Cuál es el costo del trámite? Para el trabajador es gratuito. En caso de acuerdo, la parte empleadora abona $ 106.370 por reclamante. El importe se incrementa un 25% por cada reclamante adicional. Si las partes no arriban a un acuerdo el trámite será gratuito. ¿Cuándo se aplica una Multa? En caso de ausencia no justificada del Empleador a la audiencia de conciliación se debe abonar una multa: Ausencia a una audiencia: $ 106.370,- Ausencia a dos audiencias: $ 212.740,-

Resumen

Este trámite es para trabajadores y empleadores con conflictos laborales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Antes de iniciar un juicio, deben asistir a una audiencia de conciliación obligatoria en el SECLO.

Quién puede usar este servicio

  • Trabajadores y empleadores con conflictos laborales.
  • Empresas radicadas en CABA o con domicilio fiscal en esta ciudad.
  • En caso de fallecimiento del trabajador, sus herederos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • DNI del solicitante.
  • Si actúa un apoderado: DNI, poder o acta certificada.

Requisitos previos

  • El abogado debe estar matriculado en el Consejo Profesional de Abogados de Capital Federal (CPACF).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Iniciá el trámite online a través del Portal de Abogados.
  2. Seleccioná "Inicio de Trámite/solicitud de Turno - Obligatoria", cargá los datos y la documentación.
  3. Consultá la designación del conciliador, fecha y hora de la audiencia en la sección "Novedades del Portal de Abogados".

Después de hacerlo

Qué sucede después

  • Si se llega a un acuerdo y es homologado, tiene validez legal.
  • Si no se llega a un acuerdo, se habilita la vía judicial.

Ayuda

Información complementaria

  • La primera audiencia se realizará dentro de los 10 días hábiles.
  • El tiempo total del trámite depende de la cantidad de audiencias y la voluntad de las partes.
  • El trámite es gratuito para el trabajador.
  • Si hay acuerdo, el empleador debe pagar un monto por cada reclamante.
  • Si el empleador no se presenta a la audiencia sin justificación, deberá pagar una multa.

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