Informar ausencia y reingreso del país de titulares de jubilaciones o pensiones
Información Rápida
Objetivo
Informar a ANSES sobre la ausencia del país por más de tres meses para evitar la suspensión del pago de la jubilación o pensión.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas jubiladas y pensionadas que se ausenten del país por más de tres meses o residan en el extranjero en países sin convenio de reciprocidad con Argentina.
Requisitos principales
- Ser titular de una jubilación o pensión.
- Ausentarse del país por más de tres meses o residir en forma definitiva en un país sin convenio de reciprocidad con Argentina.
Duración del trámite
Variable, depende del caso.
Información adicional
Este trámite no es necesario si viajas a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Reino de los Países Bajos, República de Colombia, Estados Unidos Mexicanos y Eslovenia.
Resumen
Si cobras una jubilación o pensión y te ausentarás del país por más de tres meses, debes informar a ANSES para evitar la suspensión de tus pagos.
Quién puede usar este servicio: Personas jubiladas y pensionadas.
Importante: Este trámite no es necesario si viajas a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Reino de los Países Bajos, República de Colombia, Estados Unidos Mexicanos y Eslovenia, debido a los convenios de reciprocidad.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- DNI.
- Formulario PS 6.246 - Ausencia y regreso al país.
- Último recibo de haberes.
- Pasaporte y pasaje (o certificado de la compañía por la que vas a viajar).
- Si el trámite lo realiza un apoderado:
- Formulario PS 6.4 - Carta Poder.
- DNI (original y copia).
Tené en cuenta: Si cobras una Pensión no Contributiva por Invalidez, debes presentar el formulario de Comunicación, Descargo y Renuncia.
Cómo hacerlo
- Revisá si tus datos personales y vínculos familiares están actualizados en mi ANSES.
- Presentate sin turno en una oficina de ANSES con la documentación necesaria.
- Cuando regreses al país, avisá en ANSES dentro de los 30 días y presentá pasaje de regreso o pasaporte (original y copia), según corresponda. Si reingresaste por medios propios, se te tomará una Declaración Jurada. En caso de postergar la fecha de regreso, solicitá una prórroga.
Importante: Quienes cobran una Pensión no Contributiva por Invalidez deben solicitar un turno en una oficina de ANSES.
Cuál es el costo?
Gratuito