Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

  • La terminal de carga es el espacio físico en el cual se realiza el ingreso y egreso de mercaderías de competencia exclusiva del Senasa, destinadas a operaciones de comercio exterior (exportación, importación y tránsitos internacionales), en la cual se cuenta con un área primaria aduanera permanente para cualquier modo de transporte: marítimo, ferroviario, carretero, aéreo, multimodal y fluvial. Incluye a las playas de carga y descarga de medios de transporte, que realicen logística de comercio exterior, que puedan contar con sectores de depósito o con mercaderías a granel.

    ¿A quién está dirigido?

    Personas que realicen operaciones de tráfico internacional de mercaderías bajo fiscalización del Senasa.

    ¿Qué necesito?

    ETAPA I:

    Inicio del Trámite
    Solicitud de habilitación
    Memoria descriptiva de la operatividad
    Memoria descriptiva constructiva de instalaciones y equipamiento
    Memoria descriptiva de la gestión de residuos
    Memoria descriptiva de la circulación de los operarios
    Plano en escala, apropiada y representativa, de la totalidad de la terminal, por duplicado
    Plano en escala apropiada y representativa de los espacios asignados para ser utilizados en las tareas de fiscalización del mencionado Servicio Nacional, por duplicado
    Documentación que acredite al apoderado.
    Constancia de habilitación provincial, municipal u otro organismo o dependencia del Estado Nacional, según corresponda.
    Conformación del expediente
    Título de propiedad y certificado de dominio actualizado, contrato de locación, u otros instrumentos legales que acrediten tenencia o posesión del inmueble asiento de la terminal de carga a habilitar,
    Declaración anual estimada del movimiento de contenedores y de los kilogramos o volúmenes discriminados por rubro a habilitar.
    Constancia de pago de arancel

    ETAPA II:

    Evaluación documental de la documentación aportada al expediente.
    Luego, se procederá a aprobar los planos y memorias.
    Se realiza el pase del expediente a los responsables del área técnica legal y administrativa para su análisis.

    ETAPA III:

    Inspección al predio para evaluar sobre el terreno las instalaciones aprobadas en planos y las operatorias descriptas en las memorias técnicas.

    ETAPA IV:

    Solicitud de asignación de número en el Registro de Terminales de Carga.

    ETAPA V:

    Asignación del número de Registro e Incorporación del Registro de Terminales de Cargas.

    ¿Cómo hago?

    1

    Acercate a la Oficinas del Senasa correspondiente a la ubicación geográfica de la terminal de carga.

    2

    Aboná el arancel que corresponde en los medios de pago habilitados de Senasa).

    Coordinación General de Fronteras y Barreras
    Av. Paseo Colón 367, piso 7°, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5054
    Correo electrónico: barreras@senasa.gob.ar
    Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    Normativa:
    Resolución Senasa N° 215/2014

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $7150.00

    Habilitación de terminales de carga.

    Vigencia


    Un (1) año a partir de la fecha de emisión del certificado.

  • Los titulares o responsables de un establecimiento de empaque, molienda o frigorífico de frutas, hortalizas, aromáticas y otros productos (semillas comestibles, algas y hongos) tienen que inscribirse en el registro de empacadores del Senasa y cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Asimismo, una vez cumplida la vigencia anual, tienen que tramitar la reinscripción en el respectivo registro.

    ¿A quién está dirigido?

    Titular o responsables de establecimientos empacadores, molienda, frigoríficos o de conservación de frutas, hortalizas, aromáticas y otros (semillas comestibles, algas y hongos).

    ¿Qué necesito?

    Un dispositivo con conexión a internet.

    Documentos obligatorios escaneados, a saber:
    - Croquis de ubicación del establecimiento (en la zona, en escala UNO en DOS MIL (1:2000)-)
    - Croquis detallando lo distintos sectores del establecimiento con flujo de proceso (escala UNO en CIEN (1:100).
    - Protocolo de análisis de agua.
    - Habilitación municipal.
    - Título de propiedad o contrato de locación.
    - Comprobante de pago.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la Plataforma a distancia - TAD

    2

    Inscripción Registro Establecimientos Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
    1- Complete el formulario “ Datos del tramite”
    2- Ingrese al tramite
    3- Complete el formulario “Datos de la actividad”
    4- Marque en el desplegable de los Centros Regionales, el correspondiente a la ubicación del empaque.
    5- Adjunte toda la documentación digitalizada y confirme que subió adecuadamente.
    6- Finalice el tramite
    7- Desde la Pagina web de senasa , Servicios en Linea, podrá visualizar el tramite e imprimir el certificado de habilitación.

    3

    Aboná el arancel que corresponda, ver Medios de pago habilitados del Senasa.

    Coordinación General de Frutas, Hortalizas y Aromáticas
    Av. Paseo Colón N° 367, piso 5° frente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (54 + 11) 4121-5404 ó (+54 - 11) 4121-5000 internos 5507 / 5508
    Correo electrónico:jcapone@senasa.gob.ar,[bcampana@senasa.gob.ar,jbevilac@senasa.gob.ar, fdemarco@senasa.gob.ar, lmeyer@senasa.gob.ar
    Horario de atención: lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.
    Normativa:
    Resolución SAGPyA N° 48/1998

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $7500.00

    Establecimientos destino a exportación.

    $2000.00

    Establecimientos destino mercado interno.

    Vigencia


    Es variable según el producto que se acondiciona.
    Nota: Si ya está inscripto y querés consultar la vigencia, hacelo desde aquí

    Iniciar trámite en TAD

  • Los Centros de tratamientos contra las plagas cuarentenarias son habilitados y fiscalizados por el Senasa para verificar el cumplimiento de los requisitos para el ingreso de productos vegetales hospederos de Mosca de los Frutos y Lobesia botrana a áreas libres del territorio argentino o para la exportación.

    ¿A quién está dirigido?

    Propietarios de establecimientos donde se realicen tratamientos cuarentenarios.

    ¿Qué necesito?

    Para habilitar un CTC con bromuro de metilo tenés que presentar:
    - Solicitud de inscripción del CTC.
    - Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
    - Copia de certificado de inscripción como empresa aplicadora en el registro provincial de aplicadores terrestres emitida por la provincia.
    - Copia de certificado de habilitación vigente provincial o municipal o del ente que corresponda según el emplazamiento de predio, para el funcionamiento como CTC con cámaras de fumigación con bromuro de metilo
    - Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100.
    - Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada una de la/s cámara/s a ser habilitadas para tratamiento cuarentenario. Todos los planos deben estar debidamente acotados.
    - Planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del CTC con detalles y materiales constructivos.
    - Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets tratados desde el tratamiento hasta el despacho.
    - Diagrama de recorrido de las cañerías transportadoras del fumigante y la totalidad de las válvulas desde la garrafa de bromuro de metilo hasta su ingreso a cada una de las cámaras.
    - Diagrama del trazado de los conductores eléctricos que transmiten la señal de damper 2 (abierto o cerrado), desde dichos dampers hasta la sala de monitoreo computarizado para cada una de las nuevas cámaras. El switch indicador de apertura y cierre deberá estar ubicado por dentro del damper 2 el cual debe estar preparado para ser precintado.
    - Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente.
    - Copia del certificado de calibración de la balanza de pesaje de la garrafa de bromuro de metilo con su código de identificación o precinto identificatorio o, en caso de ser una balanza nueva, certificado de conformidad y factura fechada de compra y el correspondiente certificado del INTI.
    - Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento y correspondiente certificado del INTI. La certificación se realizará para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
    - Copia del certificado de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
    - Copia del certificado del sensor de chimenea con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
    - Copia del certificado del analizador de gases con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
    - Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinaran para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias.
    - Constancia de matrícula profesional de ingeniero agrónomo al día del director técnico al día o copia comprobante de último pago.
    - Nota de responsabilidad firmada por el director técnico del CTC.
    - Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación o con frío expedido por el Senasa, o de reválida en el caso del director técnico.
    - Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC.
    - Copia de los certificados de salud de operadores y director técnico.
    - Copia de los protocolos de análisis de determinación de bromo en sangre de operadores y director técnico que incluya la indicación del método de determinación utilizado por el laboratorio.

    Para habilitar un CTC con cámara de frio tenés que presentar:
    - Solicitud de inscripción del establecimiento, CTC.
    - Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
    - Plano de vista en planta de todo el CTC en escala 1:100.
    - Plano de corte longitudinal y plano de corte transversal de cada una de la/s cámara/s a ser habilitadas para tratamientos cuarentenarios. Todos los planos deben estar debidamente acotados.
    - Los planos y memoria técnica descriptiva de cada uno de los componentes del Centro con detalles y materiales constructivos.
    -Protocolo (memoria técnica operativa) del movimiento de pallets desde su ingreso al Centro de Tratamiento hasta el despacho con el tratamiento cumplido.
    - Declaración de la cantidad de pallets máximo a tratar en cada cámara y tamaño del pallet más grande a tratar.(para esto tener en cuenta que la disposición de la carga en la cámara debe permitir la circulación de aire -no menos de 10 cm entre hileras- y no deberá tapar las bocas de salida del aire frío).
    - Detalle de la capacidad de frío instalada para la/s cámara/s destinada a tratamientos cuarentenarios y para otras cámara de frío de la planta destinadas a otros usos; y potencia eléctrica actualmente contratada con la empresa de suministro de energía eléctrica.
    - Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinaran para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias.
    - Copia del certificado de inscripción en el registro provincial de aplicadores terrestres correspondiente a su provincia, o nota emitida por la provincia, informando de la inexistencia de este tipo de registro.
    - Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente.
    - Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación y con frío expedido por el Senasa.
    - Copia de los certificados buena salud de operadores y director técnico.
    - Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC.
    - Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento. La certificación se realizará para 0 ºC.
    - Copia del certificado calibración de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para 0 ºC.
    - Los sensores de temperatura deberán calibrarse con patrones vigentes trazables al INTI.

    Para rehabilitar un CTC con bromuro de metilo tenés que presentar:
    - Solicitud de inscripción de establecimientos, CTC.
    - Formulario de autorización de publicación de datos del CTC y directores técnicos habilitados por el Senasa.
    - Copia de certificado de habilitación vigente provincial o municipal, según el emplazamiento de predio, para el funcionamiento como CTC con cámaras de fumigación con bromuro de metilo
    - Copia del certificado de inscripción en el registro de aplicadores terrestres de su provincia.
    - Constancia de matrícula profesional de ingeniero agrónomo al día del director técnico al día o copia comprobante de último pago.
    - Nota de responsabilidad firmada por el director técnico de la cámara donde se responsabiliza del correcto funcionamiento de la/s cámara/s en cuestión.
    - Comprobante de pago correspondiente al arancel por habilitación de cada cámara, según lo establecido en la normativa vigente.
    - Copia del certificado de calibración de la balanza de pesaje de la garrafa de bromuro de metilo con su código de identificación o precinto identificatorio o, en caso de ser una balanza nueva, certificado de conformidad y factura de compra.
    - Copia del certificado de calibración del sensor de temperatura manual con su código de identificación grabado por el fabricante en el instrumento. La certificación se realizará para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
    - Copia del certificado de sensores de temperatura de ambiente y de pulpa asociado con el sistema de monitoreo y registro computarizado de temperaturas y eventos. La calibración deberá realizarse para los siguientes puntos: 0 ºC; 15 ºC y 21 ºC.
    - Copia del certificado del sensor de chimenea con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
    - Copia del certificado del analizador de gases con su código o precinto identificatorio puesto por el laboratorio de calibración.
    - Solicitud de inspección para la habilitación de la/s cámara/s detallando para cual/es se destinarán para tratamientos cuarentenarios contra plagas cuarentenarias.
    - Copia de certificado de habilitación de los operadores y director técnico de cámaras de fumigación con bromuro de metilo o con frío expedido por el Senasa, o de reválida en el caso del director técnico.
    - Original de la planilla de datos y firmas del personal (operadores y directores) habilitado por el Senasa para operar las cámaras del CTC.
    - Copia de los certificados salud de operadores y director técnico
    - Copia de los protocolos de análisis de determinación de bromo en sangre de operadores y director técnico que incluya la indicación del método de determinación utilizado por el laboratorio.
    - El sensor manual de temperatura y las balanzas deberán calibrarse con patrones vigentes trazables al INTI.

    Podés ingresar con tu clave fiscal al SIGPV-SUFP y consultar el Instructivo de Ingreso al SUFP por AFIP, Tutorial Declaracion Jurada Transito Vegetal y la Declaracion Jurada Transito Vegetal.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma TAD:
    Habilitación
    Rehabilitación

    2

    Completá el formulario de solicitud de inscripción.

    3

    Adjuntá la documentación.

    4

    Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

    5

    Aboná el arancel que corresponda, ver los medios de pago habilitados de Senasa..

    Dirección Nacional de Protección Vegetal
    Dirección de Sanidad Vegetal
    Coordinación Sistema Único de Fiscalización Permanente
    Av. Paseo Colón N° 367, Piso 6°, C1063ACD, CABA
    Teléfono: (+54 - 011) 4121-5174
    Correo electrónico: sufp@senasa.gob.ar; asplenser@senasa.gob.ar.
    Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    Normativa:
    Resolución Senasa N° 472/2014
    Resolución Senasa 299/2013

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $9295.00

    Habilitación anual por centros de aplicación de tratamiento a Embalajes de Madera (CATEM), Fábricas de Embalajes de Madera (FEM), y por cada Cámara del Centro de tratamiento cuarentenario.

    Vigencia


    1 año.

    Iniciar trámite en TAD

    Iniciar trámite en TAD

  • Todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades en el campo de la inseminación artificial, deberán someterse a lo dispuesto por la Ley N° 20.425 y sus normas reglamentarias.

    ¿A quién está dirigido?

    Titulares de Centros de Inseminación Artificial, Centros de Transferencia Embrionaria, Bancos de material seminal y embrionario.

    ¿Qué necesito?

    CUIT

    Solicitud de Habilitación/Rehabilitación.

    Plano del Establecimiento con las distintas áreas o zonas.

    Constancia Director Técnico responsable c/titulo universitario.

    Memoria descriptiva y operativa.

    Habilitación ambiental municipal/provincial.

    Zonificación/uso de suelo municipal.

    Fotos del establecimiento.

    Plan sanitario ambiental.

    ¿Cómo hago?

    1

    Acercate a las Oficinas de Senasa autorizadas, de lunes a viernes de 8 a 14.

    2

    Dirigite a la Dirección de Ejecución Sanitaria y Control de Gestión, Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º cfrente, CABA, de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    3

    Aboná el arancel que corresponda, ver Medios de pago habilitados de Senasa.

    Dirección de Ejecución Sanitaria y Control de Gestión
    Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º cfrente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (54 11) 4121-5252 (Área técnica)
    Correo electrónico: dcgype@senasa.gbo.ar
    Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    Normativa:
    Decreto Reglamentario Nº 4.678/1973
    Ley N° 20.425

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $4290.00

    Material genético - Habilitación, cambio de titularidad o renovación anual de centros de inseminación artificial/ centros
    de transferencia embrionaria /bancos de material seminal/ bancos de embriones (por cada uno) 1 U.

    Vigencia


    1 año.

  • Las actividades relacionadas con la inseminación artificial de los animales y que se refieren a obtención, utilización, conservación, transporte, almacenamiento, comercialización, importación y exportación de material seminal quedan sujetas en todo el país a las disposiciones de la ley 20425 y a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo con el fin de fiscalizar los métodos para reproducción animal.

    ¿A quién está dirigido?

    Titulares de laboratorios móviles de material genético.

    ¿Qué necesito?

    Habilitación o renovación:
    Tenés que ser parte integrante de un Centro Integral de Inseminación Artificial, regidos por el mismo director técnico, y debidamente habilitado.

    ¿Cómo hago?

    1

    Acercate a las oficinas autorizadas del Senasa.

    2

    Aboná el arancel que corresponda: ver los medios de pago habilitados de Senasa.

    Dirección de Ejecución Sanitaria y Control de Gestión
    Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º cfrente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5252
    Correo electrónico:dcgype@senasa.gbo.ar
    Horario de atención: de lunes a viernes de 8 a 16.

    Normativa:
    Decreto Ley Nº 20425/1973

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $2145.00

    Material genético - Habilitación o renovación matrícula anual por mantenimiento de laboratorios móviles (por cada uno)

  • Todas las solicitudes de importación de productos y subproductos de origen animal de una nueva planta de un país que exporta a la República Argentina quedarán sujetas a la previa inspección de la misma, cuando el Senasa lo considere. Podrán eximirse de la habilitación a aquellas plantas que elaboren mercaderías destinadas a la industria cuando no tengan como destino el uso humano o animal en cualquiera de sus formas y la importación de esas mercancías no impliquen riesgo sanitario por su origen o procedencia.

    ¿A quién está dirigido?

    Personas humanas o jurídicas interesadas en evaluar la posibilidad de importar un producto, subproducto o derivado con componentes de origen animal.

    ¿Qué necesito?

    Depende del destino de uso de la mercadería. Para iniciar el expediente se requerirá:

    Para productos destinados a la alimentación humana o animal
    Formulario “Solicitud de importación”.
    Formulario “Solicitud de importación”.
    Monografía descriptiva del producto.
    Proyecto de rótulo complementario.

    Para productos no destinados a la alimentación humana ni animal
    Formulario “Solicitud de importación”.
    Monografía descriptiva del producto.

    Para productos destinados al uso en laboratorio
    Formulario “Solicitud de importación”.
    Nota en carácter de declaración jurada (modelo preestablecido).
    Ficha técnica del producto.

    Producto que haya ingresado al país y se encuentre registrado
    Formulario “Solicitud de importación”.
    Proyecto de rótulo complementario.

    Procedimientos generales, incluyendo
    Se inicia el expediente vía TAD y se le realiza el seguimiento en sus áreas técnicas para la aprobación de su registro y su dictamen correspondiente.

    Nota
    En todos los casos se podrá solicitar documentación complementaria en caso de precisarse.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma TAD.
    Importación

    2

    Completá el formulario de solicitud de inscripción.

    3

    Adjuntá la documentación.

    4

    Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

    5

    Aboná el arancel que corresponde en los medios de pagos habilitados.

    Dirección de Tráfico Internacional
    Coordinación de Importación y Certificación de Exportación de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal y Alimentos para Animales – Área Importación
    Carlos Calvo N° 66 P.B., C1102AAB, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 5222-5966 / 5967 / 5970
    Correo electrónico: importaciones@senasa.gob.ar

    Normativa:
    Resolución Senasa Nº 816/2002 ,
    Código Alimentario Argentino

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $5720.00

    Verificación en establecimiento con o sin toma de muestra.

    $715.00

    Aviso llegada con o sin anticipo, solicitud de prórroga, subsanación de operaciones y otros para productos, subproductos y/o derivados de origen animal y alimentos para animales, incluyendo muestras sin valor comercial.

    Iniciar trámite en TAD

  • Los alimentos para animales que se importen a la República Argentina cumplirán con todos los requisitos sanitarios exigidos y estarán amparados por el certificado veterinario de país de origen emitido por la autoridad oficial. Asimismo deberán proceder de establecimientos habilitados por la autoridad veterinaria oficial del país importador.
    Los alimentos para animales que se exporten cumplirán con los requisitos sanitarios establecidos por el país de destino y estarán habilitados por el Senasa.

    ¿A quién está dirigido?

    Interesado.

    ¿Qué necesito?

    Autorización de importación (TAD):

    Completar formulario (importador, medio de transporte, país de origen, establecimiento de destino, observaciones, nota).
    Adjuntar:
    -Documento único aduanero
    -Protocolos de análisis de los productos solicitados
    -Factura definitiva
    -Certificado sanitario de origen (en caso de que los productos a importarse tengan ingredientes de origen animal)
    -Cupones de pago
    -Instructivos de aprobados por la DNC
    -Lista de empaque.

    Autorización de exportación (TAD):

    -Completar formulario (exportador, medio de transporte, país de origen, de procedencia, observaciones, destino y datos del total de productos).
    Adjuntar:
    -Documento único aduanero
    -Composición cualicuantitativa (solo si contienen soja y superen 30% de proteína bruta)
    -Autorización de exportación de alimentos para animales
    -Factura proforma o factura definitiva
    -Cupones de pago abonados
    -Lista de empaque (cuando la factura Proforma o factura definitiva no cuente con un detalle de la cantidad de envases y su peso o volumen)
    -Nota de solicitud de autorización de exportación firmada por apoderado o DT

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la Plataforma Trámites a Distancia (TAD)
    Importación
    Exportación

    Completá el formulario de solicitud de inscripción.
    Adjuntá la documentación.
    Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

    2

    Aboná el arancel que corresponda, ver medios de pago habilitados de Senasa

    Dirección de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen Vegetal
    Av. Paseo Colón Nº 367, piso 5º frente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5170 - Mesa de entradas: (+54 - 11) 4121-5000 Interno 6618
    Correo electrónico: craa@senasa.gob.ar (Consultas área técnica)
    Correo electrónico: craagde@senasa.gob.ar (consultas administrativas)
    Horario de atención: lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    Normativa:
    Resolución Senasa N° 594/2015.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Iniciar trámite en TAD

    Iniciar trámite en TAD

  • Si querés importar o exportar material reproductivo animal (semen y embriones de distintas especies, huevos fértiles para incubar, etc.) desde y hacia la República Argentina tenés que realizar la gestión ante el Senasa.
    La autorización de importación de material reproductivo animal tiene que estar amparada por el Certificado Veterinario Internacional (CVI) vigente y emitido por el país de origen, de acuerdo a los requisitos sanitarios establecidos por la República Argentina.
    Para exportar material reproductivo animal tenés que solicitar el Certificado Veterinario Internacional (CVI) ante el Senasa, contemplando las exigencias sanitarias requeridas por el servicio veterinario oficial del país de destino.

    ¿A quién está dirigido?

    Operadores comerciales interesados en exportar/importar material reproductivo animal (semen y/o embriones de diversas especies y huevos fértiles para incubar).

    ¿Qué necesito?

    Inscripción vigente en el Registro de importadores y exportadores ante la Dirección General de Aduanas.

    Exportación

    • Consultar las exigencias sanitarias de exportación según mercancía y país de destino.
    • Presentar ante el Senasa la solicitud de autorización de exportación para material reproductivo.
    • Aprobación de la solicitud por el Senasa.
    • Cumplimiento de las exigencias y tareas sanitarias según lo exigido por el país de destino.
    • Emisión por el Senasa del certificado veterinario internacional (CVI) que acompañará al material hasta su destino.
    • Gestión del Documento de Tránsito Electrónico (DT-e).
    • Control del Senasa en el puesto de frontera al egreso del material.

    Importación

    • Consultar las exigencias sanitarias de importación.
    • Presentar ante el Senasa la solicitud de autorización para importación de material reproductivo.
    • Aprobación de la solicitud de importación.
    • Controles del Senasa en el puesto de frontera de arribo del material.
    • Tareas sanitarias y liberación del material según mercancía.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma TAD

    Exportación.
    Importación.

    2

    Completá el formulario de solicitud de autorización.

    3

    Adjuntá la documentación.

    4

    Aboná el arancel que corresponda; ver los medios de pago habilitados.

    5

    Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

    6

    Presencial: acercate a las Oficinas de Senasa autorizadas, de lunes a viernes de 8 a 14.

    Área operativa
    Azopardo N° 1020 piso 1°, C1107ADR, CABA
    Teléfono: (+54 - 11) 5222-5868 / 3 / 2 5222-5902 / 5 / 6
    Correo electrónico: certificaciones@senasa.gob.ar

    Normativa:
    Resolución ex Senasa N° 1353/1994
    Resolución ex SAGPyA N° 709/1997
    Resolución Senasa N° 76/2019
    Resolución ex Senasa N° 1354/1994
    Resolución ex Senasa N° 1415/1994

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $0.90

    Importación/ Exportación - Inspección de animales vivos: semen (por dosis), embriones (por cada uno), huevos fértiles embrionados para incubar (por cada diez).

    Vigencia

    30 días

    La solicitud de exportación / importación una vez autorizada tiene una validez de 30 días.
    La vigencia de los certificados veterinarios de exportación varía según el país de destino.

    Iniciar trámite en TAD

    Iniciar trámite en TAD

  • Si querés exportar trofeos de caza necesitás tramitar el Certificado Veterinario Internacional (CVI) en el Senasa conforme a las exigencias sanitarias del servicio veterinario oficial del país de destino.
    En caso que quieras importar un trofeo de caza a la República Argentina tenés que tramitar la autorización sanitaria de importación ante el Senasa.

    ¿A quién está dirigido?

    Operador comercial interesado en exportar o importar trofeos de caza.

    ¿Qué necesito?

    Inscripción vigente en el Registro de importadores y exportadores ante la Dirección General de Aduanas.

    Solicitud de importación de trofeos de caza
    Además debés contar con:
    - Autorización de la Dirección de Fauna Silvestre del Ministerio de Ambiente y Desarrollo sustentable
    - Certificación de origen (taxidermista/proceso de desinfección) emitida o convalidada por el Servicio Veterinario Oficial del país de procedencia.

    Solicitud de exportación de trofeos de caza
    Además debés contar con:
    - Certificado original (en hoja membretada y con todos los datos del profesional) del Médico Veterinario o Taxidermista conteniendo la desinfección realizada a los trofeos, la que deberá ajustarse a los requisitos sanitarios oficiales armonizados con el país importador.
    - Certificado de Exportación reexportación de trofeos de caza otorgado por Fauna Silvestre que puede realizarse por TAD

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma TAD:
    **Exportación.
    **Importación.

    2

    Completá el formulario de solicitud de inscripción.

    3

    Adjuntá la documentación.

    4

    Aboná el arancel que corresponda, ver medios de pago habilitados de Senasa.

    5

    Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

    6

    Presencial: acercate a las Oficinas de Senasa autorizadas, de lunes a viernes de 8 a 14.

    Dirección de Comercio Exterior Animal
    Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º frente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5425
    Correo electrónico: dcea@senasa.gob.ar
    Horario de atención: en Oficinas de Senasa, de lunes a viernes de 8 a 14.
    En Casa Central, de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    Normativa:
    Resolución SAGPyA N° 170/2008
    Resolución ex Senasa N° 1353/1994
    Resolución ex SAGPyA N° 709/1997
    Resolución Senasa N° 492/2001

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $215.00

    Importación/ Exportación - Inspección de trofeos de caza (por cada uno).

    Vigencia


    La solicitud de exportación / importación una vez autorizada tiene una validez de 30 días.
    La vigencia de los certificados veterinarios de exportación varía según el país de destino, dado que este fija su validez.

    Iniciar trámite en TAD

  • Para la exportación de animales vivos hacia cualquier destino y con fines diversos (reproducción, invernada, engorde, competencia, faena, etcétera) necesitás amparar esa operación con una certificación definitiva o temporal tramitada en el Senasa, quien emitirá el Certificado Veterinario Internacional (CVI) y donde se contemplarán las exigencias sanitarias del Servicio Veterinario Oficial del país de destino de los animales.
    La importación definitiva o temporal de animales vivos a la Argentina se realizará con autorización previa, y será amparada por el Certificado Veterinario Internacional vigente y emitido por el país de origen.

    ¿A quién está dirigido?

    Operadores comerciales interesados en exportar/importar animales vivos con destinos diversos.

    ¿Qué necesito?

    Exportación

    • Consultar los requisitos sanitarios de exportación de animales vivos según especie y país de destino.
    • Presentar ante el Senasa la solicitud de autorización para exportación de animales vivos.
    • Aprobación de la solicitud por el Senasa.
    • Cumplimiento de las tareas sanitarias según lo exigido por el país de destino.
    • Emisión por el Senasa del certificado veterinario internacional (CVI) que acompañara a los animales hasta su destino.
    • Gestión del Documento de Tránsito Electrónico (DT-e).
    • Aviso de salida.
    • Control del Senasa en el puesto de frontera de egreso de los animales.

    Importación

    • Consultar los requisitos sanitarios de importación.
    • Presentar ante el Senasa la Solicitud de autorización para importación de animales vivos.
    • Habilitación de predio cuarentenario de importación, si la especie requiere la realización de una cuarentena postingreso en la REPÚBLICA ARGENTINA.
    • Aprobación de la solicitud de importación.
    • Controles del Senasa en el puesto de frontera de arribo de los animales.
    • Envío y control de los animales en predio cuarentenario habilitado.
    • Tareas sanitarias y liberación de los animales cuarentenados.

    Tránsito

    • Presentar ante el Senasa la solicitud de autorización de tránsito de animales vivos.
    • Aprobación de la solicitud de importación.
    • Controles del Senasa en el puesto de frontera de entrada y salida de los animales.

    Estar inscripto en el Registro de Exportadores y/o Importadores en la Dirección General de Aduanas.
    Para iniciar el trámite, el interesado deberá conocer al menos, número de animales, especie, uso (reproducción, engorde, etc), país de destino/origen.
    En caso que corresponda, tramitar la autorización previa de la Direccion de Fauna Silvestre del Ministerio de Ambiente y Desarrollo sustentable.
    En caso de importación de ejemplares acuícolas, la autorización de la Dirección de Acuicultura de la Secretaría de Agroindustria.
    Y en los casos de organismos modificados genéticamente, la Direccion de Biotecnologia de la Secretaría de Agroindustria.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma TAD:

    Exportación.
    Importación.

    2

    Completá el formulario de solicitud de autorización.

    3

    Adjuntá la documentación.

    4

    Aboná el arancel que corresponda: ver los medios de pagos habilitados de Senasa.

    5

    Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

    6

    Presencial: acercate a las Oficinas de Senasa autorizadas, de lunes a viernes de 8 a 14.

    Presencial: Acercate al Centro Regional Metropolitano
    Azopardo N° 1020 piso 2°, C1107ADR, CABA
    Teléfonos: (+54 - 11) 5222-5868 / 3 / 2 / 5902 / 5 / 6
    Correo electrónico: certificaciones@senasa.gob.ar
    lazareto@senasa.gob.ar
    Horario de atención: de lunes a viernes de 8 a 14.

    Normativa:
    Resolución ex Senasa N° 1354/1994.
    Resolución ex Senasa N° 1353/1994.
    Resolución ex SAGPyA N° 709/1997.
    Resolución Senasa N° 76/2019

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $29.00

    Tareas cuarentenarias - Estadía de animales (por día)

    $430.00

    Importación/Exportación - Inspección sanitaria de animales vivos o Certificación zootécnica (por certificado)

    Vigencia

    30 días

    La solicitud de exportación / importación una vez autorizada tiene una validez de 30 días.
    La vigencia de los certificados veterinarios de exportación varía según el país de destino, dado que este fija su validez.

    Iniciar trámite en TAD

    Iniciar trámite en TAD

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