Tramitar el Pasaporte excepcional para extranjeros
Información Rápida
Objetivo
Permite a extranjeros residentes en Argentina que enfrentan situaciones humanitarias o de fuerza mayor obtener un pasaporte, siempre que ya posean el DNI emitido por el Renaper.
¿Quién puede solicitarlo?
Extranjeros residentes en Argentina que acrediten razones humanitarias o de fuerza mayor y posean DNI emitido por el Renaper.
Requisitos principales
- Ser extranjero residente en Argentina.
- Acreditar razones humanitarias o de fuerza mayor debidamente justificadas.
- Poseer DNI vigente expedido por el Renaper.
Plazos
El pasaporte tiene una vigencia de 2 años desde la fecha de emisión.
Duración del trámite
15 minutos (sujeto a verificación de la documentación y aprobación de controles externos).
Resumen
Este trámite permite a extranjeros residentes en Argentina obtener un pasaporte excepcional si enfrentan cuestiones humanitarias o de fuerza mayor debidamente justificadas, siempre que ya posean el DNI emitido por el Renaper.
¿A quién está dirigido?
Extranjeros residentes en Argentina que acrediten cuestiones humanitarias o de fuerza mayor y presenten DNI expedido por el Renaper.
Antes de empezar
Es fundamental contar con el DNI vigente emitido por el Renaper y tener la documentación que acredite las razones humanitarias o de fuerza mayor.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- DNI vigente emitido por la Dirección Nacional del Renaper. Si no tenés el DNI en mano, verificaremos:
- Si realizaste el trámite de DNI digital previamente: te solicitaremos la denuncia de extravío y que hagas el trámite combinado.
- Si no realizaste el trámite de DNI digital previamente: te solicitaremos tramitar el DNI, según trámite correspondiente, para luego, una vez en mano, poder iniciar el proceso de obtención del Pasaporte excepcional. Más información.
- En caso de menores de 18 años no emancipados, sumar:
- I. DNI de padre o madre.
- II. Partida de nacimiento traducida y apostillada.
- Acreditación en forma fehaciente de cuestiones humanitarias o de fuerza mayor debidamente fundadas que justifiquen la expedición del Pasaporte excepcional para extranjeros.
- Copia de los certificados de nacionalidad, excepto que acrediten cuestiones humanitarias o de fuerza mayor debidamente fundadas que impidan la presentación del mismo.
- En caso de personas con capacidad restringida o incapaces:
- I. Testimonio judicial de la designación de la/s persona/s que ejerza/n la tutela, la curatela, o en su defecto la autorización judicial correspondiente (cuando la persona se presenta con quien realiza el trámite).
- II. DNI de la/s persona/s que ejerza/n la tutela, la curatela o de la persona autorizada judicialmente.
- III. Consentimiento expreso de quien ejerza la responsabilidad parental, la tutela o la curatela con la indicación de que su ejercicio no se encuentra limitado para prestarlo, debiendo, en caso contrario, suplir su falta con autorización judicial.
- En caso de menores emancipados:
- I. Sentencia judicial emitida por juzgado competente.
Costes
El trámite tiene un costo de $70000.00.
Cómo hacerlo
Paso a paso
- Sin turno previo, acercate a la Mesa de Entradas del Renaper, ubicada en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 664 (CABA), de lunes a viernes de 9 a 13 hs.
- Entregá la documentación requerida.
- Allí enviarán a analizar la documentación y luego te notificarán la resolución mediante carta documento.
- En caso de aprobación, deberás regresar al mismo lugar, sin turno previo, para completar el trámite.
- Allí te tomarán los datos personales, foto y huellas digitales.
- Aboná el trámite.
Tiempos de espera
El trámite lleva aproximadamente 15 minutos. La emisión está sujeta a la verificación de la documentación y a la aprobación de los controles externos al organismo.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez aprobado el trámite y abonado el costo, recibirás el pasaporte excepcional.
Plazos de resolución
La emisión del pasaporte está supeditada a la verificación de la documentación y a la aprobación de los controles externos.
Vigencia
El pasaporte tiene una vigencia de 2 años desde la fecha de emisión.