Tramitar Documento de viaje para apátridas y refugiados
Información Rápida
Objetivo
Permite a personas extranjeras reconocidas como apátridas o refugiadas obtener un documento de viaje.
¿Quién puede solicitarlo?
Extranjeros reconocidos como apátridas o refugiados.
Requisitos principales
- Ser una persona extranjera reconocida como apátrida o refugiada.
Duración del trámite
15 minutos (aproximadamente, sujeto a verificación de documentos y aprobación de controles externos).
Resumen
Este trámite permite a personas extranjeras reconocidas como apátridas o refugiadas obtener un documento de viaje. Este documento está destinado a los extranjeros a quienes aplica la Convención sobre el estatuto de los apátridas y/o la Convención sobre el estatuto de los refugiados.
¿A quién está dirigido?
Este trámite está dirigido a todos los extranjeros reconocidos como apátridas y refugiados.
- Apátridas: Extranjeros a quienes aplica la CONVENCIÓN SOBRE EL ESTATUTO DE LOS APÁTRIDAS, adoptada el 28/09/1954 y aprobada por la Ley 19510.
- Refugiados: Extranjeros a quienes aplica la CONVENCIÓN SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS, adoptada el 28/07/1951, aprobada por la Ley 15869 y disposiciones concordantes.
¿Qué necesito?
- DNI vigente emitido por la Dirección Nacional del Renaper. Si no tenés el DNI en mano, verificaremos:
- Si realizaste el trámite de DNI digital previamente: te solicitaremos la denuncia de extravío y que hagas el trámite combinado.
- Si no realizaste el trámite de DNI digital previamente: te solicitaremos tramitar el DNI, según trámite correspondiente, para luego, una vez en mano, poder iniciar el proceso de obtención del documento de viaje. Más información.
- Certificado de apatridia o de refugiado emitido por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE).
- En caso de menores de 18 años no emancipados, sumar:
- I. DNI de padre o madre.
- II. Partida de nacimiento traducida y apostillada. En caso de imposibilidad de obtenerla, atento a su condición de refugiado/apátrida, se considerará lo informado por la CONARE en el certificado correspondiente.
- En caso de personas con capacidad restringida o incapaces:
- I. Testimonio judicial de la designación de la/s persona/s que ejerza/n la tutela, la curatela, o en su defecto la autorización judicial correspondiente (cuando la persona se presenta con quien realiza el trámite).
- II. DNI de la/s persona/s que ejerza/n la tutela, la curatela o de la persona autorizada judicialmente.
- III. Consentimiento expreso de quien ejerza la responsabilidad parental, la tutela o la curatela con la indicación de que su ejercicio no se encuentra limitado para prestarlo, debiendo, en caso contrario, suplir su falta con autorización judicial.
- En caso de menores emancipados:
- I. Sentencia judicial emitida por juzgado competente.
¿Dónde puedo tramitar el Certificado de apatridia o de refugiado emitido por la CONARE?
- Si tu dirección es en CABA y/o GBA, debés tramitarlo en Hipólito Yrigoyen N° 952 1er piso (momentáneamente deberás dirigirte a Av. Antártida Argentina 1355 Ed. 4) o vía correo electrónico: [email protected]
- Si tu dirección es en el interior del país, deberás solicitarlo en la delegación u oficina migratoria de la Dirección Nacional de Migraciones correspondiente a tu domicilio.
¿Cómo hago?
Si tu domicilio es en CABA o Gran Buenos Aires:
- Sacá turno aquí.
- Acercate al Dpto. de Documentación de Extranjeros de la Dirección Nacional de Migraciones, ubicado en Av. Antártida Argentina 1355 Ed. 3.
- Entregá la documentación requerida.
- Aboná el trámite.
- Allí te tomarán los datos personales, foto y huellas digitales.
Si tu domicilio es en el interior del país:
- Acercate a la delegación de la Dirección Nacional de Migraciones correspondiente a tu dirección.
- Entregá la documentación requerida.
- Aboná el trámite.
- Allí te tomarán los datos personales, foto y huellas digitales.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 15 minutos
*La emisión está supeditada a la verificación de la documentación y a la aprobación de los controles externos al organismo.
¿Cuál es el costo?
$70000.00
Vigencia
2 años
Desde la fecha de emisión.
Trámites relacionados
Preguntas frecuentes
En esta página
- Resumen
- ¿A quién está dirigido?
- ¿Qué necesito?
- ¿Dónde puedo tramitar el Certificado de apatridia o de refugiado emitido por la CONARE?
- ¿Cómo hago?
- Si tu domicilio es en CABA o Gran Buenos Aires:
- Si tu domicilio es en el interior del país:
- ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
- ¿Cuál es el costo?
- Vigencia
- Trámites relacionados
- Preguntas frecuentes