Solicitar una Propuesta de Uso de Inmueble - Propiciador

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a personas o empresas presentar propuestas para realizar actividades de interés general o de uso comercial en inmuebles del Estado Nacional.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas humanas o jurídicas que deseen proponer un proyecto de uso para un inmueble del Estado Nacional.

Requisitos principales

  • El solicitante debe ser una persona humana o jurídica.
  • La propuesta debe especificar el inmueble, el objetivo del proyecto y los antecedentes del proponente.
  • El proyecto debe ser de interés general para la comunidad o proponer un uso comercial de espacios subutilizados.
  • La propuesta debe incluir las bases de su factibilidad económica y técnica, el monto estimado de la inversión y la fuente de recursos y financiamiento (que debe ser privada).

Plazos

No especificado

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

La formulación de la propuesta no obliga a la Agencia a expedirse favorablemente. La Agencia verificará la información, evaluará el proyecto y determinará si el inmueble es apto para su ejecución. Si la propuesta es admitida, se determinará el procedimiento de contratación correspondiente.

Resumen

Este trámite permite a personas o empresas (denominadas PROPICIADORES) presentar propuestas para realizar actividades de interés general para la comunidad o de uso comercial en inmuebles que pertenecen al Estado Nacional.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas Humanas
  • Personas Jurídicas

Lo que necesitas

Documentos requeridos

Para Personas Humanas:

  1. DNI (Obligatorio)
  2. Constancia de inscripción en AFIP (Obligatorio)
  3. Certificado Fiscal para contratar con el Estado (Obligatorio)
  4. Croquis del inmueble (Opcional)
  5. Foto satelital del inmueble (Opcional)
  6. Fotos del inmueble (Opcional)
  7. Formulario del Proyecto (Obligatorio)
  8. Documentación adicional (Opcional)

Para Personas Jurídicas:

  1. Copia certificada del Estatuto (Obligatorio)
  2. Copia certificada del Acta designación de Autoridades (Obligatorio)
  3. Copia certificada del Poder para firmar (Obligatorio)
  4. Constancia de inscripción en AFIP (Obligatorio)
  5. Certificado Fiscal para contratar con el Estado (Obligatorio)
  6. Croquis del inmueble (Opcional)
  7. Foto satelital del inmueble (Opcional)
  8. Fotos del inmueble (Opcional)
  9. Formulario del Proyecto (Obligatorio)
  10. Documentación adicional (Opcional)

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Acceder al Sistema de Tramitación a Distancia a través de tramitesadistancia.gob.ar con tu CUIT/CUIL y Clave Fiscal (Nivel 3).
  2. Confirmar tus datos personales (email, teléfono, sexo, domicilio).
  3. Aceptar los Términos y Condiciones de uso de la plataforma.
  4. Se desplegará el Escritorio Único de Trámites a Distancia.
  5. En caso de ser apoderado, seleccionar si actúas en nombre propio o de la persona que representas.
  6. Seleccionar "Nuevo trámite".
  7. Seleccionar "Agencia de Administración de Bienes del Estado" y elegir el trámite correspondiente.
  8. Leer la descripción del trámite para conocer los requisitos y la documentación a presentar.
  9. Completar el formulario y adjuntar la documentación obligatoria.
  10. Confirmar el trámite para finalizar. El sistema mostrará el número de expediente y los documentos asociados.

Consideraciones adicionales

  • La presentación debe incluir la identificación del proyecto, su naturaleza, la descripción del objetivo, las bases de su factibilidad económica y técnica, el monto estimado de la inversión y los antecedentes del proponente.
  • La Agencia verificará los requisitos, evaluará la presentación y emitirá un informe recomendando la aprobación o el rechazo de la propuesta.
  • La máxima autoridad de la Agencia decidirá si declara el proyecto de interés público o lo desestima.
  • Si la diferencia entre la mejor oferta y la del iniciador es menor al 20%, ambos serán invitados a mejorar sus ofertas. En caso de igualdad, se preferirá la del iniciador.
  • Si el iniciador no es seleccionado, tendrá derecho a percibir un 1% del monto de la oferta adjudicada en concepto de honorarios y gastos reembolsables.

¿Cuál es el costo?

No se especifica un costo para este trámite.


Preguntas frecuentes

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