Rendición del beneficio INTUR IV
Información Rápida
Objetivo
Permite a los prestadores que recibieron el aporte no reembolsable (ANR) del programa INTUR IV rendir cuentas sobre el uso de esos fondos, demostrando que se utilizaron en el proyecto de inversión aprobado.
¿Quién puede solicitarlo?
Prestadores que recibieron el aporte no reembolsable (ANR) del programa INTUR IV.
Requisitos principales
- Haber recibido el aporte no reembolsable (ANR) correspondiente al programa INTUR IV.
- Presentar la rendición dentro de los 90 días corridos posteriores a la acreditación de los fondos.
- Las facturas deben tener fecha posterior al 27 de junio de 2023.
- En caso de facturas tipo “A”, se considerará el importe neto (sin IVA).
Plazos
La rendición debe realizarse dentro de los 90 días corridos posteriores a la acreditación de los fondos del ANR.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la revisión de la documentación.
Información adicional
En caso de reintegro de fondos, se informará la cuenta a la que deben efectuarse las devoluciones por correo electrónico.
Resumen
Este trámite permite a los prestadores que recibieron un aporte no reembolsable (ANR) del programa INTUR IV presentar la rendición de cuentas de los fondos recibidos.
Quiénes pueden usar este servicio:
Prestadores que hayan recibido el ANR del programa INTUR IV.
Plazo:
La rendición debe realizarse dentro de los 90 días corridos posteriores a la acreditación de los fondos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Comprobantes que acrediten las adquisiciones realizadas en el marco del proyecto de inversión aprobado.
- Formulario de declaración jurada sobre aplicación de fondos ministerio de turismo y deportes (Anexo 1).
- El detalle de las facturas adjuntas (Anexo 2).
- Informe de logros obtenidos con la ejecución del Proyecto de Inversión (Anexo 3).
- Testimonios que permitan verificar la ejecución del proyecto (fotos, videos, links a páginas web, etc.).
Requisitos previos:
- Haber recibido el ANR correspondiente al programa INTUR IV.
- Las facturas deben tener fecha posterior al 27 de junio de 2023. En caso de presentar facturas de tipo “A”, se considerará el importe neto (sin IVA).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Ingresá a la Plataforma TAD con tu clave fiscal de AFIP.
- Dirigite a la sección "Mis Trámites". Ahí vas a visualizar el expediente correspondiente al trámite de tu solicitud de Intur.
- Hacé clic sobre los tres puntos a la derecha del expediente y se va a desplegar un menú de opciones, entre las que vas a encontrar "Presentación a agregar".
- En "Motivo", seleccioná "Agregar más documentación". Ahí podés detallar la información que vas a presentar y cargar los archivos necesarios para acreditar la rendición del beneficio (las declaraciones juradas, los comprobantes en un solo PDF y ordenados cronológicamente, el informe de finalización del proyecto y los testimonios).
Información complementaria
- Las facturas presentadas deben tener fecha posterior al 27 de junio de 2023. En caso de presentar facturas de tipo “A”, el importe que se tendrá en cuenta para la rendición de gastos, es el neto (sin IVA incluido).
- En caso de que deban reintegrarse fondos provenientes del ANR recibido, se informará oportunamente al correo electrónico declarado la cuenta a la que deben efectuarse las devoluciones.
Descargas
- Anexo I (25.3 Kb) Descargar archivo
- Anexo II (14.2 Kb) Descargar archivo
- Anexo III (20.9 Kb) Descargar archivo
- Información para realizar la rendición de fondos (683.8 Kb) Descargar archivo
- Taller de rendición de fondos (1.4 Mb) Descargar archivo