Reclamar por errores de facturación en la telefonía fija

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Si recibiste la factura del teléfono fijo con errores o cargos que no corresponden al servicio y la empresa prestadora no atendió tu reclamo, podés solicitar la intervención del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) .

Las causas más comunes de este tipo de reclamo son:

  • Abono y/o impuestos mal facturados.
  • Cargos de reconexión.
  • No devolución de días sin servicio.
  • Conceptos por cuenta y orden de terceros.
  • No aplicación de descuentos (bajo consumo / jubilados).
  • Desconocimiento de llamadas.

¿Qué necesito?

  • Si sos titular de la línea: fotocopia del documento de identidad (DNI, Pasaporte).
  • Si sos apoderado: poder ante escribano público o carta poder con firma certificada por entidad bancaria o policial.
  • Si sos usuario del servicio: fotocopia del contrato de alquiler o comodato del inmueble, fotocopia de su documento de identidad (DNI, Pasaporte).
  • Copia completa de las facturas cuestionadas (frente y reverso).
  • Fecha y número de reclamo otorgado por la empresa prestataria del servicio y/u otra documentación que creas de interés.
  • Fotocopia de cualquier documentación enviada a la empresa o recibida de ésta.
  • F37a - Formulario general para iniciar reclamos sobre servicios de telefonía fija y/o nota firmada por quien se presente, identificando el error con el detalle del reclamo (por ejemplo: llamadas desconocidas, impuestos mal facturados, conceptos por cuenta y orden de terceros, etc.)
  • Si reclamás por la no aplicación de descuentos (bajo consumo / jubilados) deberás acompañar copia de la factura del período y de los dos vencimientos inmediatamente anteriores.

¿Cómo hago?

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  1. En primer lugar y hasta 60 (sesenta) días corridos de la fecha de primer vencimiento de la factura, tenés que hacer el reclamo ante la empresa prestadora.
  2. Si no te responden dentro de los siguientes 15 días hábiles o no considerás satisfecho tu pedido, podrás solicitar la intervención del ENACOM dentro de los **30 (treinta) días contados a partir de la respuesta **o vencido el plazo para contestar.
  3. Presentá la documentación en la Oficina de Atención al Público correspondiente a tu domicilio o enviala por correo postal al Apartado Especial 114.
  4. Podés consultar el estado del trámite en la oficina en que lo iniciaste, en forma personal, teléfonica o por correo electrónico.
  5. Aguardá la notificación de la resolución del ENACOM.

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