Permiso de Ingreso Permanente

Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Permite a familiares de ciudadanos argentinos o residentes permanentes obtener la residencia en Argentina.

¿Quién puede solicitarlo?

Familiares de ciudadanos argentinos o residentes permanentes que deseen radicarse en el país.

Requisitos principales

  • Ser cónyuge, progenitor o hijo de argentino nativo, naturalizado o por opción.
  • Ser cónyuge, progenitor, hijo soltero menor de 18 años no emancipado o mayor con discapacidad, de un residente permanente.
  • Cumplir con la documentación y los requisitos migratorios exigidos.

Duración del trámite

Variable, depende de la evaluación de la solicitud.

Resumen

Este trámite permite a familiares de ciudadanos argentinos o de extranjeros con residencia permanente obtener el permiso de ingreso permanente en Argentina.

Quiénes pueden ser beneficiarios:

  • Cónyuge, padre/madre o hijo/a de un ciudadano argentino (nativo, naturalizado o por opción).
  • Cónyuge, padre/madre, hijo/a soltero/a menor de 18 años (o mayor con discapacidad) de un residente permanente.

Lo que necesitas

Documentación del apoderado (si aplica):

  • Poder otorgado por el solicitante con facultades suficientes para actuar ante la DNM (original y copia).
  • DNI vigente del apoderado (original y copia).

Documentación del llamante (familiar argentino o residente permanente):

  1. Argentinos: DNI actualizado (original y copia).
  2. Extranjeros: DNI para extranjeros actualizado (original y copia).
  3. Certificado de domicilio (original).
  4. Documentos que acrediten el vínculo familiar: Partida de nacimiento/matrimonio/certificación de unión convivencial, debidamente legalizada o apostillada por el consulado argentino en el país de origen. Si está en otro idioma, debe estar traducido por traductor público nacional y legalizado por el Colegio de Traductores.
    • La unión convivencial celebrada en el extranjero debe registrarse previamente en el Registro Civil.
  5. Carta de Ciudadanía (si el llamante es argentino naturalizado).
  6. Documentación que acredite la solvencia económica del llamante:
    • Últimos tres (3) recibos de haberes (si trabaja en relación de dependencia).
    • Certificación contable de ingresos y egresos de los últimos tres meses legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
    • Otra documentación que acredite sus ingresos (si es trabajador autónomo o monotributista).
    • Si la solvencia económica la provee un tercero, éste deberá dejar constancia por escrito (mediante nota firmada ante el agente migratorio o con certificación de firma ante escribano público), presentar su DNI actualizado, documentación que pruebe el vínculo con el llamante (acta de nacimiento/matrimonio/certificación de unión convivencial) y certificado de domicilio (debe compartir el mismo domicilio del llamante).

Documentación del ingresante (beneficiario):

  1. Nota de solicitud con los datos personales del ingresante:

    • Nombre / Apellido / Fecha de nacimiento.
    • Número de pasaporte o documento de identidad.
    • País de nacimiento / nacionalidad / Estado civil.
    • Profesión / Nivel de estudios.
    • País y Ciudad donde reside.
    • Consulado donde visará su pasaporte.
    • Domicilio donde residirán los extranjeros.
    • Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).

    La nota de solicitud deberá ser firmada por el Llamante o el Apoderado del Llamante al momento de solicitar el Permiso de Ingreso en presencia del agente migratorio, quien certificará su firma.

  2. Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.

Nota: Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.

Cómo hacerlo

  1. Solicitar turno: Para trámites en Sede Central, solicitar turno escribiendo a [email protected].
  2. Presentar la documentación: Presentar la nota de solicitud con documentación correcta y completa en la Dirección Nacional de Migraciones: Av. Antártida Argentina 1355 - CABA, o en las Delegaciones de todo el país.
  3. Seguimiento del trámite: Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrás seguir el estado de tu trámite.
  4. Notificación y visa: Una vez resuelto el trámite, debés presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarte del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

Cuál es el costo?


Preguntas frecuentes

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.