Obtener una residencia temporaria por razones humanitarias

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a personas extranjeras obtener una residencia temporaria en Argentina si invocan razones humanitarias que justifiquen un tratamiento especial por parte de la Dirección Nacional de Migraciones.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas extranjeras que invoquen razones humanitarias que justifiquen, a criterio de la Dirección Nacional de Migraciones, un tratamiento especial.

Requisitos principales

  • Acreditar identidad con documentación válida.
  • Carecer de antecedentes penales (mayores de 16 años).
  • Justificar razones humanitarias que ameriten un tratamiento especial a criterio de la Dirección Nacional de Migraciones.
  • Ingresar regularmente al país.
  • Acreditar domicilio.

Duración del trámite

La residencia temporaria se otorga por un plazo de hasta 1 año, con posibilidad de prórroga.

Resumen

Este trámite permite a personas extranjeras obtener una residencia temporaria en Argentina si invocan razones humanitarias que justifiquen un tratamiento especial por parte de la Dirección Nacional de Migraciones.

¿Quién puede usar este servicio?

Personas extranjeras que invoquen razones humanitarias y que justifiquen, a juicio de la Dirección Nacional de Migraciones, un tratamiento especial.

Lo que necesitas

Documentación Personal

  • Acreditar Identidad mediante la presentación de Pasaporte válido y vigente (todas las nacionalidades), o bien alguno de los documentos enumerados en el Anexo I del ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC) (solo para nacionales MERCOSUR).
  • Excepcionalmente podrá presentarse Certificado de Nacionalidad emitido por autoridad Consular, el cual deberá poseer fotografía de su titular y encontrarse legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación.
  • Certificado de Antecedentes Penales Argentinos emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (Solo exigible a mayores de 16 años).
  • Certificado que acredite fehacientemente que no registra condenas anteriores ni procesos penales en trámite, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años (Solo exigible a mayores de 16 años de edad).
  • Acreditación de Domicilio.
  • Ingreso regular.

Razones Humanitarias

Se tendrán en cuenta las siguientes situaciones:

  • a) Personas necesitadas de protección internacional que, no siendo refugiadas o asiladas en los términos de la legislación aplicable en la materia, se encuentran amparadas por el principio de no devolución y no pueden regularizar su situación migratoria a través de los restantes criterios de la ley 25.871 y su reglamentación.
  • b) Personas de las cuales se presuma verosímilmente, que de ser obligadas a regresar a su país de origen quedarían sometidas a violaciones de los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales con jerarquía constitucional.
  • c) Personas que hayan sido víctimas de trata de personas u otras modalidades de explotación esclava y/o víctimas del tráfico ilícito de migrantes.

Consideraciones Adicionales

  • Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
  • La documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.
  • Si estuviera en idioma extranjero debe ser traducida al castellano por un traductor público nacional y legalizada por el Colegio de Traductores.
  • Toda la documentación debe ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Presentarse personalmente ante la Dirección Nacional de Migraciones o sus delegaciones en el Interior del país.
  2. Solicitar turno previo: https://www.migraciones.gob.ar/accesos/turnos_asesoramiento.php

Costo

El trámite es Gratuito.

Vigencia

Se otorga una residencia temporaria por un plazo hasta 1 año, prorrogable.


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