Obtener una residencia temporaria por nacionalidad - Mercosur

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite a ciudadanos de países del MERCOSUR y asociados obtener una residencia temporaria en Argentina por dos años, prorrogables, con entradas y salidas múltiples.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos nativos de Uruguay, Brasil, Paraguay, Bolivia, Chile, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Surinam; o ciudadanos no MERCOSUR nacionalizados con al menos 5 años de antigüedad en Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador o Perú.

Requisitos principales

  • Ser nacional de Uruguay, Brasil, Paraguay, Bolivia, Chile, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana o Surinam.
  • Ser nacionalizado con al menos 5 años de antigüedad en Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador o Perú (si no es originario de un país del MERCOSUR o asociado).
  • Cumplir con los requisitos de documentación personal.

Duración del trámite

La residencia temporaria se otorga por un plazo máximo de 2 años, con posibilidad de prórroga.

Resumen

Este trámite permite a ciudadanos de países del MERCOSUR y asociados obtener una residencia temporaria en Argentina, habilitándolos a permanecer en el país por un período de dos años, con la posibilidad de prórroga y múltiples entradas y salidas.

Quiénes pueden acceder:

  • Ciudadanos nativos de: Uruguay, Brasil, Paraguay, Bolivia, Chile, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Surinam.
  • Ciudadanos no MERCOSUR nacionalizados con al menos cinco años de antigüedad en: Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Perú.

Lo que necesitas

Documentación Personal:

  • Pasaporte válido y vigente o documento de viaje según el ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE Y DE RETORNO DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (DC-46-2015-CMC).
  • Certificado de Antecedentes Penales Argentinos emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (solo para mayores de 16 años).
  • Certificado de no tener condenas ni procesos penales en trámite, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por más de un año en los últimos tres años (solo para mayores de 16 años).
  • Acreditación de domicilio.
  • Acreditación de ingreso regular al país.

Menores de edad:

  • Partida de nacimiento legalizada.
  • Autorización de alguno de los padres (con DNI vigente).
  • Si los padres no residen en Argentina, se requiere un tutor designado con residencia legal en el país.

Consideraciones sobre la documentación:

  • La documentación expedida en el extranjero debe estar legalizada por el Consulado Argentino o apostillada (si el país adhirió al Convenio de La Haya).
  • La documentación emitida por representaciones consulares en Argentina debe estar legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (excepto MERCOSUR).
  • Si está en idioma extranjero, debe ser traducida al castellano por un traductor público nacional y legalizada por el Colegio de Traductores.
  • Toda la documentación debe ser original. La Dirección Nacional de Migraciones puede solicitar documentación adicional si lo considera necesario.

Cómo hacerlo

  1. Inicia el trámite a distancia en el sistema RaDEX.
  2. Regístrate, completa el formulario de solicitud y paga las tasas correspondientes.
  3. Adjunta la documentación y datos requeridos.
  4. Si cumples con los requisitos, recibirás un email con el Certificado de Residencia Precaria y la fecha de tu cita presencial.

Información importante:

  • No necesitas gestores; el trámite es personal y sencillo.
  • Los únicos pagos son los generados por la plataforma web.
  • Debes estar dentro del territorio argentino.
  • Puedes optar por una cita preferencial pagando un monto adicional. En este caso, el Certificado de Antecedentes Penales Argentinos se tramita por fuera de RADEX y debe presentarse el día de la cita.

Cuál es el costo?

Consulta el cuadro de tasas migratorias en: Ver cuadro tasas migratorias

Vigencia

La residencia temporaria se otorga por un plazo máximo de 2 años, prorrogable.

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