Inscribirse en el Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos - Sexta edición

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Brindar apoyo económico a prestadores turísticos afectados por la emergencia sanitaria, a través de un fondo de auxilio.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas humanas y jurídicas sin empleados a cargo que desarrollen actividades de guía de turismo u otros servicios turísticos, que sean monotributistas, autónomos o personas jurídicas que cumplan con los requisitos de antigüedad y actividad turística.

Requisitos principales

  • Ser persona humana o jurídica sin empleados en relación de dependencia.
  • Monotributistas y autónomos: acreditar al menos dos meses consecutivos de inscripción a partir de marzo de 2020 o tres períodos consecutivos en los últimos doce meses previos a la declaración de emergencia sanitaria (marzo 2020).
  • Personas jurídicas: acreditar al menos tres meses consecutivos de ejercicio a partir de marzo de 2020 o seis meses consecutivos en los últimos doce meses previos a la declaración de emergencia sanitaria (marzo 2020).
  • Acreditar fehacientemente que su actividad se relaciona con el sector turismo.

Plazos

La inscripción está habilitada hasta el 14 de julio.

Duración del trámite

Variable, según evaluación y cumplimiento de requisitos.

Información adicional

Las personas beneficiarias seleccionadas deberán realizar un curso del Programa de Formación Virtual (PFV) para poder recibir el beneficio.

Resumen

El Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos (APTur) ofrece apoyo económico a los prestadores de servicios turísticos afectados por la emergencia sanitaria. La sexta etapa de inscripción está abierta hasta el 14 de julio.

Quién puede usar este servicio

Personas humanas y jurídicas sin empleados en relación de dependencia que desarrollen actividades de guía de turismo u otros servicios turísticos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Copia del DNI (anverso y reverso).
  • Monotributistas y autónomos: constancia de inscripción en AFIP.
  • Personas jurídicas: constancia de inscripción en AFIP, documentación que acredite la existencia de la sociedad y la representación invocada.
  • Documentación que acredite la relación con el sector turismo.
  • Constancia de CBU de una cuenta bancaria a nombre del solicitante.

Requisitos previos

  • Cumplir con los requisitos de inscripción y actividad turística.
  • No estar en relación de dependencia ni tener empleados a cargo.
  • No adeudar contraprestaciones por asistencias recibidas del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.

Costes y plazos

  • Costo: Gratuito.
  • Plazo de inscripción: Hasta el 14 de julio.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Lee los requisitos y asegúrate de tener la documentación digitalizada.
  2. Completa el formulario de registro online adjuntando la documentación.
  3. Espera la evaluación de la Subsecretaría de Desarrollo Estratégico del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.
  4. En caso de ser preseleccionado, realiza y aprueba un curso del Programa de Formación Virtual (PFV) en el Campus dentro de los 15 días corridos desde la notificación.

Información sobre cada etapa

  • La presentación fuera de fecha o incompleta del formulario, o la ausencia de la documentación requerida, invalida la postulación.
  • La inscripción no implica ni asegura la obtención del beneficio.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Si eres preseleccionado, deberás completar el curso del Programa de Formación Virtual (PFV).

Plazos de resolución

Variable, según evaluación y cumplimiento de requisitos.

Ayuda

Recursos adicionales


Preguntas frecuentes

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EFE Emprende
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