Documentación para la Inscripción de Entidades educativas de nivel secundario, terciario o universitario en el Registro Nacional Único de Requirentes

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes (RENURE) para entidades educativas de nivel secundario, terciario o universitario que soliciten el ingreso o radicación de estudiantes extranjeros.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades educativas de nivel secundario, terciario o universitario que dicten cursos formales que se encuentren alcanzados por la Ley de Educación Nacional N° 26206 y que soliciten el ingreso o radicación en el territorio nacional de un extranjero al amparo de la ley 25.871 y la disposición 2040/2019.

Requisitos principales

  • Estar alcanzado por la Ley Nacional de Educación.
  • Solicitar el ingreso o radicación en el territorio nacional de un extranjero al amparo de la ley 25.871 y la disposición 2040/2019.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

El RENURE no tiene vencimiento una vez obtenido.

Información adicional

En el caso de trabajadores contratados, quienes soliciten la admisión de personas extranjeras en las condiciones indicadas, serán responsables del cumplimiento de lo estipulado en los artículos 55 y 57 de la Ley 25871.

Resumen

Este trámite permite a las entidades educativas de nivel secundario, terciario o universitario inscribirse en el Registro Nacional Único de Requirentes (RENURE). La inscripción es obligatoria para aquellas instituciones que dicten cursos formales alcanzados por la Ley Nacional de Educación y que soliciten el ingreso o radicación de estudiantes extranjeros.

Quién puede usar este servicio:

Entidades educativas de nivel secundario, terciario o universitario.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Nota solicitando la inscripción y detallando:
    • Nombre de la entidad
    • Domicilio legal de la entidad.
    • Domicilio constituido en el Territorio Nacional de la Persona Jurídica.
    • Domicilio electrónico constituido Disposición DNM N° 138/19.
    • Actividad que desarrolla y motiva el pedido de inscripción (detallar el código de actividad en AFIP entre paréntesis).
    • Domicilio donde prestará servicios el extranjero o desarrollará su actividad.
    • Datos de contacto (teléfono / correo electrónico).
  • Firmar el formulario de Declaración jurada.
  • Constancia de Reconocimiento oficial y última designación de autoridades emitida por Ministerio de Educación o autoridad competente.

Requisitos previos:

  • Estar alcanzado por la Ley Nacional de Educación.
  • Solicitar el ingreso o radicación en el territorio nacional de un extranjero al amparo de la ley 25.871 y la disposición 2040/2019.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • El RENURE no tiene vencimiento una vez obtenido.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúna la documentación requerida.
  2. Remita la documentación a la casilla de correo del sector: [email protected]

Después de hacerlo

Una vez obtenida la Inscripción, el Renure no tiene vencimiento.


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