Documentación para la Inscripción de Entidades Educativas dadoras de cursos no alcanzados o reconocidos por la Ley Nacional de Educación N° 26206
Información Rápida
Objetivo
Inscribir entidades educativas que ofrecen cursos no reconocidos por la Ley Nacional de Educación (N° 26.206) y que solicitan el ingreso o radicación de extranjeros.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades educativas que dictan cursos no reconocidos por la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y que solicitan el ingreso o radicación de un extranjero.
Requisitos principales
- La inscripción es obligatoria para entidades que dictan cursos no alcanzados por la Ley Nacional de Educación y solicitan el ingreso o radicación de extranjeros bajo la ley 25.871 y disposición 2040/2019.
- Los empleadores que soliciten la admisión de extranjeros son responsables del cumplimiento de los artículos 55 y 57 de la Ley 25871.
Duración del trámite
El RENURE no tiene vencimiento una vez obtenido.
Resumen
Este trámite permite la inscripción de entidades educativas que ofrecen cursos no reconocidos por la Ley Nacional de Educación y que necesitan gestionar el ingreso o la radicación de estudiantes extranjeros en Argentina.
¿A quién está dirigido?
Este trámite está dirigido a entidades educativas que dictan cursos que no están dentro de los alcances de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y que, además, solicitan el ingreso o la radicación de personas extranjeras en el país, amparándose en la Ley 25.871 y la disposición 2040/2019.
¿Qué necesito?
- Cumplir con los requisitos exigidos para las personas Humanas o Jurídicas, según corresponda.
- Presentar la habilitación municipal del establecimiento educativo.
¿Cómo hago?
- Remitir la documentación a la casilla de correo del sector: [email protected]
- Una vez obtenida la Inscripción, el Renure no tiene vencimiento
¿Cuál es el costo?
El trámite es gratuito.