Invitación a extranjeros para turismo
Información Rápida
Objetivo
Permitir que un ciudadano argentino o residente invite a un extranjero a visitar Argentina con fines turísticos, facilitando el trámite de solicitud de visa.
¿Quién puede solicitarlo?
Turistas extranjeros que deseen visitar Argentina y ciudadanos argentinos o residentes que deseen invitarlos.
Requisitos principales
- Ser residente en Argentina (para el invitante).
- Tener CUIT/CUIL y clave fiscal AFIP (para usar la plataforma TAD).
- El invitante debe responsabilizarse por el egreso del extranjero del país al vencer el plazo de permanencia autorizado.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del consulado y la situación del solicitante.
Información adicional
Promover o facilitar la permanencia ilegal de extranjeros en Argentina está penado por ley.
Resumen
Este trámite permite a residentes en Argentina invitar a extranjeros con fines turísticos. La carta de invitación facilita el proceso de solicitud de visa, aunque no garantiza su aprobación. Se puede realizar de dos maneras: mediante una nota en papel certificada por escribano o electrónicamente a través de la plataforma TAD.
Quién puede usar este servicio
- Ciudadanos argentinos o residentes que deseen invitar a extranjeros a su domicilio.
- Turistas extranjeros que necesiten una carta de invitación para solicitar una visa argentina.
Antes de empezar
Es importante tener en cuenta que promover o facilitar la permanencia ilegal de extranjeros en el país está penado por la ley.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
Nota de invitación en formato papel:
- Redactada en español y dirigida a la autoridad consular.
- Datos personales del invitante (nombre, apellido, DNI, domicilio, teléfono, correo electrónico).
- Datos del invitado (nombre, apellido, nacionalidad, fecha de nacimiento, tipo y número de pasaporte, teléfono, correo electrónico).
- Motivo del viaje, vínculo con el invitado, tiempo de permanencia, lugar de alojamiento y fecha estimada de arribo y partida.
- Declaración de responsabilidad por el egreso del extranjero.
- Firma del invitante certificada por Escribano Público y Colegio de Escribanos.
Nota de invitación electrónica a través de la plataforma TAD:
- CUIT/CUIL y clave fiscal AFIP del invitante.
- Copia escaneada del pasaporte del extranjero.
Requisitos previos
- El invitante debe ser residente en Argentina.
- Para usar la plataforma TAD, el invitante debe tener CUIT/CUIL y clave fiscal AFIP.
Costes y plazos
- El trámite de la carta de invitación en sí no tiene costo.
- La certificación de la firma del invitante ante escribano público tiene un costo variable.
- El tiempo de procesamiento depende del consulado.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
Nota de invitación en formato papel:
- Redactar la carta de invitación con todos los datos requeridos.
- Certificar la firma del invitante ante Escribano Público y Colegio de Escribanos.
- Enviar la carta original por correo postal a la Embajada o Consulado argentino.
Nota de invitación electrónica a través de la plataforma TAD:
- Ingresar al sitio web https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5360.
- Seleccionar la opción "AFIP" e ingresar CUIT/CUIL y clave fiscal.
- Buscar "Carta de invitación" y seleccionar el trámite correspondiente.
- Completar los datos del invitante y del invitado.
- Adjuntar copia escaneada del pasaporte del extranjero.
- Confirmar el trámite.
- El invitado o el invitante deben indicar el número de Expediente Electrónico al Consulado Argentino.
Información sobre cada etapa
- Es importante completar todos los datos correctamente para evitar demoras.
- La plataforma TAD no permite invitar a más de una persona por trámite.
Después de hacerlo
Qué sucede después
El consulado evaluará la solicitud de visa y, si es aprobada, el extranjero podrá viajar a Argentina.
Plazos de resolución
El tiempo de resolución depende del consulado.
Siguiente pasos
El extranjero debe presentarse en el consulado con la carta de invitación y demás documentos requeridos para solicitar la visa.
Ayuda
Contacto
Para consultas, contactar a la Embajada o Consulado argentino correspondiente.
Recursos adicionales
- Ley de Migraciones N° 25.871: servicios.infoleg.gob.ar
- Plataforma de Trámites a Distancia (TAD): https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5360
Preguntas frecuentes
Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.
Preguntas frecuentes
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
- Preguntas frecuentes