Monotributistas y autónomos
Si vas a trabajar como monotributista o trabajador autónomo y tenés asignada una Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), no necesitás tramitar el CUIL.
El Código Único de Identificación Laboral (CUIL) es necesario al inicio de una actividad laboral y se utiliza también para cobrar prestaciones que brinda ANSES y/o realizar trámites ante otras entidades que lo requieran. Se puede gestionar sin turno previo en cualquier delegación de ANSES.
¿A quién está dirigido?
A argentinos y a extranjeros que quieran trabajar en relación de dependencia en nuestro país.
Para los argentinos, el CUIL se genera automáticamente al saca el DNI de un menor. Sin embargo, existen casos anteriores a esta modalidad que requieren realizar el trámite.
¿Qué necesito?
Para argentinos
Mayores de 18 años
Menores de 18 años
- Partida de nacimiento.
- DNI.
- DNI de los padres.
Mayores de 18 años
- DNI para extranjero/naturalizado.
Si aún no tiene DNI:
- Expediente de migraciones donde conste el tipo de residencia vigente y el ingreso al país.
- Pasaporte en el que conste tipo de residencia, la cual no debe ser turista o permanente.
- Permiso de ingreso al país expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales.
Menores de 18 años
Partida de nacimiento con la información del menor y los padres. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida. Las partidas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay quedan exceptuadas del visado, traducción y legalización y apostilla.
DNI del hijo y de los padres.
En el caso de un hijo adoptado:
- Testimonio o copia de la sentencia de adopción, DNI del hijo y de los padres adoptantes.
Con residencia permanente en el exterior que lo requieran para una prestación de la Seguridad Social
- Documento del país de origen, formulario de solicitud de aplicación certificado en caso de existir un Convenio Internacional.
¿Cómo hago?
1
Reuní la documentación necesaria, según tu caso.
2
Acercate sin turno previo a la oficina de ANSES más cercana a tu domicilio para la asignación de CUIL o la modificación de un dato filiatorio.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Web del Tramite
Si sos trabajador en relación de dependencia o autónomo, no importa tu edad o antigüedad en el servicio, y estás incapacitado física o intelectualmente en un 66% para el desempeño de cualquier actividad compatible con tus aptitudes profesionales, podés solicitarla.
Tené en cuenta que este beneficio es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.
¿A quién está dirigido?
A trabajadores en relación de dependencia o autónomos.
¿Qué necesito?
Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más (este porcentaje lo define una junta médica que evalúa al paciente).
No haber alcanzado la edad y los años de aportes establecidos para acceder a la jubilación ordinaria.
Cumplir con la condición de "aportante regular" o "aportante irregular con derecho".
DNI o constancia de DNI en trámite.
Formulario PS.6.284 -DD.JJ sobre la eventual percepción de prestación no adheridas al SIPA o en FF.AA., firmado por el titular.
Original de estudios, diagnósticos y certificados médicos.
Original de la nómina de los médicos que lo asistieron y actualmente lo asisten.
¿Cómo hago?
1
Solicitá un turno en ANSES.
Podrás luego consultar la información del día y el lugar del turno para chequearlo o cancelarlo.
2
Presentá la documentación en la oficina consignada en el turno.
3
ANSES dará inicio al trámite y te dará en ese momento la fecha de audiencia en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a la que tenés que concurrir.
4
Una vez que asistas a la audiencia, el médico de la SRT emitirá un dictamen, que le llegará a ANSES mediante ventanilla electrónica y será la ANSES la que se encargue de notificarte la resolución.
¿Tenés alguna duda?
Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Pedir turno
Web del Tramite
Web del Tramite
La certificación de servicios es solicitada por el trabajador y otorgada por el empleador, y da cuenta de la relación laboral, las remuneraciones percibidas, los aportes retenidos y toda otra documentación necesaria para el reconocimiento de servicios u otorgamiento de cualquier prestación. Este trámite le permite al empleador generar y emitir la certificación.
Con este comprobante se puede acreditar en ANSES los aportes jubilatorios que el organismo no tiene registrados.
¿A quién está dirigido?
A aquellos empleadores que se encuentran encuadrados en el marco del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Tené en cuenta
Es un derecho del trabajador solicitar la certificación de servicios cada vez que lo necesite y al finalizar la relación laboral, ya sea por renuncia, despido o desaparición de la empresa. Como empleador podés ser sancionado si te negás a hacerlo dentro de los 30 días de finalizada la relación laboral.
¿Qué necesito?
La relación laboral debe encontrarse registrada en Mi Simplificación (el Registro de altas y bajas en materia de Seguridad Social de AFIP).
El trabajador debe tener declarado al menos un período posterior al mes de junio de 1994.
Las declaraciones juradas de los períodos no prescriptos posteriores al mes de junio de 1994 deben haber sido presentadas.
¿Tenés alguna duda?
Para mayor información, consultá en ANSES.
¿Cómo hago?
1
Iniciá el trámite ingresando en ANSES con N° de CUIT y clave de la Seguridad Social.
2
Consigná posteriormente el número de cuenta de tu empresa en la DNRP utilizado en las Declaraciones Juradas (DDJJ) efectuadas con anterioridad a julio/94 o el número de inscripción en las ex Cajas si tu empresa tiene inicio de actividad anterior al año 1975.
3
Una vez dentro de la opción Certificaciones de servicios, como empleador deberás:
1.- Consignar el Nº de CUIL del trabajador en cuestión y proceder a ingresar la solicitud.
2.- Consultar todas las solicitudes y sus diferentes estados.
¿Tenés alguna duda?
Podés efectuar consultas a través de la línea telefónica gratuita de ANSES, 130. El horario de atención telefónica es de 8.00 a 20.00 h.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Web del Tramite
Si durante el conflicto del Atlántico Sur fuiste soldado conscripto y participaste en acciones bélicas o eras civil en funciones, podés tramitarla. Los derechohabientes también pueden solicitarla.
Los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que se encontraban en situación de retiro o baja voluntaria u obligatoria, y estaban destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entraron efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) y sus derechohabientes están asimismo en condiciones de obtenerla.
Tené en cuenta
Los titulares de esta pensión tienen derecho a: Asignación familiar por cónyuge o conviviente, por prenatal, por hijo e hijo con discapacidad, por ayuda escolar anual, por matrimonio y por nacimiento / adopción.
¿Qué necesito?
DNI original.
Constancia de condición de veterano de guerra extendida por la fuerza a la que perteneciste y certificada por el Ministerio de Defensa (validez de 30 días, si la solicitaste en delegaciones del interior del país, aunque puede prorrogarse hasta 60 días).
Certificado de antecedentes penales (validez de 5 días desde que es expedido).
Si residís en zona austral y tu domicilio no coincide con el documento: constancia de domicilio actualizado, certificado policial o boletas de servicios.
Formulario PS.6.284 - “DD.JJ sobre la eventual Percepción de Prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad”.
¿Cómo hago?
1
Pedí un turno en ANSES.
2
Consultá la información del día y el lugar del turno asignado y aceptalo o cancelalo.
3
Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina que te asignaron cuando solicitaste el turno.
Si tenés dudas
Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Pedir turno
Te explicamos cómo realizar el cambio de categoría laboral dispuesto por tu empleador (a un nivel superior o inferior del que estás empadronado en el Padrón del Sistema Nacional del Seguro de Salud que administra ANSES), correspondiéndote por ese motivo, una obra social de distinta naturaleza.
El trámite se realiza en ANSES o en la obra social y debe coincidir con la obra social consignada por el empleador en la Declaración Jurada mensual a presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), para asegurar el correcto direccionamiento de los aportes.
¿A quién está dirigido?
Al trabajador titular de la obra social o un tercero que lo represente.
¿Qué necesito?
DNI
Formulario PS.5.3 - Declaración Jurada del Trabajador y su Grupo Familiar adheridos al Sistema Nacional del Seguro de Salud, completo.
Comprobante de Empadronamiento (CODEM), que es la es la constancia de ANSES del ingreso de los datos de identificación del titular, su grupo familiar y la obra social asignada.
¿Cómo hago?
1
Presentá la documentación requerida en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a tu domicilio o en la Obra Social.
¿Tenés alguna duda?
Podés hacer tus consultas a través de la línea telefónica gratuita de ANSES, 130. El horario de atención telefónica es de 8 a 20 h.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Consultar en línea
Si te casás podés recibir el pago por única vez que realiza la ANSES. Se abona a ambos cónyuges, siempre que trabajen los dos o estén comprendidos en el Régimen de Asignaciones Familiares.
La solicitud se puede realizar desde los dos meses y hasta los dos años de ocurrido el matrimonio.
¿A quién está dirigido?
A los trabajadores registrados, los titulares del seguro por desempleo, los titulares de la prestación de una ART, los titulares de la pensión honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
¿Qué necesito?
D.N.I. de ambos.
Partida o acta de matrimonio.
Contar con la información del titular y de su grupo familiar registrada en ANSES. En Mi ANSES, podés consultar las relaciones familiares que tienen registradas.
Los ingresos del grupo familiar deben encontrarse entre los topes mínimo y máximo vigentes, tanto el individual como el del grupo familiar.
¿Cómo hago?
1
Solicitá un turno en ANSES..
2
Consultá la información del día y el lugar del turno asignado. Podés aceptarlo o cancelarlo.
3
Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina asignada en el turno.
El trámite es presencial con turno. Si los datos del matrimonio ya se encuentran acreditados en ANSES, podés solicitar el pago llamando al 130 de 7 A 20h
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Pedir turno
Podés recibir el pago mensual que realiza la ANSES durante los meses de gestación y hasta el mes que se produzca el nacimiento o interrupción del embarazo.
¿A quién está dirigido?
A trabajadores en relación de dependencia, a titulares del seguro por desempleo, a quienes estén cobrando por una ART, a los que reciben una pensión honorífica de veteranos de guerra del Atlántico Sur y a los monotributistas.
Tené en cuenta
Si sos monotributista, tenés que estar inscripto entre las categorías A a H. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia será él quien deba realizar el tramite.
¿Qué necesito?
Tener un embarazo de 12 semanas en adelante pero no más de 30. Luego de esta semana solo se abonan las cuotas desde que se tramita el prenatal hasta el momento del nacimiento y/o interrupción del embarazo.
Los ingresos del grupo familiar deben encontrarse entre los topes mínimo y máximo vigentes, tanto el individual como el del grupo familiar, excepto para el caso de hijos con discapacidad.
DNI de los padres.
Formulario PS.2.55 DDJJ Novedades Unificadas - Sistema Único de Asignaciones Familiares.
Contar con la información del titular y de su grupo familiar registrada en ANSES. En Mi ANSES podés consultar las relaciones familiares registradas.
Importante
- Si el cobro lo solicita la pareja de la mujer embarazada, deberá acreditar la relación ante ANSES presentando el acta de matrimonio, unión civil o certificado de convivencia.
- Si luego de solicitada la asignación se interrumpe el embarazo o se produce un nacimiento prematuro con o sin vida antes de la fecha probable de parto, se debe presentar certificado médico.
¿Cómo hago?
1
Revisá si tus datos personales y vínculos familiares están actualizados, ingresando en Mi ANSES o llamando al 130. Si no están actualizados, cuando vayas a la oficina de ANSES llevá el certificado de matrimonio o convivencia y los DNI del grupo familiar (originales y copias).
2
Completá el formulario PS.2.55 DDJJ Novedades Unificadas - Sistema Único de Asignaciones Familiares en los rubros 1, 2 y 6.
Tené en cuenta que el rubro 6 debe estar firmado por el médico que certifica el embarazo y que el formulario tiene una validez de 30 días, desde el momento de la firma.
3
Solicitá un turno en ANSES.
Consultá la información del día y el lugar del turno asignado. Podés aceptarlo o cancelarlo.
4
Presentá la documentación en la oficinal del turno asignado.
Podés hacer consultas en la línea telefónica gratuita 130 en horario de 8 a 20.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Pedir turno
Ahora podés hacerlo más simple
Descargá tu constancia de CUIL en cualquier momento desde tu cuenta de Mi Argentina, sin volver a poner todos tus datos.
El Código Único de Identificación Laboral (CUIL) es un número personalizado asignado por ANSES por el cual quedan registrados todos tus aportes laborales.
Importante:
Para tramitarlo por primera vez, es obligatorio concurrir ante cualquier delegación de ANSES.
¿A quién está dirigido?
A cualquier persona que lo necesite, por ejemplo: empleada, desempleada, empleador.
¿Qué necesito?
Conocer los datos del DNI
¿Cómo hago?
1
Completá tus datos personales en el formulario Descargá tu constancia de CUIL.
2
Obtené tu constancia de CUIL para imprimir o tomar nota.
La constancia que imprimas a través de la página web de ANSES tiene total validez y no es necesario que lleve firma o sello de ningún empleado.
También podés tramitar la constancia personalmente, concurriendo a la Unidad De Atención Integral - UDAI u oficina más cercana a tu domicilio.
Si tenés dudas, llamá a la línea telefónica gratuita 130, en el horario de 8 a 20.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Completar formulario
Si tenés asignada la obra social del PAMI, que se identifica con la leyenda DESC. OBRA SOCIAL, podés optar por una Obra Social que figure en el listado para jubilados y pensionados.
Una vez realizada la opción de cambio de obra social, recibirás la cobertura a partir del primer día del tercer mes. La fecha de vigencia constará en el Comprobante de Empadronamiento (CODEM) que te será entregado por ANSES para ser presentado ante la obra social elegida.
¿A quién está dirigido?
A jubilados o pensionados que quieran cambiar de Obra Social.
El trámite puede ser realizado por un tercero, con la firma del titular certificada por autoridad judicial, notarial, policial, bancaria (en caso de titulares de la prestación que tengan su firma registrada), consular (en caso de argentinos residentes en el extranjero) o director de hospital, clínica o sanatorio (en caso de titulares internados).
¿Qué necesito?
Titular
Formulario PS.5.5- Novedades/Opción de Traspaso en original y fotocopia.
DNI, LE o LC en original y fotocopia.
Última Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) o recibo de haber previsional en original y fotocopia.
Tutor o curador
Formulario PS.5.5 -Novedades/Opción de Traspaso en original y fotocopia.
DNI, LE o LC en original y fotocopia.
Última Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) o recibo de haber previsional en original y fotocopia.
Documentación que acredite su calidad de tutor o curador (Testimonio de sentencia judicial) en original y fotocopia.
Solo para quienes fueron beneficiarios de la obra social elegida durante la actividad laboral: Formulario PS.5.11 - Aceptación de la Obra Social para titulares de origen y su grupo familiar.
¿Cómo hago?
1
Consultá el Listado de Obras Sociales para jubilados y pensionados y seleccioná la que te resulte más conveniente.
2
Acercate a la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a tu domicilio, sin turno previo.
¿Tenés dudas?
Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 hs.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
Un jubilado o pensionado tiene derecho a cambiar de Obra Social (siempre y cuando figure en el listado) hasta una vez por año.
Web del Tramite
Si fallece un familiar que habiendo residido en el país o en el exterior, al momento de su fallecimiento se encontrare percibiendo o hubiera solicitado una jubilación o pensión, podés solicitar el subsidio.
El monto es una suma fija y tenés tiempo de solicitarlo en el transcurso del año de ocurrido el fallecimiento del titular de la prestación.
¿A quién está dirigido?
A la familia de la persona fallecida, siempre y cuando no haya transcurrido más de un año desde el momento del deceso.
¿Qué necesito?
DNI de quien solicita el reintegro.
Partida de defunción del jubilado o pensionado.
Factura de la funeraria a nombre del solicitante de la asignación.
¿Cómo hago?
1
Reuní la documentación.
2
Pedí un Turno en ANSES para concurrir a esa oficina.
Podrás consultar la información del día y el lugar del turno asignados y aceptarlo o cancelarlo.
3
Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina del turno asignado.
¿Tenés alguna duda?
Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Pedir turno