Podés recibir el pago extraordinario que realiza la ANSES por nacimiento o adopción de un hijo. Se abona a uno solo de los padres.
¿A quién está dirigido?
A trabajadores registrados, titulares del seguro por desempleo; titulares de la prestación de una ART, titulares de la pensión honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
¿Qué necesito?
Contar con la información del titular y del grupo familiar registrada en ANSES. En Mi ANSES, podés consultar las relaciones familiares registradas.
Los ingresos del grupo familiar deben encontrarse entre los topes mínimo y máximo vigentes, tanto el individual como el del grupo familiar.
Presentar la documentación solicitada en Asignación Familiar por Nacimiento / Adopción.
¿Cómo hago?
1
Solicitá un Turno a través de la página web de la ANSES.
- Consultá la información del día y el lugar del turno asignado y podés aceptarlo o cancelarlo.
2
Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral u oficina más cercana a tu domicilio.
Si los datos del nacimiento ya se encuentran acreditados en ANSES, podés solicitar el pago llamando al 130.
Podés iniciar el trámite una vez transcurridos los 2 meses y hasta dentro de los 2 años de la fecha de ocurrido el nacimiento o de dictada la sentencia de adopción.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito