Si sos jubilado o pensionado o titular de una pensión honorífica como Veterano de la guerra de Malvinas, podés recibir el pago mensual que realiza la ANSES a uno de los cónyuges o convivientes.
¿A quién está dirigido?
A titulares de jubilaciones o pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y a titulares de la pensión honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que tengan registrado a su grupo familiar en ANSES.
¿Qué necesito?
Para acreditación de matrimonio
Acta, Partida o Certificado de Matrimonio.
DNI de los conyuges
Para acreditación de convivencia
Convivencia pública en aparente matrimonio durante cinco (5) años o dos (2) años cuando existan hijos en común reconocidos por ambos convivientes.
Si uno de los convivientes hubiera fallecido, se deberá probar que tuvo una convivencia mínima de dos años, anteriores a la fecha de fallecimiento.
Formulario PS 6.18 completo.
Contar con la información del titular y de su grupo familiar registrada en las bases de ANSES. En Mi ANSES, podés consultar si esas relaciones familiares están registradas.
¿Cómo hago?
1
Solicitá un Turno en ANSES en la Unidad de Atención Integral (UDAI) que te resulte más cercana o conveniente.
2
Consultá la información del día y el lugar del turno asignado. Podés aceptarlo o cancelarlo.
3
Presentá la documentación en la Unidad de Atención Integral del turno asignado.
Podés consultar en la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 hs.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito