Subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades (código...

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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012 y 968 362 000

Objeto

Convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Instituciones sin fin de lucro, para el desarrollo de programas destinados a la integración sociolaboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades a través del desarrollo de itinerarios individualizados de inserción, y otras actuaciones complementarias.

INFORMACIÓN ADICIONAL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Quién es el responsable del tratamiento de sus datos:

1. En el caso del representante de la entidad y los trabajadores del programa subvencionado:

Identidad: IMAS

Dirección postal: C/ Alonso Espejo 30008

Teléfono: 968 36 62 40

Correo electrónico: imas-inclusion@carm.es

Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos.: CENTRO REGIONAL DE SERVICIOS AVANZADOS S.A.

dpd.imas@carm.es

2. En el caso de los participantes en los programas:

Identidad: Direccion General de Presupuestos y Fondos Europeos

Dirección postal: Avda. Teniente Flomesta, s/n. 30003 – Murcia.

Teléfono: 968 366967

Correo electrónico: fse@carm.es

Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos.: INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS. dpdigs@listas.carm.es

¿Cuál es la finalidad del tratamiento de sus datos?.:

1. En el caso del representante de la entidad y los trabajadores del programa subvencionado:

La finalidad del tratamiento de sus datos de carácter personal será la necesaria para la gestión administrativa y tramitación del procedimiento, seguimiento, evaluación, realización de informes y auditoría para el/los que se soliciten sus datos, de la subvención dirigida a la inserción sociolaboral y la mejora de la empleabilidad para personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades de 2018.

La conservación de estos datos estará a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013, que establece un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, o en todo caso hasta que el interesado no se oponga y durante los plazos de prescripción necesarios en función de la legislación aplicable para atender a futuras responsabilidades.

2. En el caso de los participantes en el programa:

La finalidad del tratamiento de sus datos de carácter personal será la necesaria para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la elaboración de perfiles, la verificación y auditoria de las operaciones cofinanciadas por el Programa Operativo FSE Región de Murcia 2014-2020.

La conservación de estos datos estará a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013, que establece un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación, o en todo caso hasta que el interesado no se oponga y durante los plazos de prescripción necesarios en función de la legislación aplicable para atender a futuras responsabilidades.

Los datos personales y/o sensibles que nos ha facilitado podrán utilizarse para la elaboración de perfiles, realización de análisis estadísticos y/o evaluaciones relacionados con el seguimiento y la evaluación de la ejecución del Programa Operativo de la Región de Murcia 2014-2020.

La elaboración de estos perfiles y demás estadísticas tienen su fundamento en el ejercicio por la Administración de poderes públicos con la finalidad de desarrollar políticas públicas basadas en el conocimiento de las necesidades de los destinatarios de los programas con el fin de adecuar el contenido y las acciones de los programas a las mismas, así como para poder realizar la evaluación de los resultados obtenidos con los programas ya ejecutados, en aras de la eficacia y eficiencia de los mismos.

Legitimación del tratamiento de los datos:

La legitimación del tratamiento de sus datos se basa en el cumplimiento de la obligación legal, prevista en las siguientes leyes:

Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

Ley 1/2006, de 10 de abril, de Creación del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).

Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuyo cumplimiento es necesario para la gestión de la subvención dirigida a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas dirigidos a la inserción sociolaboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades.

Además de éstas:

1. En el caso del representante de la entidad y los trabajadores del programa subvencionado:

Cumplimiento de las obligaciones derivadas del derecho de la Unión Europea, del Ordenamiento Jurídico Español y de la Región de Murcia, según artículo 6.1c) del Reglamento 2016/679.

Orden de 29 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a instituciones si fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración sociolaboral y a la mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades. (BORM nº 128 de 5/6/2018), y la resolución de convocatoria.

Consentimiento del interesado para el tratamiento de sus datos personales.

2. En el caso de los participantes en el programa:

En relación con el artículo 6.1c) del Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del artículo 125 del Reglamento UE 1303/2013 y artículo 5 del Reglamento UE 1304/2013.

Consentimiento del interesado para el tratamiento de sus datos personales.

Los datos recabados a los participantes en los programas tienen su legitimación en la obligación Legal para el responsable en base al Reglamento del (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 en su Anexo I y los artículos 50 y 111 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 que impone a la Autoridad de Gestión del Programa Operativo 2014-2020 de la Región de Murcia comunicar los indicadores en cada informe anual de ejecución, para lo cual es imprescindible la recogida de los datos.

Dicha normativa comunitaria obliga a la recogida de datos de los participantes para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la verificación y auditoría, de acuerdo con los indicadores recogidos en el mencionado Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013, y aconseja que dichos datos sean facilitados por los participantes en el momento de incorporarse al programa, no pudiendo estos ser considerados participantes si este no está específicamente definido de acuerdo a los parámetros y categorías de datos definidos en el Anexo I anteriormente mencionado; (Situación laboral, sexo, edad, titulación formativa, situación en el hogar son parámetros obligatorios, resultando conveniente la recogida de la información sensible, debiendo acreditarse la voluntad de recogerlos en caso de no ser posible).

Estos datos se recabaran a nivel de unidades administrativas menores de conformidad con el Reglamento (CE) nº1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003.

Destinatarios de cesiones o transferencias:

1. En el caso del representante de la entidad y los trabajadores del programa subvencionado:

Los datos personales facilitados por usted podrán ser cedidos a los órganos competentes en la gestión y el seguimiento del Programa Operativo de la Región de Murcia 2014-2020, a las administraciones que intervienen en la gestión, seguimiento y/o control del procedimiento, así como a aquellas entidades vinculadas mediante contrato de servicios al proceso de justificación.

2. En el caso de los participantes en el programa:

No se contemplan cesiones ni trasferencias de datos, a excepción de las necesarias para que las autoridades de gestión, control y auditoria puedan ejercer sus competencias.

Derechos de las personas interesadas:

El solicitante de la subvención, los trabajadores de los programas y los participantes en los mismos tienen derecho a:

Solicitar el acceso a sus datos personales.

Solicitar la rectificación o supresión de los mismos.

Solicitar la limitación de su tratamiento.

A la portabilidad de los mismos.

A retirar el consentimiento en cualquier momento, sin que ello afecte a la solicitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.

El interesado podrá dirigirse al IMAS con el fin de ejercitar sus derechos a obtener confirmación sobre si en la Comunidad Autónoma estamos tratando sus datos personales, así como al acceso a los mismos, solicitar su rectificación si estos son inexactos, o en su caso solicitar su supresión cuando los datos no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular los interesados podrán oponerse al tratamiento de sus datos, en este caso la Comunidad Autónoma dejará de tratar sus datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Si ha otorgado su consentimiento para alguna finalidad concreta, tiene derecho a retirar el consentimiento otorgado en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.

El ejercicio de estos derechos puede ponerse de manifiesto a través de la sede electrónica de la CARM, indicando el procedimiento nº 2180 o en el registro General de la CARM, en el caso de los participantes. En todo caso, el interesado deberá acreditar su identidad para poder hacerlo, teniendo en cuenta que la supresión de sus datos en el caso de ser participante en los programas pudiera dar lugar a no ser considerado como tal.

Por otra parte el interesado tiene la posibilidad de presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de Protección de Datos competente, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, y puede ponerse en contacto con ella a través del siguiente enlace (pendiente de designar).

Procedencia de los datos:

Los datos personales que tratamos, proceden directamente de usted o de las bases de datos de la propia Comunidad Autónoma y/u otras administraciones públicas, previa autorización de acceso por el propio interesado.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

Instituciones sin fin de lucro, que tengan por objeto o fin social la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social y que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL (IMAS)
D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)

Requisitos de solicitud o iniciación

No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

Estar autorizada por el Registro Regional de Entidades, Centros y Servicios Sociales, para la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, debiendo estar acreditado en la fecha en que se reúna la Comisión de Evaluación.

Tener implantación en la región de Murcia, contando con estructura y capacidad económica y financiera suficiente para garantizar la ejecución de las actuaciones previstas en el programa presentado, entendiéndose como tal contar con un presupuesto ejecutado en el ejercicio precedente igual o superior a la mitad del importe total de los programas solicitados.

No haber sido objeto de sanción de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Los programas presentados deberán alcanzar la puntuación mínima de 38 puntos y se derivará de la aplicación de los criterios establecidos en el artículo 15 de la Orden de Bases y en el Artículo 11 de la Resolución de convocatoria.

Serán condiciones:

El número de subvenciones a solicitar por una misma entidad no podrá exceder a tres.

Presentar la solicitud en el marco de una de las siguientes tipologias de programas:

Programas institucionales: Se desarrollan en él ámbito de una institución con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las acciones del itinerario recogidas en los ártículos 8 y 9 de la Orden de Bases.

Programas de un territorio o ámbito de actuación: Se desarrollan en un único dispositivo, con carácter territorial o en el marco concreto de un ámbito de atención específico de un colectivo.

Programas de dos territorios: Se desarrollan, de forma simultanea, en dos sedes habilitadas para ello, todos los días de la semana, donde se realizan las acciones del itinerario por parte de un grupo de participantes diferenciado.

Programas comarcales: Existencia de una sede central de ejecución del programa, desde la que se desplazan los profesionales necargados de su ejecución, al menos un día a la semana, a cada uno de los dispositivos situados en otros municipios y/om pedanías próximas donde se realicen los itinerarios individualizados de inserción.

El importe del programa a solicitar no podrá exceder de las siguientes limitaciones dependiendo de la tipología de programa:

80.000,00€ para programas institucionales.

90.000,00€ para programas de un territorio/ámbito de actuación.

110.000,00€ para programas de dos territorios.

115.000,00€ para programas comarcales.

Dichos importes están referido a 12 meses de programa, en otro caso, se aplicara el importe proporcional.

La duración de los programas no podrá superar los 12 meses, pudiéndose extender su periodo de ejecución hasta el 31 de mayo de 2020.

Los programas que se desarrollen en una institución o en un único territorio deberán atender a un número mínimo de 65 participantes, los que se desarrollen en dos sedes 85 participantes, y los que tengan carácter comarcal al menos a 90 participantes en total., pudiendo reducirse en 10 en aquellos programas de nueva implantación que tengan una duración inferior a 10 meses.

La entidad deberá comprometerse a mantener la coordinación necesaria con los Servicios Sociales de Atención Primaria para que, al menos, un 20% de los participantes sean beneficiarios de la Renta Básica de Inserción o la Ayuda periódica de Inserción o Protección Social. (Aplicación Decreto n. º 163/2017, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de Murcia.

Las entidades solicitantes de programas de desarrollo en un territorio/ámbito de actuación, de dos territorios o comarcales deberá incluir en el programa al menos dos acciones de formación ocupacional con una duración mínima de 60 horas, promoviendo que estas cuenten inicialmente con un número mínimo de 15 participantes. Dichas acciones formativas deben estar becadas.

La entidad está obligada a incluir en el programa contenidos formativos sobre igualdad de oportunidades y perspectiva de género dirigidas a todos los participantes.

La entidad esta obligada a desarrollar acciones formativas en competencias personales y sociales, que deberán ser becadas en todo caso, con un mínimo de horas y dirigidas a un número de participantes determinado, dependiendo de la tipológia de programa que soliciten.

El equipo técnico encargado de la ejecución del programa deberá estar constituido por, al menos por un trabajador social y un orientador laboral y el personal formador, en su caso.

Se determinan los gastos subvencionables de acuerdo a la Orden ESS/1924/2016. De 13 de diciembre del Ministerio de Empleo y seguridad Social, así como a lo establecido en el artículo 5 de la Orden reguladora de bases de estas subvenciones y su modificación por Orden de 29 de abril de 2019. (BORM número 103 de martes 7 de mayo de 2019).

Se determina el método de financiación de los costes subvencionables en función de las tipologías de programas establecidas en el artículo 4 punto 3 de la convocatoria, en concreto:

Para programas institucionales:

COSTES DIRECTOS DE PERSONAL + 14% DE LOS COSTES DIRECTOS DE PERSONAL PARA OTROS GASTOS DEL PROGRAMA.

Para programas de un territorio o ámbito de actuación:

COSTES DIRECTOS DE PERSONAL + BECAS + 16% DE LOS COSTES DIRECTOS DE PERSONAL PARA OTROS GASTOS DEL PROGRAMA.

Para programas de dos territorios:

COSTES DIRECTOS DE PERSONAL + BECAS + 18% DE LOS COSTES DIRECTOS DE PERSONAL PARA OTROS GASTOS DEL PROGRAMA.

Para programas comarcales:

COSTES DIRECTOS DE PERSONAL + BECAS + 20% DE LOS COSTES DIRECTOS DE PERSONAL PARA OTROS GASTOS DEL PROGRAMA.

Las subvenciones que se otorguen podrán atender total o parcialmente el importe del programa en función del crédito disponible y del orden de prelación resultante tras la aplicación de los criterios de valoración.

En todo caso, las subvenciones se concederán en función de los créditos disponibles para estas acciones, por lo que además de la concurrencia de las condiciones y requisitos previstos será necesario que la solicitud pueda ser atendida teniendo en cuenta las dotaciones presupuestarias existentes.

Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos, o recursos para la misma finalidad, excepto las concedidas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la realización del mismo programa.

Requisitos posteriores

Los participantes en los programas deberán contar con la acreditación de su situación social emitida por un trabajador social de los Servicios Sociales Públicos competentes de acuerdo al Anexo XII.

Subvención para programas de mejora de la empleabilidad para personas en riesgo exclusión social

  • Acuerdo
    (Obligatorio / Original)
    Acuerdo del órgano competente de la entidad solicitante autorizando la solicitud de la subvención.
  • Autorización
    (Obligatorio / Original)
    Anexo XV de autorización o no de los trabajadores del programa para la consultade sus datos personales.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Declaración del representante de la entidad de haber solicitado y/u obtenido subvenciones y/o ayudas para el mismo programa según Anexo X.
  • Memoria
    (Obligatorio / Original)
    Memoria del programa, según Anexo XI
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / Original)
    Documento bancario en el que figure el IBAN, la titularidad de la entidad y su NIF de la misma.
  • Certificado de la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual
    (Obligatorio / Original)
    Acreditación de estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales como entidad autorizada para la atención de los colectivos citados en el artº 5,de la Orden de Bases.En caso de que la entidad NO AUTORICE la consulta en ficheros públicos lo deberá aportar.
  • Presupuesto
    (Obligatorio / Original)
    Presupuesto detallado de los gastos previstos para la realización del programa,incluyendo, en su caso, los ingresos que se prevean para su cofinanciación, conforme a los modelos que figuran en los Anexos IV, V, VII, VIII.
  • Designación
    (Obligatorio / Original)
    Acreditación actualizada, mediante certificación o acta, del nombramiento del representante de la entidad.En caso de que la entidad NO AUTORICE la consulta enficheros públicos lo deberá aportar.
  • Declaración jurada
    (Obligatorio / Original)
    Declaración del responsable de la entidad solicitante de no estar incursa en causas para percibir subvención según Anexo II.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    Acreditación actualizada del título de representación cuando la entidad tenga ámbito nacional o se trate de una Fundación.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    En caso de que en el programa se contemple la subcontratación todos aquellos documentos especificados en el art. 7 de la resolución de convocatoria.
  • Documento de identidad: NIF
    (Obligatorio / Original)
    NIF de la Entidad.
  • Compromiso
    (Obligatorio / Original)
    Compromiso de colaboración con las corporaciones locales o entidades según Anexo III de la resolución de convocatoria.
  • Memoria técnica
    (No obligatorio / No original)
    Memoria del programa, según Anexo XI
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    En caso de que en el programa se contemple la subcontratación todos aquellos documentos especificados en el art. 7 de la resolución de convocatoria.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (No obligatorio / No original)
    Documento bancario en el que figure el IBAN, la titularidad de la entidad y su NIF de la misma.
  • Presupuesto de gastos del proyecto
    (No obligatorio / No original)
    Presupuesto detallado de los gastos previstos para la realización del programa,incluyendo, en su caso, los ingresos que se prevean para su cofinanciación, conforme a los modelos que figuran en los Anexos IV, V, VII, VIII.
  • Acreditación de la inscripción de la Entidad en el Registro legal correspondiente
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación de estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales como entidad autorizada para la atención de los colectivos citados en el artº 5,de la Orden de Bases.En caso de que la entidad NO AUTORICE la consulta en ficheros públicos lo deberá aportar.
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación actualizada, mediante certificación o acta, del nombramiento del representante de la entidad.En caso de que la entidad NO AUTORICE la consulta enficheros públicos lo deberá aportar.
  • Declaración sobre otras ayudas económicas
    (No obligatorio / No original)
    Declaración del representante de la entidad de haber solicitado y/u obtenido subvenciones y/o ayudas para el mismo programa según Anexo X.
  • Documento de Compromiso
    (No obligatorio / No original)
    Compromiso de colaboración con las corporaciones locales o entidades según Anexo III de la resolución de convocatoria.
  • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Consultar los datos de situación de alta laboral (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

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Expansión
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.