Subvención a asociaciones para programas de participación de las familias asociadas (código 1463)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Convocar subvenciones para la realización de programas de información, orientación y asesoramiento a familias y/o programas, para la promoción de la participación activa de las familias, en el movimiento asociativo.
IMPORTANTE:
El plazo de presentación de la documentación relativa a la propuesta de resolución de convocatoria, aceptación y modificación de proyectos es del 8 al 17 de Octubre (ambos onclusives)
La finalidad de la concesión de la subvención es la de colaborar, en los gastos de mantenimiento de programas, proyectos y actividades de servicios de información, orientación y asesoramiento a familias y/o programas, para la participación de las familias en el movimiento asociativo.
En el siguiente enlace se encuentra el : Texto integro de la Convocatoria 2019 publicado en la BDNS código 445124
Documentación a presentar en la solicitud: Además de los anexos del I al VI
. El acuerdo del órgano competente para la solicitud de subvencion.
. El acuerdo del órgano competente para el funcionamiento del programa.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades.
Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito de la familia.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS Y PROTECCIÓN DE MENORES (A14028747)
Requisitos de solicitud o iniciación
- Entidades de la Región de Murcia, inscritas en el Registro de Centros de Servicios Sociales de la Consejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades y autorizadas en el área de familia.
- No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de entidad beneficiaria señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración tributaria así como no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Administracion de la Comunidad Autonoma de Murcia.
- Cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Murcia y en la base 21ª Orden de 5 de Enero de 2010.
- Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad, para la que se concede la subvención.
- Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad, que determine la concesión de la subvención.
- Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación, por el órgano concedente.
- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras ayudas o subvenciones si fuesen para la ejecución del mismo programa o proyecto.
- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislacion mercantil sectorial aplicable a la entidad beneficiaria en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
- Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del articulo 18 de la ley 38/2003 ,de 17 de Noviembre , General de Subvenciones y en la base 16ª de la Orden de 5 de Enero de 2010.
- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la base 25ªde la citada Orden de 5 de enero de 2010.
Subvención a asociaciones para programas de participación de las familias asociadas
- Autorización
(Obligatorio / No original)
Anexo VI-Autorización trabajador/a consulta datos personales - Declaración
(Obligatorio / No original)
Anexo V-Declaración sobre otras subvenciones - Declaración responsable
(Obligatorio / No original)
Anexo XII-Declaración Responsable (Justificación) - Declaración responsable
(Obligatorio / No original)
Anexo III-Declaración responsable - Relación
(Obligatorio / No original)
Anexo VIII-Relación gastos colaboraciones técnicas (Justificación) - Relación
(Obligatorio / No original)
Anexo VII-Relación gastos personal (Justificación) - Relación
(Obligatorio / No original)
Anexo IV-Desglose de Costes - Memoria
(Obligatorio / No original)
Anexo II-Memoria explicativa - Código de identificación fiscal: CIF
(Obligatorio / Original)
CIF de la entidad - Solicitud
(Obligatorio / No original)
Anexo I-Solicitud - Certificación
(Obligatorio / No original)
Anexo IX-Certificación contable justificante gasto (Justificación) - Justificante de pago
(Obligatorio / No original)
Anexo XI-Relación general liquidación viajes (Justificación) - Justificante de pago
(Obligatorio / No original)
Anexo X-Liquidación individual gastos viaje (Justificación)
- Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
- Anexo I - Solicitud
- Anexo II - Memoria explicativa
- Anexo III . Declaración responsable
- Anexo IV. Desglose de Costes
- Anexo V. Declaración sobre otras subvenciones
- Anexo VI. Autor.trabajador/a consulta datos personales
- Anexo VII. Relación gastos personal (justificación)
- Anexo VIII.Relación gastos colaboraciones técnicas (justificación)
- Anexo IX. Certificación contable just.gasto(justificación)
- Anexo X. Liquidación ind. gastos viaje (justificación)
- Anexo XI. Relac. general liquidación viajes (justificación)
- Anexo XII. Declaración Responsable (justificación)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL FAMILIAS Y PROTECCION MENORES
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Normativa
- Decreto Legislativo n.º 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.
- Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
- Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Orden de 5 de enero de 2010 de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales.
- Decreto n.º 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos.
- Decreto n.º 161/1999, de 30 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Extracto de la Orden de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Región de Murcia, para la realización de programas de información, orientación y asesoramiento a familias y/o programas de gestión para la promoción de la participación activa de las familias en el movimiento asociativo.
- Extracto de la Orden de 20 de marzo de 2019 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Región de Murcia, para la realización de programas de información, orientación y asesoramiento a familias y/o programas de gestión para la promoción de la participación activa de las familias en el movimiento asociativo.