Sancionador por infracción de las normas reguladoras de los puertos de competencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 554)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Sancionar las infracciones a las normas reguladoras de puertos, competencia de la Comunidad Autónoma, tipificados en la Ley de Puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La autoridad que resuelve depende de la gravedad de la infracción.

- Si la infracción es leve:

Resuelve: Resolución de la Directora General de Transportes, Costas y Puertos, que no agota la vía administrativa.

Recurso que cabe interponer: alzada.

Plazo de interposición: un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la Resolución.

Órgano competente: Consejero competente en materia de puertos.

- Si la infracción es grave:

Resuelve: Orden del Consejero competente en materia de puertos.

Recurso que cabe interponer: potestativo de reposición o Contencioso-Administrativo.

Plazo de interposición: si de reposición, un mes; si Contencioso-Administrativo, dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente a su notificación.

Órgano competente: si de reposición, competente en materia de puertos; si Contencioso-Administrativo, Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.

- Si la infracción es muy grave:

Resuelve: Acuerdo del Consejo de Gobierno.

Recurso que cabe interponer: potestativo de reposición o Contencioso-Administrativo.

Plazo de interposición: si de reposición, un mes; si Contencioso-Administrativo, dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente a su notificación.

Órgano competente: si de reposición, Consejo de Gobierno; si Contencioso-Administrativo, Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.

Destinatarios

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Personas físicas o jurídicas, presuntos infractores de las referidas normas.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL (A14028863)

Requisitos de solicitud o iniciación

Existencia de una presunta infracción de las normas reguladoras de puertos.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: De Oficio

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. De oficio: Caducidad

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

Recurso de alzada si la infracción es leve.Recurso potestativo de reposición si la infracción es grave(ante el Consejero competente en materia de puertos) o muy grave (ante el Consejo de Gobierno).Recurso Contencioso-Administrativo si la infracción es grave o muy grave.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.