Registro de operadores de agricultura de producción integrada (código 1847)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Inscribir a productores y elaboradores-manipuladores de producción integrada.
Los productores y elaboradores-manipuladores interesados en producir, manipular, comercializar o transformar los productos agrícolas obtenidos bajo normas de Producción Integrada deberán inscribirse en el Registro de Operadores de Agricultura de Producción Integrada de la Región de Murcia.
De interés documentación técnica de Producción Integrada
Normas técnicas de Producción Integrada
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Productores y elaboradores-manipuladores interesados en producir, almacenar, manipular, comercializar o transformar los productos agrícolas obtenidos bajo normas de producción integrada.
Tramitación inmediata
No
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)
Requisitos de solicitud o iniciación
Solicitud del Interesado.
- Informe
(Obligatorio / Original)
- Informe de Auditoría previa emitido por la Entidad de Certificación de P.I. Para los productores y Elaboradores, Manipuladores y otros. - Memoria
(Obligatorio / Original)
- Memoria descriptiva de las instalaciones que incluya al menos los epígrafes relacionados en el formato de solicitud. Para los productores y Elaboradores, Manipuladores y otros. - Certificado
(Obligatorio / Original)
- Certificado actualizado de la entidad reconocida como Entidad de Certificación de la P.I. (Producción Integrada), donde figure, una vez verificada la veracidad de los datos declarados por el solicitante, su vinculación para realizar el seguimiento, control y certificación de las parcelas y producciones incluidas en la P.I. por el solicitante, indicando la relación de parcelas (polígono, parcelay subparcela), superficie, cultivo y variedad. Para los productores.- Certificado de pertenencia a una ATRIA (Agrupación para el Tratamiento Integrado de la Agricultura) o el título del responsable técnico de la explotación agrícola del solicitante en caso contrario. Para los productores.- Certificado de la entidad reconocida como Entidad de Certificación de la P.I., donde figure la vinculaciónestablecida con el solicitante para hacer el control y certificación de la P.I.en los almacenes a inscribir en el Registro por el solicitante, así como del control del uso de la marca de garantía. Para los Elaboradores, Manipuladores y otros.- Certificado de la Solicitud en la Sección de Datos de Industrias Agrariasy Agroalimentarias del Registro de Establecimientos Industriales de la Región de Murcia. Para los Elaboradores, Manipuladores y otros. - Memoria descriptiva
(No obligatorio / No original)
- Memoria descriptiva de las instalaciones que incluya al menos los epígrafes relacionados en el formato de solicitud. Para los productores y Elaboradores, Manipuladores y otros.
Modelos e información para solicitudes
- Solicitud Registro Operadores. Sección Productores
- Solicitud Registro Operadores. Sección elaboradores, manipuladores y otros
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INDUST.ALIM. Y COOPERATIV. AGR
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Normativa
- Orden de 21 de agosto 1998, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua por la que se establece el procedimiento para la concesión de autorizaciones para la utilización de la marca de garantía de producción integrada.
- Decreto n.º 8/1998, de 26 de febrero de 1998, sobre productos agrícolas obtenidos por técnicas de producción integrada.
- Orden de 29 noviembre de 2001 por la que se modifica la Orden de 21 de agosto de 1998 por la que se establece el procedimiento de inscripción en el Registro de Productores y Operadores de Agricultura de Producción Integrada.
- REAL DECRETO 1201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula la producción integrada de productos agrícolas.
- Resolución de la Dirección General de Agricultura e Industrias Agrarias por la que se establecen los plazos de presentación de solicitudes para la inscripción en el Registro de Productores y Operadores de Agricultura de Producción Integrada.
- Resolución de la Dirección General de Industrias y Asociacionismo Agrario por la que se establece plazo de presentación de solicitudes para la inscripción de productores de producción integrada de algodón en el Registro de Operadores de Agricultura de Producción Integrada.
- Resolución de la Dirección General de Industrias y Asociacionismo Agrario por la que se establecen los plazos de presentación de solicitudes para la inscripción en el Registro de Productores y Operadores de Agricultura de Producción Integrada.