Reconocimiento de los derechos derivados de accidente en acto de servicio en el ámbito del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE, del personal de la Consejería de Educación (código 447)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Establecer el reconocimiento de los derechos derivados de accidente en acto de servicio, a los efectos del mutualismo administrativo, que se llevará a cabo por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), sólo personal de la Consejería de Educación.
Enlace:
http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=5072&IDTIPO=100&RASTRO=c2659$m8862,3921
1.- Actuación del mutualista.
El mutualista afectado iniciará el procedimiento con una solicitud dirigida al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, dando cuenta simultáneamente a la Unidad donde esté destinado. A este escrito, acompañará los documentos y demás elementos de prueba que considere pertinentes.
2.- Resolución
A) Provisional.
El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales pondrá de manifiesto al mutualista el expediente instruido, incluida la propuesta de resolución elaborada.
En un plazo máximo de quince días podrá presentar las alegaciones que estime oportunas, debidamente justificadas.
B) Definitiva.
El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, con base en las actuaciones practicadas, y, en su caso, en las pruebas complementarias realizadas, dictará la resolución procedente que se notificará al mutualista afectado y al Servicio Provincial de MUFACE al que se encuentre adscrito el mutualista.
3.- Efectos de la falta de resolución expresa.
En el caso de los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados, estimadas sus solicitudes.
Destinatarios
Ciudadanía.
Personal mutualista de MUFACE de la Consejería de Educación.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
AbiertoUn mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION EDUCATIVA Y RECURSOS HUMANOS (A14028762)
Requisitos de solicitud o iniciación
Pertenecer al Régimen de MUFACE
Reconocimiento de accidente en acto de servicio en el régimen especial de MUFACE
- Declaración
(No obligatorio / No original)
Cuando la causa sea un accidente de tráfico adjuntar declaración amistosa de accidente, atestado, o cualquier otro documento que acredite el día, la hora, y el lugar; así como la marca, modelo y matrícula del vehículo que conducía el funcionario. - Informe médico
(Obligatorio / No original)
Informe médico de urgencias, u otro tipo de informe que especifique las lesiones ocurridas - Certificado médico
(No obligatorio / No original)
Parte médico de incapacidad temporal en caso de causar baja. - Certificado
(Obligatorio / No original)
Certificación del Director del Centro en la que constate la fecha, la hora, lo ocurrido, y el horario laboral del funcionario/a en la fecha del accidente.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Reconocimiento de accidente en acto de servicio en el régimen especial de MUFACE
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Modelos para solicitudes
Lugares presentación
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID
Directora General de Planificación Educativa y Recursos Humanos por Orden de 15 de febrero de 2018.
Plazo de resolución: 2 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL INNOV.EDUCAT. Y ATENC.DIVERSID |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa