Habilitación o autorización de veterinarios para la expedición de certificados sanitarios oficiales de movimiento (código 1737)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Conceder la habilitación o autorización a veterinarios para expedir los certificados sanitarios oficiales de movimiento para el traslado de animales con origen en explotaciones de la Región de Murcia.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Veterinarios de empresas ganaderas y/o de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)

Requisitos de solicitud o iniciación

Para que un veterinario sea habilitado o autorizado por la administración para expedir los certificados sanitarios oficiales de movimiento debe reunir los siguientes requisitos:

- Estar colegiado en el correspondiente Colegio Oficial de Veterinarios.

- Poseer una experiencia minima de 3 meses en el sector para el que solicita la habilitación o autorización, o

- Poseer cursos de formación, jornadas o similares específicos en materia de sanidad animal en la especie para la que solicita la autorización, con una duración mínima de 25 horas lectivas. Cuando se trate de veterinarios de espectáculos taurinos también podrán ser cursos en esta materia.

- Realizar una sesión formativa impartida por la Administración a los efectos de conocer el funcionamiento de la base de datos informática necesaria para expedir los certificados.

- Actuar con imparcialidad sin que puedan formar parte de los órganos rectores de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera o empresas ganaderas, para las explotaciones para las que se solicita la habilitación o autorización para la expedición del Certificado sanitario oficial de movimiento.

  • Comunicación
    (Obligatorio / Original)
    Comunicación ADS/Explotación/Centro
  • Comunicación
    (Obligatorio / Original)
    Compromiso de seguridad y confidencialidad de la información(anexo al procedimiento)
  • Certificado de Colegiación
    (Obligatorio / Original)
    Certificado del Colegio Veterinario que acredite estar al corriente de sus obligaciones colegiales.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Cursos de formación, jornadas, etc., en materia de sanidad animal, si procede.
  • Certificado de profesionalidad
    (Obligatorio / Original)
    Documento acreditativo de la experiencia en el sector, si procede.
  • Justificante del pago de la tasa
    (Obligatorio / No original)
    T710. Tasa por Prestación de servicios veterinariosH00020 - Habilitación o autorización de veterinarios
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Presentación de solicitud de inicio

    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.