Banderas y escudos municipales (código 1789)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Tramitar la aprobación o modificación de las banderas y escudos municipales.

Respetar las normas de heráldica y vexilología en la creación/modificación de los símbolos municipales y remitir el expediente completo a la Dirección General de Administración Local, que previo informe lo elevará a la Consejería de Presidencia para su aprobación mediante Decreto del Consejo de Gobierno, que deberá ser publicado íntegramente en el BORM.

Destinatarios

Administración.

Entes Locales.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (A14028285)

Requisitos de solicitud o iniciación

Los establecidos en la legislación aplicable, recogida en el apartado de Normativa.

Respetar las normas de heráldica y vexilología en la creación o modificación de los símbolos municipales.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: Consejo de Gobierno

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

Potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.