Atención al usuario en el ámbito sanitario público (código 2008)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Tramitar, gestionar y evaluar las sugerencias, quejas o reclamaciones y agradecimientos en relación a los servicios, centros o establecimientos sanitarios públicos o privados concertados , existentes en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como respecto de las actuaciones de los profesionales, sanitarios o no, que presten sus servicios en aquellos.

Teléfono de información general de Sanidad: 968365900. (Horario de atención de 9:00 h a 14:00)

En las sugerencias, quejas o reclamaciones y agradecimientos, presentadas en escrito o formato distinto al impreso normalizado deberán figurar los siguientes datos:

  1. Servicio, centro o establecimiento al que se dirige.
  2. Nombre, apellidos y domicilio del interesado, e identificación del medio y lugar preferente a efectos de notificaciones.
  3. Hechos, razones y petición, si procede, en que se concrete la sugerencia, queja, reclamación o agradecimiento.
  4. Lugar y fecha en que se formula el escrito.
  5. Firma del solicitante

Destinatarios

Ciudadanía.

Pacientes y usuarios de los servicios públicos sanitarios, así como ciudadanos en general

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

Consultar todas las unidades responsables

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser usuario de los servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reclamaciones, sugerencias y agradecimientos usuarios del servicio sanitario público

  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documentación de prueba o relacionada con la solicitud.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Reclamaciones, sugerencias y agradecimientos usuarios del servicio sanitario público

    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


    Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

  • Cumplimentación asistida

    Esta opción le permite rellenar un formulario válido que deberá imprimir al final del proceso para su presentación en los lugares indicados más abajo.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: Órganos directivos competentes

Plazo de resolución:

Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene

Información adicional sobre recursos

Las sugerencias, quejas, reclamaciones o agradecimientos que se presenten directamente en el centro asistencial al que se refiere, se resolverán en un plazo máximo de 30 días desde que fue interpuesta.Si la sugerencia, queja, reclamación o agradecimiento se presentara en centro distinto del referido, el plazo de contestación será como máximo de 60 días desde que fue interpuesta.Si trascurridos los plazos de resolución no se ha notificado contestación al reclamante, éste podrá dirigirse a la Dirección General de Planificación Sociosanitaria, Farmacia y Atención al Ciudadano, con objeto de conocer la situación de su tramitación.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.