Ocupación temporal de la vía pública en carril de circulación con vehículos y/o maquinaria por trabajos en obras de edificación. Solicitud
Las ocupaciones de la vía pública en carril de circulación con vehículos o maquinaria destinados a la realización de trabajos relacionados con obras de edificación necesitan autorización previa de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.
Si la ocupación en carril de circulación se deriva de una actuación sujeta a licencia urbanística, declaración responsable, comunicación previa u otras formas de intervención administrativas el órgano competente para su tramitación será el mismo que tenga la competencia para la concesión de la licencia, gestión de la declaración responsable o de la comunicación previa.
Si la ocupación se va a realizar en zona de estacionamiento, acera, calles peatonales, la competencia para tramitar la solicitud de la autorización será la Junta Municipal del Distrito al que pertenezca la vía. (ver en "Más información" nota "Órgano Gestor").
Destinatarios
Toda persona natural o jurídica que ocupe el viario municipal con vehículos y/o maquinaria destinados a la realización de trabajos relacionados con obras de edificación.
Importe
Tasas para 2016:
- Por Expedición de Documentos Administrativos: 49,05 euros.
- Por Ocupación temporal de la Vía Pública:
- Si se ocupa zona de estacionamiento: 0,58 euros por metro lineal o fracción, paralelamente al bordillo de la acera reservada, y día o fracción.
- Si el estacionamiento es en batería: se incrementará la cuota anterior en un 50 %.
- Si se ocupa un carril de circulación: 0,58 euros por metro cuadrado o fracción, superficie de la zona reservada, y día o fracción.
Cómo realizar el trámite
El trámite puede realizarse:
- En línea: a través del enlace al Registro Electrónico disponible en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos)
- Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de solicitud disponible en el apartado Impresos', guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
- Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid)
- Presencialmente en:
- En el Registro de Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, en los Registros de los Distritos y en los restantes Registros del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirse mediante las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
- Plazo:
20 (veinte) días naturales de antelación a la fecha solicitada para la prestación del servicio, siendo el plazo máximo legal para su contestación de 3 (tres) meses.
Pago
- Tasa por expedición de documentos administrativos, presentando el impreso de autoliquidación en los Bancos y Cajas de Ahorro que vienen recogidos en las instrucciones de la solicitud, debiendo adjuntar el resguardo justificativo del pago a la solicitud, ya que es requisito indispensable para la admisión de la misma.
- Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local para aparcamiento exclusivo de vehículos o para us ocupación con otro tipo de maquinaria, equipos, casetas y otros elementos. El pago de esta tasa podrá realizarse mediante tarjeta bancaria, en las dependencias de la Unidad Técnica de Ocupaciones, Subdirección General de Agentes de Movilidad, C/ Paraguay, 8.
Documentación
Al solicitar la autorización:
Solicitud en impreso específico (*).
Resguardo justificativo del pago de la tasa por expedición de documentos administrativos.
Plano o croquis de la ubicación de la ocupación (especificando número o edificio).
Fotocopia de las licencias necesarias que amparen la actividad que genera la ocupación.
* Toda persona natural o jurídica interesada en la ocupación del dominio público viario municipal con vehículos destinados a la realización de trabajos relacionados con obras de edificación, deberá presentar siempre su solicitud en modelo normalizado. Dicha solicitud puede obtenerla por dos vías diferentes:
- Internet: El peticionario cumplimenta la solicitud vía Web, la imprime y la entrega en la ventanilla para su posterior tramitación.
- Ventanilla: A través de ventanilla obtiene el impreso de solicitud, lo rellena y lo entrega para su tramitación.
Más Información
Tramitación
- Informe técnico:
Una vez presentada la solicitud por el interesado, se procederá a la evaluación por el técnico de la conveniencia o idoneidad de la ocupación solicitada, procediendo a requerir la subsanación de la solicitud, en el caso de ser necesario. - Resolución del expediente:
Se procede a la autorización o denegación de la solicitud. - Notificación:
Se notificará la resolución junto con la liquidación de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.
Recurso
Contra la autorización o denegación de la solicitud el interesado podrá interponer los siguientes recursos: - RECURSO ADMINISTRATIVO DE REPOSICIÓN ante la autoridad que dicta la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, - directamente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Información complementaria
- Nota sobre Órgano gestor:
Las competencias para autorizar las ocupaciones de la vía pública por vehículos destinados a la prestación de servicios o realización de carga y descarga de mercancías se reparten entre los Distritos y la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, según según la zona de la vía pública donde se solicite:
- En carril de circulación, es autorizado por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.
- Calles peatonales. Siempre será competente para autorizar la Junta Municipal de Distrito a la que pertenezca la vía.
- En zona de estacionamiento y acera, será competente la Junta Municipal del Distrito.
Fundamento legal
- Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las vías públicas por realización de obras y trabajos de 27 de mayo de 1992.
- Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ley 30/92, de 26 de noviembre.
- Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Admnistrativa. Ley 29/98, de 13 de julio.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local. BAM núm.5470 de 22 de noviembre de 2001, pág. 3854-3858. Epígrafe C.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos. BAM 22/11/2001.
Entidad Gestora
Ocupación de la Vía Pública * Subdirección General de Agentes de Movilidad * Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación. C/ Paraguay, 8. Tlno: 914803695 Correo: ocupacionescirculación@madrid.es
Modelos de formularios
- Impreso de autoliquidación de la tasa por la expedición del documento de autorizacion por la reserva de espacio (resto de autorizaciones). Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
- Solicitud de ocupación temporal de la vía pública por obras de edificación.
- Instrucciones. Autoliquidación de la Tasa por expedición de documentos administrativos. Autorización reserva de espacio (resto de autorizaciones). Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
Información relacionada
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Oficinas de la administración
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Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE CARABANCHEL
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Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
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Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
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