Cambio de domicilio fiscal para los tributos municipales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Cambio de domicilio fiscal para los tributos municipales

Comunicación en el Ayuntamiento del domicilio fiscal a todos los efectos para las comunicaciones y notificaciones tributarias municipales.

El domicilio fiscal de las personas físicas se corresponde con la dirección del domicilio de la vivienda habitual, que tiene que coincidir con el del padrón de habitantes.

El domicilio fiscal de las personas jurídicas se corresponde con la dirección de la sede social.

No se admitirán apartados de correos.

Se tiene que tener en cuenta que tenéis que hacer de manera expresa esta comunicación , aunque hayáis cambiado vuestra dirección de empadronamiento o de la sede social, según el caso..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona física o jurídica interesada o cualquier otra con su autorización expresa.

CUÁNDO SE PUEDE HACER

Las personas físicas tienen la obligación de hacer esta comunicación en el plazo de tres meses desde que se produzca el cambio.

Las personas jurídicas tienen la obligación de hacer esta comunicación en el plazo de un mes a partir del momento en que se produzca el cambio de domicilio..

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
1. Pulse sobre el botón Tramitar.
2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
3. Rellene el formulario que se abrirá.
4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Presente la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas.

Documentación necesaria
  • Instancia general, concretando su petición e indicando la dirección completa: nombre de la calle, número, piso, puerta, código postal y población.
  • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o NIF de persona jurídica, según el caso.
  • Documento que indique la nueva dirección de manera fehaciente. En caso de ser persona física y de querer comunicar la dirección de empadronamiento en L'Hospitalet, el departamento gestor hará las comprobaciones oportunas y no hará falta que aporte este documento.
En el caso de representación, aporte una autorización expresa por escrito y firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad de ésta y el original de la persona autorizada.
Impresos asociados

QUÉ PASA DESPUÉS

La comunicación del nuevo domicilio fiscal tendrá plena validez desde su presentación con respecto a la Administración tributaria municipal.

Las modificaciones que se hagan afectarán a todos los tributos municipales.

TIEMPO DE RESPUESTA

El plazo legal de resolución es de 3 meses desde la fecha de registro de su petición.
El departamento gestor tramita su petición en un máximo de una semana desde la fecha de registro de la solicitud.

EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada..

NORMATIVA APLICABLE

.
  • Ley 58/2003, de 18 de diciembre, general tributaria.
.

SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

  • Oficina de Atención Tributaria

    Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

.

ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Ã?rgano de Gestión Tributaria.

Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.