ACREDITACIÓN COMO ASESOR EN GESTIÓN INTEGRADA DE PLAGAS

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Acreditar como asesor en gestión integrada de plagas a las personas interesadas.

Destinatarios

Personas físicas que prestan servicio de asesoramiento en gestión integrada de plagas a explotaciones agrarias, entidades o a particulares.

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Modelo de solicitud

Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (B.O.E. Nº 223, DE 15-09-12)

Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal (B.O.E. Nº 279, DE 21-11-02)

Directiva 2009/128/CE, por la que se establece el marco de acción comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas (D.O.U.E. nº309, de 24-11-09)

Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas (B.O.E. Nº 20, DE 24-01-84)

Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (B.O.E. Nº 172, DE 20-07-99)

Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7 (B.O.E. Nº 112, DE 10-05-01)

Decreto 197/2007, mantendrá su vigencia para la maquinaría de aplicación de fitosanitarios en todo aquello no contemplado en el RD 1311/2012 (D.O.E. Nº 86, DE 26-07-07)

Plazo normativo para resolver

Tres meses.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Los asesores en gestión integrada de plagas han de disponer de la titulación habilitante establecida en el artículo 13 del Real Decreto 1311/2012.

En caso de no cumplir con los requisitos de formación establecidos, se podrá habilitar a titulados universitarios o de formación profesional adecuada de acuerdo a lo dispuesto en disposición transitoria tercera del Real Decreto 1311/2012.

* Titulación habilitante. (Anexo II del Real Decreto 1311/2012)

1. La titulación habilitante para ejercer como asesor en gestión integrada de plagas comprende licenciaturas, ingenierías superiores, Ingenierías técnicas, títulos de grado, master o tercer ciclo, y títulos de formación profesional superior, que cumplan la condición de sumar en su conjunto un mínimo de 40 ECTS (European Credit Transfer System), en materias relacionadas directamente con la producción vegetal, y en particular en aquellas que, independientemente de la denominación particular que reciban en el plan de estudios correspondiente, respondan de manera inequívoca a los siguientes contenidos:

Edafología.

Fisiología vegetal.

Botánica.

Mejora vegetal.

Fitotecnia.

Cultivos herbáceos.

Cultivos hortícolas.

Cultivos leñosos.

Selvicultura.

Planificación general de los cultivos y aprovechamientos forestales.

Evaluación de impacto ambiental.

Mecanización agraria.

Protección vegetal.

Entomología agrícola o forestal.

Patología vegetal.

Malherbología.

Química agrícola.

De los 40 ECTS contemplados en el párrafo anterior, al menos 12 corresponderán a materias que estén relacionadas directamente con la protección vegetal, y en particular aquellas que, independientemente de la denominación particular que reciban en el plan de estudios correspondiente, respondan de manera inequívoca a los siguientes contenidos:

Protección vegetal.

Entomología agrícola o forestal.

Patología vegetal.

Malherbología.

Mecanización (Maquinaria y equipos para la protección de cultivos).

2. Cumplen las condiciones especificadas en el punto 1 las siguientes titulaciones oficiales con planes de estudio anteriores al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES):

– Ingeniero Agrónomo,

– Ingeniero Técnico Agrícola,

– Ingeniero de Montes,

– Ingeniero Técnico Forestal,

– Otras titulaciones universitarias cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a la que se especifica en el punto 1.

3. Cumplen asimismo las condiciones especificadas en el punto 1 las siguientes titulaciones de formación profesional:

– Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural,

– Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural,

– Otras titulaciones de formación profesional superior cuyos titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a la que se especifica en el punto 1.

- Modelo de solicitud.

- Certificado académico de poseer una titulación habilitante.

- Certificado de disponer de 40 ECTS (European Credit Transfer System) en los contenidos establecidos en el Anexo II del RD 1311/2012, en su caso.

Formularios de solicitud

Modelo de solicitud

Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (B.O.E. Nº 223, DE 15-09-12)

Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal (B.O.E. Nº 279, DE 21-11-02)

Directiva 2009/128/CE, por la que se establece el marco de acción comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas (D.O.U.E. nº309, de 24-11-09)

Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas (B.O.E. Nº 20, DE 24-01-84)

Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (B.O.E. Nº 172, DE 20-07-99)

Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7 (B.O.E. Nº 112, DE 10-05-01)

Decreto 197/2007, mantendrá su vigencia para la maquinaría de aplicación de fitosanitarios en todo aquello no contemplado en el RD 1311/2012 (D.O.E. Nº 86, DE 26-07-07)

Plazo normativo para resolver

Tres meses.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Impugnación ví­a administrativa

http://pame.gobex.es/organizacion/registros/plaguicidas/

í?rgano gestor

D. GRAL. DE AGRICULTURA Y GANADERíA
AVDA. LUIS RAMALLO, S/N.
06800 MERIDA
dgayg.marpat@gobex.es
924002347

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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