Oficina TECREA: Inicio y ejercicio de actividades comerciales minoristas y de determinados servicios - Licencia de adecuación de local para obra mayor

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Oficina TECREA: Inicio y ejercicio de actividades comerciales minoristas y de determinados servicios - Licencia de adecuación de local para obra mayor

Descripción del procedimiento

Se solicitará licencia de obra mayor para la adecuación de local o establecimiento para el inicio y ejercicio de actividades comerciales minoristas y de determinados servicios en los siguientes supuestos:

  • Que se precisa un proyecto técnico de obra mayor
  • Que el local no tenga licencia de uso
  • Que se modifique el uso existente


Se tramitarán por este procedimiento las siguientes tipologías de obras de adecuación de local, que de acuerdo con el Ley 38/1999, de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación precisan proyecto de obra, que estén relacionadas con el inicio o el ejercicio de una actividad comercial o de determinados servicios:

  • Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.

  • Obras que precisen proyecto de obra y cuyo objetivo sea la modificación del uso de los edificios e instalaciones en general, sin realizarse simultáneamente obras de reforma o ampliación, así como los cambios de titularidad de locales relacionados con actividades comerciales minoristas y prestación de determinados servicios en los supuestos en los que se cambie el uso.


Excepciones o particularidades al procedimiento:

Se excluyen de este procedimiento aquellos tipos de obras que, aún ajustándose a las tipologías descritas con anterioridad, presenten alguna de las siguientes características:

  • Aquellas obras o actuaciones sobre bienes, conjuntos o entornos integrantes del Patrimonio Cultural de Asturias, o sobre edificaciones incluidas en el catálogo municipal.

  • Las obras a realizar en áreas pendientes de desarrollo urbanístico o en construcciones o locales en situación de fuera de ordenación.

  • Las obras cuya competencia y control previo corresponda al Principado de Asturias.

  • Aquellas obras relacionadas con actividades que no estén incluidas en los tipos de actividades aprobados a los que se aplica este procedimiento

  • Las obras que afecten o impliquen uso privativo de bienes de dominio público

  • Las obras en locales con superficie útil de exposición y venta al público igual o superior a 2.500 m2

  • Aquellas otras actividades que superen los umbrales indicados en las tipologías de actividades a las que se aplica este procedimiento

En los supuestos excluidos, las solicitudes de licencias de obras de adecuación de local se tramitarán por el procedimiento ordinario de licencia de obra mayor, excluyéndose del ciclo rápido y por tanto, de los compromisos de plazos.


Consideraciones Generales:

  • La tramitación de este procedimiento se realizará tanto presencial como electrónicamente

  • En el canal presencial se establecerá un mecanismo de cita previa. Se atenderá con carácter preferente a las personas que han confirmado cita previa.

  • Los expedientes en los que se presenten algún tipo de recurso serán remitidos por medios electrónicos al Servicio de Licencias y Disciplina para su tramitación.

  • El procedimiento se configura como un servicio de respuesta inmediata al introducir en la tramitación ordinaria la figura de actuación administrativa para los trámites indicados lo que permite garantizar el cumplimiento de los compromisos de calidad.

  • Los expedientes que resulten de la tramitación de este procedimiento serán expedientes electrónicos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 32 de la ley 11/2007, de 22 de junio. Para ello, se aplicará el procedimiento de digitalización certificada aprobado al efecto para los documentos aportados en el registro de entrada. No existirá soporte papel de estos expedientes.


El procedimiento de Licencia de obra mayor de adecuación de local para aquellas obras que por sus características precisan proyecto técnico o en las que se solicita la licencia de uso o la modificación del existente, se ajustará a la siguiente tramitación:

1. Informe técnico (favorable o desfavorable): firmado electrónicamente por el técnico municipal competente

2. Requerimiento de documentación (suspende los plazos de tramitación): firmado electrónicamente por el personal administrativo. Se tramitará y comunicará al interesado en el momento de la presentación y/o estudio de su solicitud.

3. Propuesta de resolución (favorable o desfavorable)

4. Resolución (favorable o desfavorable).

5. Liquidación impuesto y tasas (si se resuelve la concesión de la licencia)

6. Licencia o, en su caso, notificación de resolución desfavorable.

7. Recurso, en su caso, que será remitido al Servicio de Licencias y Disciplina.

En el supuesto de que se informe favorablemente se aplicará la figura de actuación administrativa automatizada, dado que al automatizar estas tareas no existe intervención de empleado público en la generación de los actos y documentos administrativos. En este sentido, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 18 y 39 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se incorpora en el apartado final del presente documento la relación de sellos electrónicos que se aplicarán, los órganos competentes para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de la calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, indicando el órgano considerado responsable a efectos de impugnación.

La oficina de atención especializada tramita, en su caso, la licencia de adecuación de local y facilita al interesado, junto con la licencia, el modelo normalizado de declaración responsable para el inicio de una actividad inocua.

Finalizada la obra, el interesado presenta el modelo normalizado de declaración responsable, en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, tanto que ha finalizado la obra como que inicia la actividad inocua.

Presentada la declaración responsable se realiza la actividad de control y comprobación a posteriori.

Descripción abreviada del procedimiento

Inicio y ejercicio de actividades comerciales minoristas y de determinados servicios

Tipo de trámite

Licencia de obra mayor de adecuación de local para el inicio y ejercicio de actividades minoristas y de determinados servicios

Materia

Licencias, autorizaciones, comunicaciones previas y declaraciones responsables

Sector

Promoción Económica: Creación de empresas y actividades económicas

Quién

Cualquier persona interesada o representante. La declaración responsable únicamente puede ser suscrita por persona interesada y no cabe la figura de la representación

Información adicional

Existen tres nuevos servicios para ayudar y asesorar a los interesados:

- Servicio de consulta previa de autorización de uso: Tanto presencial, mediante cita previa como electrónicamente se puede solicitar información, con carácter previo a su tramitación, sobre los requisitos que debe cumplir un determinado establecimiento para el ejercicio de una actividad y si la actividad, (el uso) está permitido en dicho local o establecimiento.

- Cita previa: Para evitar esperas en la atención presencial se establece un mecanismo de cita previa. Se atenderá, con carácter prioritario, a las personas que tengan concertada cita.

- Consulta de existencia de la adecuación del local:En el caso de no disponer de justificación sobre la adecuación del local realizada previamente puede consultar la existencia de la misma en los sistemas de información municipales.

Normativa vigente

  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo (T.R.O.T.U.).
  • Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (R.O.T.U.).
  • Decreto 85/1965, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
  • Plan General de Ordenación del Ayuntamiento de Gijón, aprobado por acuerdo plenario de 13 de mayo de 2011.
  • Decreto 119/2010, de 15 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente la revisión de las directrices sectoriales de equipamiento comercial.
  • REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
  • Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
  • Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la citada Ley 17/2009Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
  • Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico a los ciudadanos a los servicios públicos y reglamentos de desarrollo.
  • Real Decreto 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes para la liberación del comercio y de determinados servicios.
  • Ordenanza Municipal de Administración Electrónica, aprobada por el Ayuntamiento Pleno de 12 de febrero de 2010.
  • Resolución de la Alcaldía, de 3 de marzo de 2010, por la que se determina el procedimiento para el tratamiento y tramitación de escritos y solicitudes presentados en el Registro Electrónico.

Requisitos previos

Que el establecimiento o local y la actividad se ajusten lo dispuesto en la normativa urbanística y de edificación y se encuentren incluidas de la resolución de la alcaldía por la que se aprueba el procedimiento.

Documentación a presentar

Tipo de obra
Documentación
Obra mayor (adecuación de local)
  • Proyecto técnico suscrito por facultativo competente para ostentar la condición de proyectista conforme a la legislación y visado por el colegio profesional correspondiente
  • Dirección de Obra

Canales de solicitud

Teléfono

Solicite cita previa a través del 985 18 12 40

Web

Todos los servicios electrónicos requiere acreditación de la identidad a través de los medios indicados en cada uno de los servicios:
Solicitud de cita previa con los técnicos de Te-CREA
Solicitud de licencia de obra
Presentación de declaración responsable para el inicio y ejercicio de actividad inocua
Aportación de documentación
Consulta de existencia de adecuación del local
Consulta previa de autorización de uso

Cajeros ciudadanos

No disponible

Presencial

Te-CREA. Edificio Administrativo "Antiguo Hogar Materno Infantil". Paseo de la Infancia s/n
Red Municipal de Oficinas de Atención al Ciudadano
Más información

Móvil

No disponible

Correo ordinario

Te-CREA. Edificio Administrativo "Antiguo Hogar Materno Infantil". Paseo de la Infancia s/n

Órgano tramitador

Oficina Técnica Especializada para la Creación de Empresas y Actividades

Órgano que resuelve

Concejalía Delegada de Urbanismo y Vivienda

Forma de iniciación

A instancia de parte

Canales de tramitación

Presencial y electrónico

Plazo de presentación

Durante cualquier momento del año previamente a la realización de las obras y al inicio de la actividad

Plazo de resolución

2 meses.
Se establece como compromiso que en caso de cumplir todos los requisitos la licencia de adecuación de local se entregará, en el 90% de informe favorable, en menos de 24 horas y en un 75% en menos de 2 horas.

Nombre de formularios

4.06 Solicitud de licencia de adecuación de local para el inicio y ejercicio de actividades inocuas
4.07 Declaración responsable para el inicio y ejercicio de una actividad inocua

Resultado de tramitación

Se tramita la solicitud de licencia de adecuación de local, en caso necesario y previo a la presentación de la declaración responsable para el inicio y ejercicio de actividades comerciales y de determinados servicos

Efectos silencio

Estimatorio salvo cuando afecten a bienes de dominio público, o cuando debiendo dictarse resolución única con otras licencias o autorizaciones, éstas hayan de entenderse desestimadas conforme a su legislación específica, o cuando afecten a bienes inmuebles incluidos en alguna de las categorías de protección establecidas en la legislación de patrimonio cultural o en su entorno delimitado. No obstante, en ningún caso podrán adquirirse por silencio facultades en contra de las prescripciones de las leyes, planeamiento territorial y urbanístico y demás normativa urbanística o sectorial que resulte aplicable

Normativa silencio

Art. 576 del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias

Denominación tasas

Licencia de adecuación de local:
  • Ordenanza fiscal Nº 3.04: Tasa por licencias Urbanísticas
  • Ordenanza fiscal Nº 2.01 Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras
  • Ordenanza fiscal Nº 3.61 Tasa por ocupación de terrenos de uso público con vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas
Declaración responsable y verificación a posterior para el inicio y el ejercicio de actividades inocuas:
  • No se aplica tasa

Importe tasas

Los que se determinen en las Ordenanzas fiscales vigentes

Medio de pago

  • En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el Edificio Administrativo "Antigua Pescadería Municipal", c/ Cabrales, nº 2. Horario: De lunes a viernes, de 8.30 a 17 horas (excepto meses de Julio y Agosto, que será de 8.30 a 14)
  • ? En cualquier entidad financiera con sucursal en la plaza de Gijón, mediante orden a favor de este Ayuntamiento en la cuenta habilitada al efecto.
  • ? Por Internet, en la dirección www.gijon.es/tpv (hasta 1.500 €).
  • ? En los cajeros de atención al ciudadano del Ayuntamiento de Gijón, tanto en metálico, con tarjeta financiera (por el tpv hasta 1.500 €) o con tarjeta ciudadana

Tipo de servicio

Validado

Palabras clave

Sede electrónica, Gijón, 2011

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