Convocatoria a los centros concertados que imparten educación infantil y educación primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria a participar en la implantación de programas de educación bilingüe inglés-español en el curso 2013-2014. ...
Convocatoria a los centros concertados que imparten educación infantil y educación primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria a participar en la implantación de programas de educación bilingí¼e ingl és-español en el curso 2013-2014.
Consejería:
Consejería de Educación Cultura y Deporte
Dirección General:
Dirección General de Innovación y Centros Educativos
Descripción:
Convocar a los centros concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria que imparten el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, a participar, en el curso 2013-2014, en la implantación de hasta 5 programas de educación bilingí¼e (en adelante PEB) de ingl és-español, dirigidos al alumnado que cursa estas enseñanzas.
Tipo procedimiento:
Otros
Tipo de Inicio:
De oficio
Tipo de destinatario:
Personas Jurídicas
Impresos:
Solicitud, firmada pro el director del centro y debidamente cumplimentada, según el modelo que figura en el anexo I, dirigida al Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Requisitos:
Podrán participar en la convocatoria centros concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria que impartan el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria y que cumplan las siguientes condiciones: a) disponer de profesorado con la adecuada competencia comunicativa en la lengua inglesa para asumir la docencia de las áreas en dicha lengua, de acuerdo a las titulaciones recogidas en la Orden ECD/12/2012, de 21 de febrero (BOC del 29), que regula la acreditación de la competencia comunicativa en los idiomas alemán, franc és e ingl és del profesorado de los cuerpos de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, de profesores t écnicos de Formación Profesional y del cuerpo de maestros. b) Compromiso del claustro de profesores para desarrollar de manera continua el PEB y aprobación, por parte del consejo escolar, de la solicitud de participación en la convocatoria.
Documentación:
a) Proyecto del PEB para el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, en el que deberán incluirse, al menos, los siguientes aspectos: 1. Datos de identificación del centro. 2. Justificación de la solicitud de implantación del PEB. 3. Objetivos que se pretenden conseguir con la puesta en marcha del programa. 4. íreas que se impartirán parcial y progresivamente en lengua inglesa a lo largo de toda la etapa y justificación de la elección de las mismas. 5. Relación del profesorado acreditado participante, según anexo IV, especificando el área que va a impartir en el programa y la titulación o documentación que justifique su competencia en lengua inglesa, según lo establecido en la base decimotercera. 6. Datos del coordinador del programa. 7. Actuaciones que pueden favorecer la atención a la diversidad de este alumnado tanto en las áreas o materias que se van a cursar a trav és del programa, como en relación con su integración con el resto del alumnado en las demás áreas o materias. 8. Previsión de aspectos organizativos y de coordinación, especificando, entre otros, los agrupamientos, la distribución horaria de la lengua extranjera y de las áreas o materias impartidas en la lengua inglesa y la coordinación entre el profesorado. En la organización que se presente, los centros procurarán no aumentar el número de profesores que componen el equipo docente de los grupos que participen en el PEB, sin que en ningún caso la implantación de este programa modifique el concierto educativo aprobado. b) Además, todos los centros que deseen particiapar en esta convocatoria deberán presentar: 1. Certificado de la sesión del consejo escolar del centro en que conste la aprobación de la solicitud de participación en esta convocatoria. 2. Certificado de la sesión del claustro de profesores del centro en que conste el compromiso del programa. 3. Declaración responsable que deberá presentar cada profesor para justificar la adecuada competencia comunicativa en la lengua inglesa, en la que se indique el título que avala dicha competencia y el año en el que se expidió (anexo IV). 4. Compromiso de los profesores participantes (anexo II). c) Documentación adicional que a presentar para poder ser objeto de valoración de acuerdo a lo establecido en la base cuarta: 1. Documento, firmado por el director del centro, en el que se especifiquen las actividades realizadas para la promoción del ambiente plurilingí¼e e intercultural en el centro, y la participación de la comunidad educativa en actividades, planes y proyectos relacionados con la mejora de las lenguas extranjeras o el fortalecimiento de las mismas en los últimos dos años, según anexo III. 2. Declaración responsable firmado por el director en el que se indique que el centro tiene autorizado un proyecto de innovación para la mejora de la enseñanza del ingl és en el curso 12-13 (anexo V). 3. Declaración responsable firmada por el director del centro en el que se indique las unidades concertadas con las que el centro docente cuente para la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y el alumnado con necesidades de compensación de desigualdades en educación.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
15 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el BOC.
Fecha:
09 de octubre del 2013
Lugar presentación :
Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (calle Vargas 53, 7ª planta), 39010, Santander ), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105, apartado 4, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Innovación y Centros Educativos. / Artículo 59 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
í?rgano resuelve / Norma atributiva:
Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte / Artículo 33 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de resolución:
3 meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Desestimatorios.
Vía administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada /1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es/ Consejo de Gobierno.
Normativa:
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Orden ECD/12/2012, de 21 de febrero (BOC del 29), que regula la acreditación de la competencia comunicativa en los idiomas alemán, franc és e ingl és del profesorado de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, de profesores t écnicos de formación profesional y del cuerpo de maestros.
Información al ciudadano:
Tel éfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
3785304
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