Impuesto único sobre revalorización de activos (Modelo 408)
Declarar e ingresar a Hacienda Tributaria de Navarra la cuota resultante de la actualización monetaria de valores contables.
Plazo
Abierto todo el año.
- Para sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se presentará e ingresará conjuntamente con la declaración del Impuesto correspondiente al periodo impositivo 2012.
- Del mismo modo, para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, será coincidente con la declaración de estos Impuestos relativa al periodo impositivo al que corresponda el balance en el que constan las operaciones de actualización.
Presentación
Dirigido a
- Sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades
- Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente
Más información
- Los sujetos pasivos o los contribuyentes que practiquen la actualización deberán satisfacer un gravamen único del 5 por ciento sobre el saldo acreedor de la cuenta "Reserva de revalorización de la Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias aprobada el 20 de diciembre de 2012".
- Tratándose de sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que estuvieran obligados a llevar los libros registro de su actividad empresarial o profesional, el gravamen único recaerá sobre el incremento neto de valor de los elementos patrimoniales actualizados.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Trámite
Puede acceder mediante:
- Certificado digital válido o DNI electrónico (consulte la guía para tramitar por internet), o
- NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Ayuda para tramitación telemática
En las oficinas
Deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática
Normativa
- Orden Foral 180/2013 de 28 de mayo sobre el Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley Foral 21/2012 (BON nº 108 de 7/06/2013).
- La Disposición adicional primera de la Ley Foral 21/2012, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias
Contacto
- Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a:
Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152
Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es - Para la resolución de problemas informáticos:
Teléfono de soporte técnico: 948 013 555
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es
Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante
Economia y Hacienda.
Hacienda Tributaria de Navarra.
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