Devolución de tributos municipales, multas y precios públicos pagados al Ayuntamiento de Barcelona
El trámite permite solicitar al Ayuntamiento que devuelva el importe pagado de tributos municipales, multas y precios públicos.
La devolución se hará siempre mediante transferencia bancaria.
¿Qué puede hacer?
Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo todo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.
Con este formulario podrá solicitar el retorno del importe pagado de los conceptos siguientes:
- Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
- Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
- Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía)
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM)
- Multas, si ha recibido una resolución estimatoria de las alegaciones o recursos presentados
Para pedir la devolución de otro tipo de tributo o precio público tendrá que seguir el procedimiento de este mismo trámite, que indica cómo se tramita sin certificado digital.
Rellene el formulario.
Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.
Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.
Después
- Una vez aprobada la devolución, recibirá el importe por transferencia bancaria. En caso contrario recibirá la correspondiente resolución.
Tenga a mano
- Datos bancarios
- Identificador Precio público residuos
- Identificador IAE
- Identificador del inmueble
- Matrícula del vehículo
- Identificador del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos o Plusvalía
En caso que se hayan modificado y no se haya notificado al Ajuntament de Barcelona o bien sea la primera vez que solicita una subvención.
Código de números y ocasionalmente una letra que se encuentra en la parte superior derecha de un recibo del Precio público por la prestación del servicio de recogida de residuos en periodo voluntario de pago.
Código de números y ocasionalmente una letra que se encuentra en la parte superior derecha de un recibo del IAE en periodo voluntario de pago.
Código de números y ocasionalmente una letra que se encuentra en la parte superior derecha de un recibo del IBI en periodo de pago voluntario.
¿Quién lo puede pedir?
La persona que consta como titular del recibo a retornar, que debe ser obligatoriamente la titular de la cuenta bancaria donde se tiene que efectuar la transferencia
Documentación
Recuerde que deberá tener la documentación preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.
En función del motivo de la devolución deberá presentar la documentación justificativa que se indica a continuación.
Devolución del impuesto sobre actividades económicas (IAE)
- Baja de actividad: documento de baja del IAE (impreso 840), sellado por la Agencia Tributaria.
- Exención concedida durante los 2 primeros años de actividad: certificado o resolución de la Agencia Tributaria.
- Bonificación o exención concedida por el Instituto Municipal de Hacienda (IMH): resolución del IMH por la que se concede la bonificación o exención.
- Variación de cualquier elemento tributario: documento de variación de IAE (impreso 840), sellado por la Agencia Tributaria.
- Importe de facturación inferior a 1.000.000 de euros: certificado o resolución de la Agencia Tributaria.
- Pago del recibo por duplicado: recibos pagados.
Devolución del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
- Concesión de bonificación o exención: resolución estimatoria.
- Duplicidad de liquidaciones por segregación del inmueble: recibos pagados.
- Venta del inmueble: escritura, en caso de que no se haya presentado con la autoliquidación de plusvalía.
- Pago del recibo por duplicado: recibos pagados.
- Resolución de la Dirección General del Catastro: copia de la resolución.
Devolución del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía)
- Duplicidad de autoliquidaciones por la misma transmisión: copia de la escritura.
- Error en la cuota de participación: copia de la escritura.
- Error en los datos de transmisión o adquisición: copia de la escritura.
Devolución del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM)
- Baja por cesión a Barcelona de Servicios Municipales (BSM) o a la Guardia Urbana: fotocopia de la cesión sellada por BSM o Guardia Urbana.
- Cambio de domicilio del vehículo: permiso de circulación del vehículo.
- Pago por duplicado: recibos pagados.
- Error en características técnicas del vehículo: ficha técnica del vehículo.
- Error en importe autoliquidación: ficha técnica del vehículo.
- En los casos de baja definitiva, baja temporal por sustracción del vehículo o transferencia, no se tiene que adjuntar documentación.
Devolución del Precio público de recogida de basuras (SL)
- Baja de la actividad: documento de baja de la actividad (impreso 840, 036, 037), sellado por la Agencia Tributaria.
- Baja por disolución de la sociedad: escrituras de disolución, fusión o absorción.
- Variación de cualquier elemento tributario: documentación de variación de IAE (impreso 840, 036, 037), sellado por la Agencia Tributaria.
- Pago del recibo por duplicado: recibos pagados.
- Agrupación de actividades: impreso de solicitud de agrupación.
- Reducción del 10% por acuerdo cívico: certificado de colegiación o del gremio.
- Reducción por empresa homologada.
Fechas
El derecho a solicitar la devolución de ingresos prescribe a los 4 años desde la fecha del ingreso.
Precio
Trámite gratuito.
Organismo responsable
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Avenida Diagonal, 230, Barcelona
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