Comunicación de la baja temporal de un vehículo hecha en la Jefatura Provincial de Tráfico

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Comunicación de la baja temporal de un vehículo hecha en la Jefatura Provincial de Tráfico

Comunicación al Ayuntamiento de la baja en el padrón del impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) por haber retirado temporalmente un vehículo de la circulación.

La baja temporal puede ser:

  • por motivos personales
  • por haber entregado el vehículo a un compraventa
  • por sustracción del vehículo
y lo tiene que tramitar en la Jefatura Provincial de Tráfico..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona física o jurídica que conste en el permiso de circulación como titular del vehículo que se ha dado de baja temporal o cualquier otra con su autorización expresa.

CUÁNDO SE PUEDE HACER

El Ayuntamiento actualiza automáticamente sus bases de datos con las facilitadas por Tráfico.

En caso de detectar que el año siguiente al que tramita en Tráfico la baja temporal le llegue el recibo o la domiciliación para hacer el pago del IVTM puede realizar este trámite..

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

POR INTERNET:
Requisitos
  • Haber presentado la baja temporal del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico.

En caso de que le llegue el recibo para hacer el pago del IVTM el año siguiente al que tramita en Tráfico la baja temporal, puede aportar la documentación necesaria al departamento enviándola a través del correo electrónico tributs.contribuents@l-h.cat

Recuerde marcar la confirmación de lectura para tener constancia que se ha recibido el correo en el departamento.

Documentación necesaria
  • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o NIF de la persona jurídica, según el caso (fotocopia).
  • Documento de baja temporal sellado por la Jefatura Provincial de Tráfico (fotocopia).
PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Requisitos
  • Haber presentado la baja temporal del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico.

En caso de que le llegue el recibo o la domiciliación del pago del IVTM el año siguiente en que tramita en Tráfico la baja temporal, puede presentar la documentación necesaria en la oficina indicada.

Documentación necesaria
  • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o NIF de la persona jurídica, según el caso (original).
  • Documento de baja temporal sellado por la Jefatura Provincial de Tráfico (fotocopia).
Impresos asociados
  • Oficina de Atención Tributaria

    C. Girona n° 10, 1 pis. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

    Mapa

QUÉ PASA DESPUÉS

Tiene que pagar el importe entero del IVTM el año que da de baja temporal el vehículo en los casos de motivos personales y entrega de vehículo a un compraventa.

En caso de robo, que se paga hasta la fecha de la anotación de la denuncia en la Jefatura Provincial de Tráfico y para el resto del importe podrá solicitar la devolución de la parte proporcional (prorrateo trimestral) siguiendo las instrucciones de los trámites relacionados al final de esta página, si corresponde.

Cuando vuelva a dar de alta un vehículo dado de baja temporal tiene que gestionar el pago de los trimestres de IVTM que queden para acabar el año en la Jefatura Provincial de Tráfico.

TIEMPO DE RESPUESTA

Inmediato, en el momento de la comunicación.

NORMATIVA APLICABLE

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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

  • Oficina de Atención Tributaria

    Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

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ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Ã?rgano de Gestión Tributaria.

Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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