Propuesta de Informe municipal de adecuación de la vivienda (para renovación de residencia en virtud de reagrupamiento familiar)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Propuesta de Informe municipal de adecuación de la vivienda (para renovación de residencia en virtud de reagrupamiento familiar)

Propuesta de Informe emitido por el ayuntamiento para acompañar al trámite de solicitud del Informe de adecuación de la vivienda para renovación de las autorizaciones de residencia en virtud del reagrupamiento familiar de la Generalitat de Catalunya (Procedimiento regulado en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril).

El documento propuesta de Informe de adecuación de la vivienda para renovación de la autorización de residencia de familiares reagrupados, es lo que sirve para renovar las autorizaciones de residencia de los familiares reagrupados si ha habido un cambio de domicilio desde la última renovación

Sólo hace falta una solicitud por vivienda y se tiene que especificar cuántas personas tienen que renovar la autorización de residencia en virtud del reagrupamiento familiar..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Persona extranjera no comunitaria que reagrupó a sus familiares, que renueva las TIE, que está empadronada en L'Hospitalet y que ha cambiado de domicilio desde la última renovación.

Cualquier otra persona con autorización expresa de la persona titular.

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Requisitos
  • Tener cita previa con el departamento gestor , siguiendo las instrucciones del trámite correspondiente enlazado al final de esta página.
  • Disponer de TIE pendiente de renovar
  • Estar empadronado en L'Hospitalet

Para obtener este informe tiene que pedir una primera cita con el departamento gestor, muestre la documentación requerida y, posteriormente, allí mismo se le dará una segunda cita para seguir con el trámite.

NO SE ATENDERÁ SIN CITA PREVIA. ES RECOMENDABLE DISPONER DE TODA LA DOCUMENTACIÓN A CADA CITA.

Siga las instrucciones del trámite correspondiente enlazado al final de esta página. Una vez tenga la cita tendrá que ir al departamento gestor con la documentación indicada a continuación.

Documentación necesaria

La documentación necesaria para la totalidad del trámite es la siguiente. Recuerde aportar original y fotocopia de toda la documentación:

1ª cita . Sólo tendrá que mostrar:

  • Tarjeta de residencia (TIE) vigente renovada, resguardo o solicitud de renovación de la persona solicitante
2ª cita (que le darán en el momento de la primera cita, en la misma oficina gestora). Recuerde aportar original y fotocopia de toda la documentación:
  • Autoliquidación de la tasa por la elaboración del documento propuesta de informes de adecuación de la vivienda por renovación de familiares reagrupados (Ordenanza Fiscal nº. 2.18) y la tasa de la Generalitat de Catalunya con la autoidentificación mecánica del pago.
  • Solicitud de informe de adecuación de la vivienda para renovación de las autorizaciones de residencia en virtud del reagrupamiento familiar de la Generalitat de Catalunya debidamente rellenada y firmada por el solicitante. Se puede encontrar en la oficina del apartado "presencialmente o en http://treballiaferssocials.gencat.cat/ca/detalls/Article/immigracio-persones-fisiques
  • Pasaporte vigente de la persona solicitante (aportar fotocopia de la/las páginas que contienen datos, fotografía y vigencia)
  • Tarjeta de residencia vigente renovada, resguardo o solicitud de renovación.
  • Escritura de propiedad o contrato de alquiler de la vivienda debidamente registrado y con depósito de fianza en el Incasol.
  • Último recibo del alquiler a nombre del solicitante y última factura correspondiente a alguno de los suministros de la vivienda (agua y luz) donde conste la dirección de la vivienda.
  • Si quiere justificar que alguna persona empadronada en su domicilio ya consta en otro municipio o que se ha marchado del país, puede aportar el documento de la tramitación al Padrón Municipal de Habitantes según el caso (baja, copia del alta en otro municipio, volante de padrón en otro municipio, etc.).
En todos los casos, Si es la persona representante del solicitante , tendrá que aportar también:
  • Autorización firmada por el titular.
  • Fotocopia de la TIE/passaport del titular.
  • DNI/TIE/passaport (original y fotocopia) de la persona representante.
Impresos asociados

QUÉ PASA DESPUÉS

El día de la primera cita se le entregará la solicitud del informe, la diligencia con la documentación requerida, día y hora para la segunda cita y la tasa municipal necesaria para la tramitación del informe técnico. Dispondrá de 7 días hábiles para abonarla en una oficina bancaria y presentar la liquidación.

En la segunda cita se recogerá la documentación requerida y se hará la entrevista para valorar el grado de integración social.

No se iniciará ningún trámite administrativo sin la previa liquidación de la mencionada tasa.

El Ayuntamiento emitirá y notificará la propuesta de informe a la Generalitat de Catalunya.

Posteriormente, será la Generalitat de Catalunya la responsable de resolver el expediente. Un golpe resuelto os enviará un aviso por el medio solicitado para notificaros donde y cuando tenéis que recoger el informe.

Una vez tenga el informe, lo tendrá que entregar en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación de Gobierno en Barcelona. Para hacerlo tendrá que reservar una cita previa a: https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustie/acEntrada

PRECIO

Según las ordenanzas municipales vigentes.

TIEMPO DE RESPUESTA

El plazo máximo para emitir y notificar el informe a la Generalitat de Catalunya es de 30 DÍAS HÁBILES desde que se registra la solicitud.

Pasado este plazo, el Ayuntamiento enviará el documento propuesta del informe a la Generalitat aunque no se haya aportado la documentación requerida.

NORMATIVA APLICABLE

. INSTRUCCIÓN DGI/BSF/1/2014 por la cual se establecen los criterios generales para la elaboración de los informes de extranjería competencia de la Generalitat de Catalunya..

SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

.

ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Sin resolución de órgano.

TRÁMITES RELACIONADOS


Oficinas de la administración

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Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

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Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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