Ciudad de México

  • Atención Ciudadana en materia de No Discriminación

    Unidad normativa: Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México

    Atención de presuntos actos de discriminación cometidos en la Ciudad de México por particulares (personas o empresas) o entes públicos del Gobierno de la Ciudad de México, a través de la orientación, asesoría jurídica, canalización ante las instancias correspondientes o inicio del procedimiento de queja o reclamación.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física o moral. Toda persona que viva o transite en la Ciudad de México que haya sufrido un acto presuntamente discriminatorio.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    o Licencia para Conducir - original

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original

    o Cédula Profesional - original

    o Pasaporte - original

    o Certificado de Nacionalidad Mexicana - original

    o Carta de Naturalización - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    *En el Consejo se atenderá a todas las personas independientemente de que corresponde a las personas asesoras calificar un caso como de discriminación.
    *De las vías de ingreso de solicitudes al Consejo: la personal puede ser presencial o por escrito y la vía electrónica será en la cuenta de correo electrónico que puede ser consultada en la página oficial.
    *Cuando por vía telefónica o electrónica se narren hechos que puedan dar origen a una queja o reclamación se pedirá a la persona solicitante acudir personalmente al Consejo para su ratificación.
    *En algunos casos se podrán aceptar otras identificaciones o que no se presente (por ejemplo, personas integrantes de poblaciones callejeras o migrantes).
    *En caso de que se inicie procedimiento de queja o reclamación, se asigna número de expediente y se procede a convocar a una reunión conciliatoria entre las partes para llegar a acuerdos, mismos a los que el Consejo dará seguimiento para que se cumplan, una vez terminado lo anterior, se elabora acuerdo de conclusión.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta o se comunica vía telefónica o electrónica al área de Atención Ciudadana y expone los presuntos actos de discriminación.

    02

    Actor: Servidor público

    Atiende, da respuesta, y en su caso, explica el procedimiento de queja o reclamación e inicia expediente.

    En línea

    • Sólo una parte del servicio puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea

    Por teléfono

    53413010

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Orientación jurídica, canalizaciones, gestiones a favor de la persona solicitante y en su caso inicio del procedimiento de queja o reclamación y búsqueda de vías para resarcir el daño.


    Plazo máximo de respuesta:

    5 días hábiles

    Ley para prevenir y eliminar la discriminación del Distrito Federal Artículos 33, 35, 37 fracción XXIII y XXV y del 54 al 78.

    Estatuto Orgánico del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México Artículos 3, 7 fracción VI, 8 fracción XXIII y del 66 al 92.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    o Licencia para Conducir - original

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original

    o Cédula Profesional - original

    o Pasaporte - original

    o Certificado de Nacionalidad Mexicana - original

    o Carta de Naturalización - original

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    *En el Consejo se atenderá a todas las personas independientemente de que corresponde a las personas asesoras calificar un caso como de discriminación.
    *De las vías de ingreso de solicitudes al Consejo: la personal puede ser presencial o por escrito y la vía electrónica será en la cuenta de correo electrónico que puede ser consultada en la página oficial.
    *Cuando por vía telefónica o electrónica se narren hechos que puedan dar origen a una queja o reclamación se pedirá a la persona solicitante acudir personalmente al Consejo para su ratificación.
    *En algunos casos se podrán aceptar otras identificaciones o que no se presente (por ejemplo, personas integrantes de poblaciones callejeras o migrantes).
    *En caso de que se inicie procedimiento de queja o reclamación, se asigna número de expediente y se procede a convocar a una reunión conciliatoria entre las partes para llegar a acuerdos, mismos a los que el Consejo dará seguimiento para que se cumplan, una vez terminado lo anterior, se elabora acuerdo de conclusión.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta o se comunica vía telefónica o electrónica al área de Atención Ciudadana y expone los presuntos actos de discriminación.

    02

    Actor: Servidor público

    Atiende, da respuesta, y en su caso, explica el procedimiento de queja o reclamación e inicia expediente.

    En línea

    • Sólo una parte del servicio puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea

    Por teléfono

    53413010

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

  • Atención Integral vía telefónica a víctimas del delito de trata de personas, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil

    Unidad normativa: FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Brindar orientación y atención a las personas que han sido víctimas del delito de trata de personas, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil que requieran asesoría jurídica o psicológica vía telefónica.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Quien se encuentra en situación de víctima del delito de trata de personas, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil y requiera asesoría jurídica o psicológica vía telefónica.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Este servicio se brinda a personas con domicilio en el Distrito Federal o en situación de víctimas del delito de trata de personas, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil cometido en el Distrito Federal.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Comunicarse al número telefónico 5346 8800 y solicitar la asistencia de personal especializado para asesoría legal y/o intervención en crisis, y en su caso, la canalización de las personas en situación de víctimas a las instancias médicas hospitalarias, y las distintas áreas de la Procuraduría de Justicia, como lo son la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas, Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Delitos Sexuales, y al Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe llamado de asesoría legal y/o psicológica y se canaliza a la servidora pública requerida, quien dará debida atención a la persona solicitante, preguntado si sus dudas fueron aclaradas o si necesitan otro servicio, en cuyo caso será canalizado al área correspondiente.

    Por teléfono

    5346 8800

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención jurídica o psicológica vía telefónica


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20, apartado C

    Código Nacional de Procedimientos Penales Artículo 109

    Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Artículo 9 y 9 Ter

    Ley de Atención y Apoyo a las víctimas del delito para el Distrito Federal Artículos 7, 11, y 13

    Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículos, 1, 2 fracciones IV, V, VI, VII, 9, 12 y 33

    Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal Artículos 3 al 9, 11, 13 al 15

    Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículos 76, 77, y 78

    Acuerdo A/001/2009 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se establece la Línea Telefónica para la Atención de las Víctimas de Trata de Personas, Abuso Sexual y Explotación Sexual Comercial Infantil Aplica todo el documento

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Este servicio se brinda a personas con domicilio en el Distrito Federal o en situación de víctimas del delito de trata de personas, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil cometido en el Distrito Federal.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Comunicarse al número telefónico 5346 8800 y solicitar la asistencia de personal especializado para asesoría legal y/o intervención en crisis, y en su caso, la canalización de las personas en situación de víctimas a las instancias médicas hospitalarias, y las distintas áreas de la Procuraduría de Justicia, como lo son la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas, Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Delitos Sexuales, y al Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe llamado de asesoría legal y/o psicológica y se canaliza a la servidora pública requerida, quien dará debida atención a la persona solicitante, preguntado si sus dudas fueron aclaradas o si necesitan otro servicio, en cuyo caso será canalizado al área correspondiente.

    Por teléfono

    5346 8800

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención jurídica o psicológica vía telefónica


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20, apartado C

    Código Nacional de Procedimientos Penales Artículo 109

    Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Artículo 9 y 9 Ter

    Ley de Atención y Apoyo a las víctimas del delito para el Distrito Federal Artículos 7, 11, y 13

    Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículos, 1, 2 fracciones IV, V, VI, VII, 9, 12 y 33

    Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal Artículos 3 al 9, 11, 13 al 15

    Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículos 76, 77, y 78

    Acuerdo A/001/2009 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se establece la Línea Telefónica para la Atención de las Víctimas de Trata de Personas, Abuso Sexual y Explotación Sexual Comercial Infantil Aplica todo el documento

  • Atención a emergencias

    Unidad normativa: HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Servicio que proporciona atención a emergencias que pudieran poner en riesgo a la ciudadanía ya sean incendios, fugas de gas, choques, volcaduras, inundaciones, rescate de personas, retiro de árboles caídos, supresión y control de derrames de sustancias peligrosas, captura de animales, cables caídos, encharcamientos, retiro de enjambres, entre otras.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Personas que solicitan atención a emergencias que pudieran poner en riesgo su integridad física.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01

    Nombre completo del solicitante.

    02

    Ubicación exacta de la emergencia.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Llama para solicitar el apoyo a su emergencia.

    02

    Actor: Call Center

    Recibe la llamada y canaliza al área competente para atender la emergencia.

    Por teléfono

    068, 57682554 o 57683700

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención a la Emergencia.


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal Artículo 6.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01

    Nombre completo del solicitante.

    02

    Ubicación exacta de la emergencia.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Llama para solicitar el apoyo a su emergencia.

    02

    Actor: Call Center

    Recibe la llamada y canaliza al área competente para atender la emergencia.

    Por teléfono

    068, 57682554 o 57683700

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención a la Emergencia.


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal Artículo 6.

  • Atención a personas en situación de calle o abandono social en los Centros de Asistencia e Integración Social (C.A.I.S.)

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    A través de 10 Centros de Asistencia e Integración Social (CAIS), se atiende a la población vulnerable, en abandono social o en situación de calle, brindando servicios asistenciales.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Personas en situación de calle o en situación de abandono, particularmente a niñas, niños, jóvenes en situación de riesgo y de calle; personas adultas y adultas mayores, madres solteras con hijos pequeños, personas con discapacidad.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01

    Encontrarse en situación de calle o abandono social.

    02

    No contar con servicios de atención médica en instituciones públicas o privadas.

    03

    Tener carencias en materia de alimentación, vestido y vivienda.

    04

    Ser residente de la Ciudad de México

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    *El plazo máximo de respuesta dependerá de la capacidad de cada C.A.I.S.
    *En caso de que el solicitante no cumpla con el perfil de ingreso al C.A.I.S., se le brindará asesoría para ser canalizado a la institución adecuada.
    Previo al ingreso al C.A.I.S., el solicitante deberá contar con la valoración médica, resumen del estudio de trabajo social y en su caso la valoración psiquiátrica realizada por la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social.
    Todos los servicios otorgados se realizan con el consentimiento expreso, previo, libre e informado del beneficiario.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude al Área de Atención Ciudadana de la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social y solicita los servicios que requiere.

    02

    Actor: Servidor público

    Realiza la valoración del caso y canaliza al solicitante al CAIS, de acuerdo a su situaciòn y a las características fìsicas y mentales del beneficiario e informa al peticionario la resolución de la valoración y, en su caso realiza la canalización.

    03

    Actor: Ciudadano

    Ingresa al CAIS.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Servicios Sociales como Alojamiento, Alimentación, Vestido, Apoyo de Trabajo Social, Apoyo Psicológico, Servicio Médico de primer nivel y canalización a segundo y tercer nivel, Servicio Odontológico, Actividades Recreativas, Culturales y Deportivas, Talleres y Actividades Ocupacionales y Seguimiento en actividades de la vida diaria.


    Plazo máximo de respuesta:

    10 días hábiles

    Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Art. 28, fracción VIII, IX, X, XI y XII.

    Ley de Asistencia e Integración Social para el Distrito Federal Art. 6, 8, 9, 10, fracción II, 11 y 12 fracciones I, III y IV

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01

    Encontrarse en situación de calle o abandono social.

    02

    No contar con servicios de atención médica en instituciones públicas o privadas.

    03

    Tener carencias en materia de alimentación, vestido y vivienda.

    04

    Ser residente de la Ciudad de México

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    *El plazo máximo de respuesta dependerá de la capacidad de cada C.A.I.S.
    *En caso de que el solicitante no cumpla con el perfil de ingreso al C.A.I.S., se le brindará asesoría para ser canalizado a la institución adecuada.
    Previo al ingreso al C.A.I.S., el solicitante deberá contar con la valoración médica, resumen del estudio de trabajo social y en su caso la valoración psiquiátrica realizada por la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social.
    Todos los servicios otorgados se realizan con el consentimiento expreso, previo, libre e informado del beneficiario.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude al Área de Atención Ciudadana de la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social y solicita los servicios que requiere.

    02

    Actor: Servidor público

    Realiza la valoración del caso y canaliza al solicitante al CAIS, de acuerdo a su situaciòn y a las características fìsicas y mentales del beneficiario e informa al peticionario la resolución de la valoración y, en su caso realiza la canalización.

    03

    Actor: Ciudadano

    Ingresa al CAIS.

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Servicios Sociales como Alojamiento, Alimentación, Vestido, Apoyo de Trabajo Social, Apoyo Psicológico, Servicio Médico de primer nivel y canalización a segundo y tercer nivel, Servicio Odontológico, Actividades Recreativas, Culturales y Deportivas, Talleres y Actividades Ocupacionales y Seguimiento en actividades de la vida diaria.


    Plazo máximo de respuesta:

    10 días hábiles

    Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Art. 28, fracción VIII, IX, X, XI y XII.

    Ley de Asistencia e Integración Social para el Distrito Federal Art. 6, 8, 9, 10, fracción II, 11 y 12 fracciones I, III y IV

  • Atención a vicios ocultos

    Unidad normativa: INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Servicio mediante el cual, los beneficiarios de las viviendas, dentro de los 2 primeros años a partir de la terminación de la obra, presentan una solicitud de atención a vicios ocultos, que son los detalles inherentes a la obra que solo pueden detectarse a través del tiempo y del uso de las instalaciones.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Beneficiarios del Programa de Vivienda en Conjunto, cuyas viviendas no tengan más de dos años desde su terminación.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    02

    Documento que acredite al solicitante como beneficiario de la vivienda o servicio complementario, expedido por el INVI.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Las solicitudes deberán ser presentadas por los titulares de las viviendas, proporcionando número telefónico para contacto.
    Las garantías por vicios ocultos solicitadas contractualmente a las empresas solo tienen vigencia de 2 años a partir de la conclusión de la obra, por lo que una vez transcurrido ese tiempo, las solicitudes serán improcedentes.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Elabora escrito libre dirigido a la Dirección de Asistencia Técnica

    02

    Actor: Ciudadano

    Entrega escrito libre en la Dirección de Asistencia Técnica.

    03

    Actor: Servidor público

    Recibe escrito libre y verifica que la solicitud este en tiempo.

    04

    Actor: Servidor público

    Realiza visita técnica a la vivienda para verificar que en efecto se trate de Vicios Ocultos

    05

    Actor: Servidor público

    En caso de tratarse de vicios ocultos informa a la empresa constructora para dar atención. Si la solicitud no corresponde a vicios ocultos se informa por escrito al solicitante la improcedencia.

    06

    Actor: Servidor público

    Da seguimiento a la atención e informa al solicitante al término de los trabajos.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    No se obtiene documento alguno


    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

    Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. 4.6.3, 5.2.4 y 5.4.1

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    02

    Documento que acredite al solicitante como beneficiario de la vivienda o servicio complementario, expedido por el INVI.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Las solicitudes deberán ser presentadas por los titulares de las viviendas, proporcionando número telefónico para contacto.
    Las garantías por vicios ocultos solicitadas contractualmente a las empresas solo tienen vigencia de 2 años a partir de la conclusión de la obra, por lo que una vez transcurrido ese tiempo, las solicitudes serán improcedentes.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Elabora escrito libre dirigido a la Dirección de Asistencia Técnica

    02

    Actor: Ciudadano

    Entrega escrito libre en la Dirección de Asistencia Técnica.

    03

    Actor: Servidor público

    Recibe escrito libre y verifica que la solicitud este en tiempo.

    04

    Actor: Servidor público

    Realiza visita técnica a la vivienda para verificar que en efecto se trate de Vicios Ocultos

    05

    Actor: Servidor público

    En caso de tratarse de vicios ocultos informa a la empresa constructora para dar atención. Si la solicitud no corresponde a vicios ocultos se informa por escrito al solicitante la improcedencia.

    06

    Actor: Servidor público

    Da seguimiento a la atención e informa al solicitante al término de los trabajos.

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    No se obtiene documento alguno


    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

    Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. 4.6.3, 5.2.4 y 5.4.1

  • Atención al maltrato infantil en la familia

    Unidad normativa: SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Servicio a través del cual se designa personal de trabajo social para la investigación y asistencia social de las niñas, niños y adolescentes, referidos en un reporte de maltrato infantil el cual se puede realizar vía telefónica, electrónica y presencial.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Persona física que sea víctima o testigo de algún tipo de maltrato infantil.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Para el registro de los reportes se deberá contar por lo menos con los siguientes datos:
    • Nombre, apellidos y número telefónico del ciudadano reportante.
    • Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero, así como, parentesco del o los presuntos agresores de los niños, niñas o adolescentes involucrados.
    • Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero así como ocupación de la madre, padre, responsables de los cuidados, custodia, curatela o tutela de la niña, niño o adolescente.
    • Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero, así como grado escolar del niño, niña o adolescente motivo de asistencia.
    • Descripción de los hechos.
    • Datos del domicilio donde ocurren los hechos.
    Correo electrónico: difinalmaltrato@dif.cdmx.gob.mx
    Informes y orientación al teléfono 56057552 , 91832996

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Realiza reporte de maltrato infantil.

    02

    Actor: Servidor público

    Registra reporte en el sistema informático, se asigna a Trabajador /a Social para realizar investigación de tipo social.

    03

    Actor: Servidor público

    (Trabajo Social): Realiza visita domiciliaria para verificar situación familiar del menor y corroborar o descartar motivo del reporte.

    04

    Actor: Ciudadano

    (Familia en Atención): Recibe Tratamiento Social.

    05

    Actor: Servidor público

    (Trabajo Social): Elabora informe de resultados .

    En línea

    • Sólo una parte del servicio puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea

      realizar en línea

    Por teléfono

    56057552

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención al reporte de Maltrato Infantil


    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

    Ley General de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes. Artículos 14, 15, 16, 17, 36, 43, 46, 47, 50, 53, 55, 57, 60, 65, 71, 75, 76,82,122 y 123.

    Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México Artículo 16 BIS fracciones III, VI, XII y XX.

    Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México. Artículos 1, 2, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 111, 112 113 Fracción II

    Protocolo de Atención Integral al Maltrato contra Niñas, Niños y Adolescentes en su Entorno Familiar. .

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Para el registro de los reportes se deberá contar por lo menos con los siguientes datos:
    • Nombre, apellidos y número telefónico del ciudadano reportante.
    • Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero, así como, parentesco del o los presuntos agresores de los niños, niñas o adolescentes involucrados.
    • Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero así como ocupación de la madre, padre, responsables de los cuidados, custodia, curatela o tutela de la niña, niño o adolescente.
    • Nombre y de preferencia apellidos, edad aproximada, genero, así como grado escolar del niño, niña o adolescente motivo de asistencia.
    • Descripción de los hechos.
    • Datos del domicilio donde ocurren los hechos.
    Correo electrónico: difinalmaltrato@dif.cdmx.gob.mx
    Informes y orientación al teléfono 56057552 , 91832996

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Realiza reporte de maltrato infantil.

    02

    Actor: Servidor público

    Registra reporte en el sistema informático, se asigna a Trabajador /a Social para realizar investigación de tipo social.

    03

    Actor: Servidor público

    (Trabajo Social): Realiza visita domiciliaria para verificar situación familiar del menor y corroborar o descartar motivo del reporte.

    04

    Actor: Ciudadano

    (Familia en Atención): Recibe Tratamiento Social.

    05

    Actor: Servidor público

    (Trabajo Social): Elabora informe de resultados .

    En línea

    • Sólo una parte del servicio puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea

      realizar en línea

    Por teléfono

    56057552

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención al reporte de Maltrato Infantil


    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

    Ley General de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes. Artículos 14, 15, 16, 17, 36, 43, 46, 47, 50, 53, 55, 57, 60, 65, 71, 75, 76,82,122 y 123.

    Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México Artículo 16 BIS fracciones III, VI, XII y XX.

    Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México. Artículos 1, 2, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 111, 112 113 Fracción II

    Protocolo de Atención Integral al Maltrato contra Niñas, Niños y Adolescentes en su Entorno Familiar. .

  • Atención inicial en trabajo social a usuarios y victimas de poblaciones vulnerables

    Unidad normativa: FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Servicio de atención inmediata a personas interesadas que sufren algún tipo de violencia entre familiares, en la escuela o discriminación o bien reporte consumir sustancias adictivas, así como las y los adolescentes que están en riesgo y que han abandonado sus hogares y son recuperados por CAPEA

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Todas las personas que deseen conocer acerca de este tipo de delitos o bien que hayan sufrido algún tipo de violencia o padezcan alguna adicción.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    o Pasaporte - original

    o Cédula Profesional - original

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original

    o Tarjeta INAPAM - original

    o Licencia para Conducir - original

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    1.- La recepción de las personas que solicitan el servicios es inmediata y la atención depende de la demanda del servicio.
    2.- Para recibir el servicio, las personas deben presentar una identificación con fotografía y llenar el formato de autorización para recabar Datos Personales.
    3.- En el caso de tratarse de personas menores de edad, deben presentarse acompañadas de una persona adulta que presente una identificación con fotografía.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta al Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA).

    02

    Actor: Servidor público

    Lo registra y escucha su solicitud y le informa de los servicios que presta el CARIVA.

    03

    Actor: Ciudadano

    Manifiesta su deseo de pasar a los servicios.

    04

    Actor: Servidor público

    Lo pasa con el personal de Trabajo Social para iniciar expediente, previa identificación con fotografía.

    05

    Actor: Ciudadano

    Pasa con el personal de Trabajo Social y platica la problemática ya sea de violencia o de adicciones y las acciones que desea emprender, si sólo es asesoría ya sea legal o psicológica o bien el inicio de alguna acción legal.

    06

    Actor: Servidor público

    Recaba la información para el expediente, incluyendo el aviso de confidencialidad de Datos Personales y lo refiere a la asesoría solicitada ya sea con el personal de asesoría jurídica o con la abogada o abogado victimal; para el caso del área de psicología, le proporciona una cita para entrevista clínica o ambas.

    07

    Actor: Ciudadano

    Recibe la asesoría legal, e información acerca de las acciones y alcances legales de una denuncia, se le elabora escrito de canalización a la autoridad competente, ya sea Ministerio Público para el inicio de carpeta de investigación o averiguación previa; a defensoría de oficio para otro tipo de asesoramiento, como termino de comodato, divorcios, pensión alimenticia, etc. También puede recibir atención psicológica y canalización a terapia individual o grupal según la valoración, ya sea dentro de las instalaciones del CARIVA o se le hace canalización a psiquiatría, lugares de internamiento para desintoxicación de drogas, toxicológico, o clínicas especializadas según sea el caso.

    08

    Actor: Servidor público

    Entrega los documentos de canalización y solicita a la persona atendida que firme de conformidad la entrevista inicial y de recibido de los documentos expedidos a su favor.

    09

    Actor: Ciudadano

    Se retira después de haber recibido las asesorías, también con direcciones y teléfonos de las diversas instancias a las que puede acudir para arreglar los asuntos que no sean competencia del CARIVA y en caso de requerir los servicios subsecuentes se le deja abierta la cita para que acuda cuando así lo desee.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Orientación y asesoría en trabajo social


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20, apartado "C"

    Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal Artículo 9

    Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 12

    Ley de Atención y Apoyo a las víctimas del delito para el Distrito Federal Artículos 3, 5, 11 y 13

    Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 78

    Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal Artículos 6, 11 y 14

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    o Pasaporte - original

    o Cédula Profesional - original

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original

    o Tarjeta INAPAM - original

    o Licencia para Conducir - original

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    1.- La recepción de las personas que solicitan el servicios es inmediata y la atención depende de la demanda del servicio.
    2.- Para recibir el servicio, las personas deben presentar una identificación con fotografía y llenar el formato de autorización para recabar Datos Personales.
    3.- En el caso de tratarse de personas menores de edad, deben presentarse acompañadas de una persona adulta que presente una identificación con fotografía.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta al Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA).

    02

    Actor: Servidor público

    Lo registra y escucha su solicitud y le informa de los servicios que presta el CARIVA.

    03

    Actor: Ciudadano

    Manifiesta su deseo de pasar a los servicios.

    04

    Actor: Servidor público

    Lo pasa con

  • Atención médica de consulta externa de 1er.Nivel

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE SALUD

    Brindar atención médica con oportunidad y eficiencia a la población que no cuentan con seguridad social en el Distrito Federal en los diferentes servicios de consulta externa de las unidades
    médicas de primer nivel de atención.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Población residente del Distrito Federal, que carece de Seguridad Social Laboral.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original

    o Licencia para Conducir - original

    o Pasaporte - original

    o Cédula Profesional - original

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original

    02

    Cédula de Filiación al Programa de Gratuidad o Póliza de Servicios del Seguro Popular o en su caso de tratarse de Adultos Mayores exhibir Tarjeta “SI VALE “

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    La atención médica en el primer nivel de atención se puede generar mediante cita programada por vía telefónica, de acuerdo al Centro de Salud.

    Toda persona que acude por primera vez solicitando atención médica, se le otorgará conforme a la agenda médica en ese momento, y de no contar con espacios se le ofrecerá cita programada. En esta misma consulta se promocionarán las acciones integradas de salud, de acuerdo al grupo de edad al que pertenezca el usuario.

    Los centros de salud no proporcionan atención de urgencias médicas, todas sus actividades son programadas.

    El personal de archivo integrará el expediente del paciente y le entregará un carnet de citas, lo enviará al servicio de trabajo social para su inscripción al programa de servicios médicos y medicamentos gratuitos.

    Todo paciente que requiere seguimiento o control de su padecimiento o de los factores de riesgo que presente, el médico le indicará cita, para su atención subsecuente.

    En caso de solicitar el servicio de atención médica de consulta externa de primer nivel y no contar con la Cédula de Filiación al Programa de Gratuidad o Póliza de Servicios del Seguro Popular o en su caso de tratarse de Adultos Mayores y no contar con la Tarjeta “SI VALE “, se requiere realizar el pago correspondiente al servicio conforme lo señala el Tabulador de Cobro de Derechos por los Servicios Médicos

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta al archivo clínico y solicita consulta, mostrando su identificación oficial y la Cédula de Filiación al Programa de Gratuidad o Póliza de Servicios del Seguro Popular o en su caso de tratarse de Adultos Mayores exhibe Tarjeta “SI VALE “

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe y coteja los documentos y verifica la agenda médica del día y de existir un espacio se le asigna un horario de atención médica, en el caso de no contar con un espacio ese mismo día se programa cita médica.

    03

    Actor: Ciudadano

    Recibe atención médica.

    04

    Actor: Ciudadano

    En el caso de que paciente requiera próxima cita deberá pasar a archivo, para que el personal registre el día y la hora de su próxima cita en la base de datos y en el carnet de citas del paciente.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención Médica


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley General de Salud. Artículos 3 ° Fracciones II y XVI a XVIII, 4 °;5 º;6 °,13 Apartado B y Artículo 52 y 53 que presta el Distrito Federal

    Ley de Salud del Distrito Federal Artículos 5, 6, 8. 25 y 26

    Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículos 7 Fracción VII, 65, 66 y 67.

    Acuerdo por el que se establece el Tabulador de Cobro de Derechos por los Servicios Médicos que Presta el Distrito
    Federal. Aplica la totalidad del Acuerdo por el que se establece el Tabulador de Cobro de Derechos por los Servicios Médicos que Presta el Distrito Federal.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta

  • Atención médica de urgencias

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE SALUD

    Prestar atención medica a los derechohabientes o usuarios con enfermedad de inicio súbito y/o accidentes cuyas condiciones pongan en peligro su vida o la función de algún órgano o miembro y que necesiten atención médica inmediata.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Público en general.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Cada Hospital adscrito a esta Secretaría cuenta con el Sistema TRIAGE, el cual determinará si se trata de un caso de urgencia médica real o sentida.
    Si se tratará de una urgencia real, el usuario será atendido de manera inmediata, incluso si se requiere de un tratamiento mayor a 12 horas se ingresará al servicio de hospitalización, para lo cual Trabajo Social realiza el estudio socio-económico para determinar, si cuenta con algún tipo de seguridad social, se canalizará a otra institución o en su caso realizar el pago correspondiente o su exención.
    En caso de que en la unidad no cuente con equipo para el diagnóstico o tratamiento, el usuario podrá ser trasladado a otra de mayor resolución.
    Si se tratará de una urgencia sentida, se realizará la referencia a una unidad de primer nivel de atención.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presentarse en el servicio de admisión para solicitar la atención médica y proporcionar datos personales. En caso de que se encuentre en estado de inconciencia y llevar acompañante, esté será quien proporcione los datos correspondientes.

    02

    Actor: Servidor público

    Registra en una bitácora fecha, hora de registro, datos personales y motivo de consulta.

    03

    Actor: Ciudadano

    Recibe atención médica.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Atención médica


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Ley de Salud del Distrito Federal Artículos 1, 3, 5, 6 y 8.

    Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Artículos 1, 6, 7, 9 al 14, 22, 24, 28 al 30, 37, 42, 49, 54, 56, 58, 61, 62, 64 y 65.

    Resolución de Carácter General en la que se Exime del Pago de Derechos por los Servicios Médicos que Presta el Gobierno del Distrito Federal, a la Población Abierta Residente en el Distrito Federal. Aplica la totalidad de la Resolución.

    Ley de Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las personas residentes en el Distrito Federal que carecen de seguridad social laboral. Aplica la totalidad de la Ley de Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las personas residentes en el Distrito Federal que carecen de seguridad social laboral.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Cada Hospital adscrito a esta Secretaría cuenta con el Sistema TRIAGE, el cual determinará si se trata de un caso de urgencia médica real o sentida.
    Si se tratará de una urgencia real, el usuario será atendido de manera inmediata, incluso si se requiere de un tratamiento mayor a 12 horas se ingresará al servicio de hospitalización, para lo cual Trabajo Social realiza el estudio socio-económico para determinar, si cuenta con algún tipo de seguridad social, se canalizará a otra institución o en su caso realizar el pago correspondiente o su exención.
    En caso de que en la unidad no cuente con equipo para el diagnóstico o tratamiento, el usuario podrá ser trasladado a otra de mayor resolución.
    Si se tratará de una urgencia sentida, se realizará la referencia a una unidad de primer nivel de atención.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presentarse en el servicio de admisión para solicitar la atención médi

  • Atención médica inicial para Liberado o pre-liberado de algún Centro de Reclusión del Distrito Federal

    Unidad normativa: Dirección General del Instituto de Reinserción Social

    Apoyar a las y los liberados en su proceso de reinserción mediante asistencia médica.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Ser liberada o liberado, pre-liberada o pre-liberado de algún Centro de Reclusión del Distrito Federal, así como sus familiares.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01

    Ser liberada o liberado, pre-liberada o pre-liberado de algún Centro de Reclusión del Distrito Federal y tener residencia en el Distrito Federal.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta a las Instalaciones de la Dirección General Instituto de Reinserción Social para solicitar la valoración médica.

    02

    Actor: Ciudadano

    Pasa al área médica para elaborar la historia clínica correspondiente necesaria para su valoración integral.

    03

    Actor: Servidor público

    El médico determina la necesidad de canalizar a la persona beneficiaria a una atención médica especializada a través de un oficio dirigido a la jurisdicción sanitaria correspondiente.

    04

    Actor: Ciudadano

    Recibe oficio dirigido a la jurisdicción sanitaria a la que pertenece sellado y firmado con acuse para posterior contra referencia del mismo.

    05

    Actor: Servidor público

    El médico expide la receta correspondiente para que la persona beneficiaria la surta en el lugar que considere apropiado.

    06

    Actor: Ciudadano

    Recibe receta sellada y firmada con el nombre de los medicamentos necesarios para el tratamiento de su enfermedad.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Receta en caso de ser necesario.


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 41 Bis Fracción III

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01

    Ser liberada o liberado, pre-liberada o pre-liberado de algún Centro de Reclusión del Distrito Federal y tener residencia en el Distrito Federal.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta a las Instalaciones de la Dirección General Instituto de Reinserción Social para solicitar la valoración médica.

    02

    Actor: Ciudadano

    Pasa al área médica para elaborar la historia clínica correspondiente necesaria para su valoración integral.

    03

    Actor: Servidor público

    El médico determina la necesidad de canalizar a la persona beneficiaria a una atención médica especializada a través de un oficio dirigido a la jurisdicción sanitaria correspondiente.

    04

    Actor: Ciudadano

    Recibe oficio dirigido a la jurisdicción sanitaria a la que pertenece sellado y firmado con acuse para posterior contra referencia del mismo.

    05

    Actor: Servidor público

    El médico expide la receta correspondiente para que la persona beneficiaria la surta en el lugar que considere apropiado.

    06

    Actor: Ciudadano

    Recibe receta sellada y firmada con el nombre de los medicamentos necesarios para el tratamiento de su enfermedad.

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Receta en caso de ser necesario.


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 41 Bis Fracción III

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