Recurso contra la procedencia o improcedencia del nombramiento de auditores y expertos independientes

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Qué es

Es un recurso de alzada contra las decisiones de los Registradores Mercantiles que declaran la procedencia o improcedencia del nombramiento del auditor solicitado.

Quién puede solicitarlo/presentarlo

Puede recurrir en alzada los socios minoritarios de entidades mercantiles a los que el Registrador Mercantil denegó su solicitud de nombramiento de auditor o bien las sociedades afectadas por la decisión del Registrador Mercantil declarando procedente el nombramiento de auditor.

Plazo

El plazo para interponer el recurso es de 15 días contados desde la fecha de la notificación de la resolución (artículo 354.3 del Reglamento del Registro Mercantil)

Información adicional

Documentos a aportar:

  • Escrito de interposición del recurso.
  • Documentos en los que el recurrente funde su derecho.

Órgano competente para resolver el recurso: Dirección General de los Registros y del Notariado

Medios de impugnación: Contra las resoluciones de este Centro Directivo, los interesados que estén disconformes con la resolución, que pone fin a la vía administrativa conforme al artículo 114.1. a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán acudir a los juzgados y tribunales competentes del orden jurisdiccional civil.

Cómo solicitarlo/presentarlo

Cómo solicitarlo/presentarlo


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