Licencia Urbanística y de Apertura, acondicionamiento de Local y Apertura (X414)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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DESCRIPCIÓN

Concepto

  1. Están sujetos a estas licencias las solicitudes para realizar las obras, a que hace referencia el art. 1.3.6.1.d del Plan General de Ordenación Urbana, en locales destinados a establecimientos comerciales, industriales o de servicios no afectadas por la Ley 11/14 de Prevención y Protección Ambiental y que se encuentren situados en edificios que hayan pasado favorablemente la Inspección Técnica de Edificios (ITE).
  2. La licencia de apertura se exigirá para los establecimientos comerciales, industriales y de prestación de servicios que no precisen licencia ambiental de actividad clasificada, según la Ley 11/14 de Prevención y Protección Ambiental, y tenderá a asegurar que los locales e instalaciones reúnen las debidas condiciones de tranquilidad, seguridad y salubridad.
  3. El supuesto de licencia de apertura y, además, de licencia urbanística, será objeto de resolución única (Art. 231 del Texto Refundido de la Ley Urbanística de Aragón).

Obras mayores de acondicionamiento y reforma de locales, cuya finalidad es mejorar las condiciones de habitabilidad de un local concreto de un edificio (sea un local comercial, oficina o una vivienda), mediante la sustitución o modernización de sus instalaciones, redistribución de su espacio interior, manteniendo en todo caso las características morfológicas que le son propias, superando los límites indicados para las obras menores.

Así, entre otras:

  • Demolición de tabiques y nueva distribución.
  • Colocación de falsos techos, nuevas instalaciones y pavimentos.
  • Reforma de la fachada exterior.
  • Otras análogas, que superan los supuestos contemplados como «Obra Menor» (art. 1.3.6.2 PGOU).

Subtipos:

  • 1.- Establecimientos incluidos en el Anexo V de la Ley 11/14 de Prevención y protección Ambiental no afectados por las tipologías A2 y que no se trate de actividades sujetas a la Ley 11/05 de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos y excluídos de calificación por la Ley 11/14.
  • 2.- Establecimientos incluidos en el Anexo V de la Ley 11/14 de Prevención y protección Ambiental en caso de actividades industriales menores de 200 m2 y potencia mecánica inferior a 30 KW.

Licencia Urbanística sin Uso

Están sujetos a estas licencias las solicitudes para realizar obras de adaptación, reforma o acondicionamiento de locales, a las que hace referencia el art. 1.3.6.1d) del Plan General de Ordenación Urbana, que no tengan previsto uso específico.

Desde el 1.02.2019 los SUJETOS OBLIGADOS A RELACIONARSE CON MEDIOS ELECTRÓNICOS CON LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, conforme al art. 14 de la Ley 39/ 2015, que son:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

Normativas

Pago

Tasa urbanística de apertura de actividad. Ordenanza Fiscal n.13.(Únicamente en el caso de cambio de titularidad)

Plazo Resolución

Procedimiento simplificado: si no requiere informe Servicio Prevención incendios ni afecta a elementos estructurales. Plazo máximo de resolución 1 mes.

Procedimiento abreviado, si requieren dictamen de comisiones provincial o municipal de patrimonio cultural. Plazo máximo de resolución 2 meses.

Procedimiento abreviado: si requiere informe Servicio Prevención incendios o afecta a elementos estructurales. Plazo máximo de resolución 2 meses

FORMAS DE TRAMITACIÓN

Por Internet

INICIAR TRÁMITE CON CERTIFICADO

PROCESO:

Si dispone del DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma) puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes pasos:

  1. Que documentación tiene que enviar:
    • Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las instrucciones para almacenar los impresos.
    • Si es necesario presentar alguna documentación adicional (ver apartado "Documentación" en la ficha descriptiva del Trámite) que está en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
  2. Iniciar el procedimiento, seleccionar la opción realizar trámite con certificado electrónico (ver en la cabecera de la ficha descriptiva de trámite) y accederá a una instancia general, en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en "Mi Carpeta", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel.
    • Incorpore a la Instancia el impreso y la documentación adicional, si la hubiera, y pulse la opción Enviar.
    • A continuación, se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
PROCEDIMIENTO

Impresos relacionados

Órgano Gestor

Servicio de Licencias de Actividad
Vía Hispanidad, 20, Planta 1 - Zaragoza 50071

  • Tfno: 976 721044

Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Antonio Leyva, 87, Zaragoza

Tel. 976 726 096

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL DELICIAS

Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza

Tel. 976 726 058

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO

María Zambrano, 56, Zaragoza

Tel. 976 726 085

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CENTRO

Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza

Tel. 976 726 110

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza

Tel. 976 726 024

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

San Pablo, 37, Zaragoza

Tel. 976 721 482

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Pza. Mayor, 2, Zaragoza

Tel. 976 726 062 / 60

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Avda. Puerta de Sancho, 28, Zaragoza

Tel. 976 726 104

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Florentino Ballesteros, s/n, Zaragoza

Tel. 976 724 058 / 57

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Calle del Pilón, 147, Zaragoza

Tel. 976 328 241

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Vía Hispanidad, 20, Planta B. Zaragoza

Tel. 976 724 588

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Viñedo Viejo, 1, Zaragoza

Tel. 976 726 007

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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