Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Asociaciones: Declaración de Utilidad Pública

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Código:

2714

Consejería:

Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Descripción:

La definición y régimen de las asociaciones declaradas de utilidad pública estatal tiene como finalidad estimular la participación de las asociaciones en la realización de actividades de interés general. Para que una asociación pueda ser declarada de utilidad pública debe encontrarse constituida e inscrita en el Registro correspondiente al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. Si la asociación es de ámbito autonómico o inferior, la solicitud, junto con el resto de la documentación, se presentará en el Registro de Asociaciones de Andalucía.

Destinatarios:

  • Asociaciones y organizaciones

Oficinas de la administración

Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía

Secret. Gral. Provinc. de Empleo, Empresa y Comercio en Huelva

Secret. Gral. Provinc. de Presidencia y Administración Local en Sevilla

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Cádiz

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba

Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Málaga

Comunidad Regantes de las Acequias y Aguas de los Lugares de Villa de Lanjaron

Centro Andaluz de Medicina del Deporte

Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería

Secret. Gral. Provinc. de Salud en Córdoba

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