Visualización de la Manifestación Anticipada de Voluntad.
Actualizado el 6 de marzo de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Permite a los ciudadanos visualizar su Manifestación Anticipada de Voluntad.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
Todo el año.
Duración del trámite
No tiene
Resumen
Este trámite permite a los ciudadanos visualizar su Manifestación Anticipada de Voluntad de forma electrónica.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Acceder a la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Localizar el trámite de Visualización de la Manifestación Anticipada de Voluntad.
- Seguir las instrucciones para la visualización.
Medios de presentación:
- Electrónico
Plazo de presentación:
- Todo el año
Quién tramita
- Órgano que tramita: Secretaría General Técnica
Normativa
- Decreto 13/2006, 8 de febrero, por el que se regulan las manifestaciones anticipadas de voluntad en el ámbito sanitario y la creación de su correspondiente Registro.
Códigos identificativos
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4056
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220455